Competencias del Claustro de Profesores y el Consejo Escolar: Claves de la Organización Educativa
Enviado por Chuletator online y clasificado en Magisterio
Escrito el en
español con un tamaño de 4,2 KB
Competencias del Claustro de Profesores
El claustro de profesores es el órgano propio de participación de los docentes en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. Sus competencias son las siguientes:
- Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
- Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
- Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
- Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
- Informar sobre las normas de organización y funcionamiento del centro.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones, y velar por que estas se atengan a la normativa vigente.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
El Consejo Escolar en un Centro Concertado
Composición del Consejo Escolar
La composición del Consejo Escolar en los centros concertados es la siguiente:
- El director.
- Tres representantes del titular del centro.
- Cuatro representantes del profesorado.
- Cuatro representantes de los padres o tutores de los alumnos y alumnas, elegidos por y entre ellos.
- Dos representantes de los alumnos, elegidos por y entre ellos, a partir del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Un representante del personal de administración y servicios.
Nota importante: Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, este designará a una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Además, uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa en el centro.
Los centros concertados que impartan Formación Profesional (FP) podrán incorporar a su Consejo Escolar un representante del mundo de la empresa.
Competencias del Consejo Escolar
- Intervenir en la designación del director del centro.
- Intervenir en la selección del profesorado del centro.
- Participar en el proceso de admisión de alumnos, con sujeción a las normas vigentes.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente.
- Informar y evaluar la programación general del centro que, con carácter anual, elaborará el equipo directivo.
- Proponer a la Administración la autorización para establecer percepciones a las familias de los alumnos y alumnas por la realización de actividades escolares complementarias.
- Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro.
- Aprobar las aportaciones de las familias de los alumnos y alumnas para la realización de actividades extraescolares.
- Informar sobre los criterios de participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas.
- Favorecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
- Informar sobre el reglamento de régimen interior del centro.
- Participar en la evaluación de la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes.