Competencias y Funciones de la Unión Europea en la Política Turística

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Competencias y Funciones de la Unión Europea. La Política Turística de la Unión Europea

La UE no tiene competencias propias. Todas las competencias han sido cedidas por los Estados miembros; antes las ejercían los Estados y estos las han transmitido de forma voluntaria a la Unión, o son nuevas competencias creadas por los Estados miembros. En ningún caso, la UE puede dotarse a sí misma de competencias.

1. Las Competencias de la UE

Las competencias exclusivas son aquellas en las que solo la UE podrá legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes. Los Estados solo podrán actuar si la UE los habilita para ello. (Ej: La regulación de la unión aduanera; La política comercial común; La política monetaria).

Las competencias compartidas no son compartidas, sino concurrentes entre los Estados miembros y la UE. Tanto la UE como los Estados pueden legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes. Sin embargo, cuando legisla la UE, la competencia nacional queda desplazada. (Ej: El Mercado Interior; La Política de Cohesión Económica y Social; Las Políticas de energía y medio ambiente).

Otras competencias: Destacamos las competencias de apoyo, coordinación y complemento; la acción de la UE es complementaria a la de los Estados miembros. No se pueden armonizar las legislaciones de los Estados miembros.

Otras competencias, que no entran en ninguna de las categorías previas, son: La política de coordinación económica y de empleo: instrumentos puestos a disposición de la UE para coordinar las políticas económicas y de empleo de los Estados miembros; La Política Exterior y de Seguridad Común.

2. La Política de Turismo de la UE: Fundamentos Jurídicos

El Tratado de Lisboa fue una novedad:

  • 1982: Primeros pasos
  • 1996: Reforma Ámsterdam. No se incluyó por falta de acuerdo
  • 2005: Reforma Fallida. Proyecto Constitucional
  • Promoción

Competencia complementaria/apoyo: para llevar a cabo acciones que apoyen, coordinen o complementen la acción de los Estados miembros. Los ámbitos de estas acciones son: La protección y mejora de la salud humana; La industria; La cultura; El turismo; La protección civil.

La Unión complementará la acción de los Estados miembros en el sector turístico, promoviendo la competitividad de las empresas de la Unión en este sector. Los objetivos de la Unión serán:

  • Fomentar la creación de un entorno favorable al desarrollo de las empresas en este sector.
  • Propiciar la cooperación entre Estados miembros mediante el intercambio de buenas prácticas.

3. ¿Qué se está haciendo?

La competencia de la UE en materia de turismo apenas ha sido dotada de contenido.

En proceso:

  • ¿En qué materias se van a coordinar? Establecer prioridades: turismo accesible, sostenible, urbano y costero, y lucha contra el turismo sexual.
  • La coordinación se produce estableciendo:
    • Un marco institucional: Agencia Europea del Turismo. Aún no se ha creado.
    • Instrumentos de financiación específicos.
  • Medidas concretas:
    • Mejora de la calidad y competitividad del sector: Programa EDEN.
    • Impulsar los Programas de Cuentas Satélite de Turismo de los Estados miembros.
    • Impulsar las medidas de promoción: Visit Europe.
    • Impulsar la comunicación entre los Estados y con los actores del sector: Foro Europeo de Turismo.

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