La Compilación Justinianea: El Corpus Iuris Civilis
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Justiniano y su Obra Legislativa
Justiniano accedió al trono en el año 527 d.C., sucediendo a su tío Justino, quien había contado con la ayuda de su sobrino en la administración del imperio. Gracias a esto, Justiniano contaba con experiencia previa al asumir el poder. Su principal objetivo fue restaurar el antiguo esplendor del imperio, llegando incluso a reconquistar la península itálica y el sur de España con su general Belisario.
El cristianismo era la religión estatal y Justiniano lo concebía como un elemento unificador, buscando evitar disputas internas religiosas. Se redactaron constituciones sobre temas religiosos, una injerencia del emperador en la religión conocida como Cesaropapismo.
La necesidad de un derecho unificado en el imperio llevó a Justiniano, junto con el jurista Triboniano, a crear la Compilación Justinianea, también conocida como Corpus Iuris Civilis. Esta consta de cuatro obras:
- Un Código de leyes (dos ediciones)
- El Digesto, una antología del derecho jurisprudencial clásico.
- Las Instituciones, un manual para el aprendizaje del derecho.
- Las Novelas, leyes posteriores a la compilación inicial.
Entre los creadores del Corpus Iuris Civilis había profesores de derecho que redactaron comentarios y explicaciones de estos textos.
La Primera Edición del Codex
Una comisión presidida por Triboniano y Teófilo se encargó de resumir y seleccionar las constituciones imperiales de los códigos Gregorianos, Hermogeniano (compilaciones de Iura) y Teodosiano (compilación de constituciones imperiales), incluyendo también legislación posterior. Esta primera edición se publicó en el 529, pero fue derogada en el 534 por una segunda edición.
El Digesto y su Método de Composición
La obra de mayor relevancia de la compilación.
En el 530, Justiniano encargó a Triboniano la creación de una obra que recopilara la jurisprudencia clásica. Triboniano formó parte de una comisión de 17 personas (11 abogados y 6 profesores de derecho). Tres años más tarde, se publicó la colección a través de la constitución Tanta.
Su contenido proviene de la obra de 39 juristas (Ulpiano 40%, Paulo 15% y Papiniano 5%). El texto contiene interpolaciones, modificaciones introducidas por los compiladores, lo que dificulta la reconstrucción histórica del documento original. Para su elaboración, se utilizaron 2.000 libros jurisprudenciales con más de 3.000.000 de líneas. La rapidez de su confección es sorprendente.
Existen diversas teorías sobre la creación del Digesto, como la Teoría de las Masas de Bluhme. Esta propone que la comisión se dividió en subcomisiones para analizar fragmentos con temáticas comunes, mejorando la eficacia del trabajo. Se complementa con la teoría de la existencia de compilaciones no oficiales de jurisprudencia clásica en las escuelas de derecho de oriente, las cuales habrían sido utilizadas por los compiladores.
Las Instituciones y la Reforma de los Planes de Estudio (533)
La existencia del Codex y la publicación del Digesto hicieron necesaria una reforma en los planes de estudios jurídicos. Justiniano convocó a Triboniano, Teófilo y Doroteo para crear un manual elemental que sustituyera las Institutiones de Gayo.
Las Institutiones de Justiniano constan de cuatro libros, inspirados en el método de Gayo. El primer libro trata las fuentes del derecho y el derecho de personas; el segundo, la división de las cosas, derechos reales y testamentos; el tercero, la sucesión intestada y las obligaciones derivadas de actos lícitos; y el cuarto, las obligaciones derivadas de actos ilícitos.
El Codex Repetitae Praelectionis
Tras el Digesto y las Instituciones, Justiniano encargó a Triboniano, Doroteo y tres abogados de Constantinopla una nueva edición del Codex para corregir imperfecciones y añadir nueva legislación. El Código contiene más de cuatro mil quinientas constituciones, de las cuales aproximadamente dos mil corresponden a los emperadores Severos, sobre todo a Diocleciano.
El Codex se divide en doce libros, subdivididos en títulos con rúbricas, que recogen constituciones en orden cronológico. El primer libro trata temas eclesiásticos y las fuentes del derecho; del segundo al octavo, derecho privado; el noveno, derecho penal; y los tres últimos, derecho fiscal y administrativo.
Las Novelas
El Codex cierra la Compilación Justinianea, pero no la actividad legislativa de Justiniano. Las novelas, en su mayoría, no se recogieron oficialmente y las conocemos a través de colecciones privadas. Una novela importante es la Pragmatica Sanctio pro petitione Vigilii (554), que extendió la compilación a la Italia conquistada. Destacan la Epitome Iuliani (123 novelas), el Authenticum (134 novelas) y la Colección de 168 novelas de Tiberio II.