Compendio Jurídico Esencial: Nociones Clave en Contratos, Sucesiones, Familia y Derecho Mercantil

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Este documento presenta una recopilación de conceptos fundamentales en diversas ramas del Derecho, ofreciendo definiciones claras y concisas para facilitar su comprensión.

Derecho Contractual

El Derecho Contractual es la rama del Derecho Civil que regula todo lo relativo a los contratos, acuerdos de voluntades que crean, modifican o extinguen derechos y obligaciones.

Tipos de Contratos

  • Contratos Unilaterales: Aquellos que generan obligaciones para una sola de las partes contratantes.
  • Contratos Bilaterales: Aquellos que generan obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes.
  • Contratos Principales: Existen por sí mismos, sin depender de la existencia de otro contrato.
  • Contratos Accesorios: Su existencia y validez dependen de la existencia de un contrato principal al que garantizan o complementan.
  • Contratos Instantáneos: Se cumplen en el momento mismo en que se firman o celebran, agotando sus efectos en un solo acto.
  • Contratos de Trato Sucesivo: Aquellos cuyos efectos se prolongan en el tiempo, cumpliéndose a lo largo de un periodo determinado o indeterminado.
  • Contratos Preparatorios: Acuerdos mediante los cuales las partes se obligan a celebrar un contrato futuro.
  • Contratos Traslativos de Dominio: Tienen como finalidad la transmisión de la propiedad o disposición de un bien (ej. compraventa, permuta, donación).
  • Contrato de Prestación de Servicios: Aquel por el cual un profesional se obliga a realizar un trabajo que requiere preparación técnica o artística a favor de un cliente, a cambio de una remuneración.
  • Contratos de Garantía: Aquellos que tienen por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, como la hipoteca, la prenda o la fianza.

Derecho Sucesorio

El Derecho Sucesorio regula la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos o legatarios.

Conceptos Clave en Sucesiones

  • Sucesiones: Proceso legal mediante el cual se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida (causante) a sus sucesores (herederos o legatarios), es decir, la herencia.
  • Artículo 1295 (Capacidad para Heredar): Establece que los individuos a quienes la ley no se los prohíbe están incapacitados para heredar. Esto incluye, entre otros:
    • Los menores que no han cumplido 16 años.
    • Aquellos que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

Tipos de Testamento

  • Testamento Ordinario:
    • Testamento público abierto.
    • Testamento público cerrado.
    • Testamento ológrafo.
  • Testamento Especial:
    • Testamento privado.
    • Testamento militar.
    • Testamento marítimo.
    • Testamento hecho en el extranjero.

Sucesión Legítima (Intestada)

  • Sucesión Legítima: En caso de no existir testamento válido o si este no abarca la totalidad de los bienes, la sucesión se realizará conforme a lo que dicta la ley, la cual dispone que los bienes se deberán repartir entre los parientes más próximos del difunto, según el orden establecido legalmente.

Derecho Familiar

El Derecho Familiar es la rama del Derecho Civil que regula las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de la familia, así como las instituciones que la conforman.

Instituciones y Conceptos Fundamentales

  • Parentesco: Vínculo jurídico que une a las personas. Existen dos tipos principales:
    • Consanguíneo: El que une a los familiares por lazos de sangre (ej. padres e hijos, hermanos).
    • Afinidad: Se obtiene por el matrimonio, uniendo a uno de los cónyuges con los parientes del otro (ej. suegros, cuñados).
  • Patria Potestad: Conjunto de derechos y obligaciones que la ley otorga a los padres (y en su caso, a otros ascendientes) sobre los hijos menores no emancipados, con el fin de cuidarlos, alimentarlos, educarlos y representarlos legalmente.
  • Alimentos: Sustento económico que garantiza que una persona obtenga lo necesario para vivir con dignidad humana, incluyendo comida, vestido, habitación, asistencia médica, y en su caso, educación.

Obligación Alimentaria

  • Quiénes pueden pedir alimentos (Acreedores Alimentarios):
    • El propio acreedor alimentario (si tiene capacidad legal).
    • Su tutor o representante legal.
    • El Ministerio Público.
    • El ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad.
  • Terminación de la obligación de dar alimentos:
    • Si el que los recibe ya no los necesita.
    • Si el alimentista abandona la casa sin causa justificada.
    • Cuando el que tiene la obligación carece de medios para cumplirla.
    • Por muerte del acreedor o deudor alimentario.

Matrimonio y Divorcio

  • Matrimonio (Elementos esenciales para su existencia):
    • Voluntad de los contrayentes.
    • Objeto lícito (unión para la vida, ayuda mutua, procreación, etc., según la legislación).
    • Observancia de las solemnidades establecidas por la ley.
  • Validez del Matrimonio (Requisitos):
    • Capacidad legal: Los contrayentes deben ser mayores de edad y tener pleno uso de sus facultades mentales.
    • Ausencia de vicios de la voluntad: Que el consentimiento no haya sido otorgado por error, dolo o violencia.
    • Licitud: Que no existan impedimentos legales para su celebración.
    • Cumplimiento de las formalidades: Seguir los procedimientos y requisitos establecidos por la ley (ej. actas, testigos).
  • Causales para el Divorcio:
    • Amenazas o injurias graves.
    • Violencia familiar.
    • Declaración de ausencia o presunción de muerte de uno de los cónyuges.
    • Padecer enajenación mental incurable.
    • Otras causales específicas según la legislación local (ej. adulterio, abandono de hogar, separación de cuerpos por cierto tiempo).

Derecho Mercantil

El Derecho Mercantil es la rama del Derecho Privado que regula las actividades de los comerciantes, los actos de comercio y las relaciones jurídicas derivadas de estos.

Conceptos Fundamentales del Derecho Mercantil

  • Actos de Comercio: Son aquellos que la ley reputa como mercantiles, independientemente de que quienes los realicen sean comerciantes o no. Ejemplos incluyen:
    • Operaciones de cambio y banca.
    • Actividades de empresas constructoras.
    • Actividades de fábricas y manufactureras.
    • Operaciones de aseguradoras.
    • Operaciones de depósitos comerciales.
    • Compraventa de bienes con propósito de especulación comercial.
  • Obligaciones de los Comerciantes:
    • Publicar su calidad mercantil (ej. mediante inscripción en el registro).
    • Inscribirse en el Registro Público de Comercio.
    • Llevar contabilidad mercantil adecuada y organizada.
    • Guardar la correspondencia mercantil y demás documentos relacionados con sus negocios.
  • Personas que no pueden ejercer el comercio (Incapacidades e Incompatibilidades):
    • Los corredores públicos (en su propia actividad, aunque pueden realizar actos de comercio como particulares).
    • Los quebrados que no hayan sido rehabilitados.
    • Personas a las que se les haya dictado una sentencia por delitos contra la propiedad, peculado, cohecho o concusión.

Títulos de Crédito

  • Títulos de Crédito: Documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna. Son instrumentos que facilitan el comercio y el crédito, representando un derecho de cobro o una obligación de pago.
  • Letra de Cambio: Orden de pago incondicional de una suma determinada de dinero, que una persona (denominada girador) dirige a otra (denominada girado), para que esta última pague dicha cantidad a un tercero (beneficiario o tomador) o a su orden, en un lugar y fecha determinados.

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