Componentes de la Retribución Salarial en España
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Salario Base
Es la parte de la retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo, que deberá referirse al salario mínimo interprofesional o al superior establecido en los convenios colectivos o contratos individuales de trabajo.
Complementos Salariales
Se entienden por tales las diversas percepciones retributivas que se adicionan al salario base en atención a la concurrencia de determinadas circunstancias:
- Complementos personales: Son los que remuneran circunstancias personales del trabajador, no tenidas en cuenta al determinar el salario base (complementos de antigüedad, por conocimiento de idiomas o posesión de títulos, etc.).
- Complementos de puesto de trabajo: Están en función de las especiales circunstancias del puesto de trabajo: complementos de peligrosidad, penosidad (factores penosos son los que producen incomodidades por esfuerzos o posiciones fisiológicas del trabajador en el ejercicio de su actividad o por la suciedad del medio en que se desenvuelvan) o tóxicos (factores tóxicos son aquellos que producen incomodidades derivadas de enrarecimientos del ambiente –humos, polvos, gases, etc.– que rodea al trabajador en el ejercicio de su actividad); complemento de nocturnidad (cuando se trabaja en horario nocturno); complemento de turnicidad (cuando se trabaja a turnos); etc.
- Complementos por cantidad o calidad del trabajo: Atienden a una mayor o mejor prestación de trabajo (primas, incentivos, horas extraordinarias, etc.).
- Complementos de vencimiento periódico superior al mes: Aquellos cuya periodicidad de devengo supera la mensualidad (pagas extraordinarias, de beneficios, etc.). El art. 31 LET señala que las pagas extraordinarias son como mínimo dos al año: una coincidente con las fiestas de Navidad, y la otra con el mes que se determine en convenio colectivo o acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores.
- Complementos en especie: Son aquellas percepciones distintas del dinero, que no forman parte del salario base (alojamiento, manutención, etc.).
- Complementos de residencia: Retribuyen la circunstancia de que el trabajo se preste en las provincias insulares, Ceuta o Melilla.
Comisiones
Se entiende por ellas la participación personal del trabajador en los beneficios derivados de una operación o negocio en el que ha mediado. Se trata de un sistema de incentivos que se aplica al logro de un aumento de rendimientos.
Prestaciones Extrasalariales
No tendrán la consideración de salario las siguientes percepciones:
- Las indemnizaciones percibidas por el trabajador por los gastos realizados por él como consecuencia de su actividad laboral.
- Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
- Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.
- Las indemnizaciones abonadas por el empresario para compensar desplazamientos impuestos por él al trabajador.
- El importe del viaje, del alojamiento y la manutención durante el desplazamiento.
- Los pluses de distancia y transporte.