Compendio de Derecho Laboral: Remuneraciones, Contratos y Sindicatos
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Ingresos o Asignaciones no Remuneradas
a) Percepciones Compensatorias: El empleador paga al trabajador en compensación de gastos afectos a este.
- Asignación de colación
- Asignación de movilización
- Viáticos
- Devolución de gastos que incurra el trabajador por causa del contrato
- Gastos de representación
b) Percepciones Indemnizatorias: El empleador paga al trabajador con el objeto de resarcir un daño o perjuicio.
- Asignación por pérdida de caja
- Asignación por desgaste de materiales
c) Indemnización por Término de Contrato de Trabajo: Cantidades que deben pagarse al trabajador en ocasión del término del contrato y que no tienen por objeto reparar un perjuicio, sino que constituyen sumas de dinero que se pagan al finalizar la relación laboral y no son imponibles ni tributables.
d) Prestaciones de Seguridad Social: Ayudas que otorgan a sus afiliados por servicios de bienestar.
e) Beneficios Sociales: Sumas que el trabajador acuerda con su empleador para depositar en su cuenta de capitalización individual del 1°, con el fin de incrementar su pensión anticipada o aumentar el monto de la pensión.
Descansos y Feriados Legales
a) Tiempo de Colación: Divide en 2 la jornada y debe tener una duración mínima de 30 minutos.
b) Entre Jornadas: No puede ser inferior a 12 horas.
c) Semanal: Domingos y aquellos que la ley declare, serán descansos. Mínimo 1 día por semana.
d) Feriado Anual: Para recuperar energías luego de un año de trabajo, los con más de 1 año de trabajo un feriado anual de 15 días remunerado e irrenunciable.
1 día adicional de feriado por 3 nuevos años trabajados, siempre que tenga 10 años de trabajo continuo.
Término del Contrato de Trabajo
a) Por Mutuo Acuerdo de las Partes: Empleador y trabajador están de acuerdo en que concluya el contrato.
b) Vencimiento del Plazo Convenido: Las partes concuerdan anticipadamente la fecha del término del contrato a plazo fijo.
c) Conclusión del Trabajo o Servicio que dio origen al contrato: Convienen de antemano su duración, pero no se sabe exactamente el día en que concluye.
d) Muerte del trabajador
e) Invalidez del trabajador
f) Renuncia Voluntaria del trabajador: Comunicada con anticipación de 30 días por escrito.
g) Despido Indirecto: Falta de probidad del empleador en el desempeño de sus funciones, agresiones físicas o verbales del empleador al trabajador, conducta inmoral del empleador, actos o imprudencias temerarias.
Despido por Causales de Caducidad
Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones, vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa, las injurias proferidas por el trabajador al empleador, conducta inmoral del trabajador que afecta a la empresa donde trabaja, la inasistencia injustificada al trabajo (2 días seguidos, 2 lunes del mes), la falta injustificada o sin previo aviso aunque sea por un día, y su ausencia provoque perturbación del funcionamiento de la empresa, el abandono del trabajo, acciones temerarias del trabajador que afecten la seguridad o funcionamiento del establecimiento.
Finiquito
Documento por el cual el trabajador y empleador dejan constancia del término de la relación laboral y saldan, cancelan las cuentas si existieran, se pagan las remuneraciones e indemnizaciones que sean procedentes. Debe ser escrito y firmado por el trabajador, ratificado ante notario público.
Indemnizaciones Legales
El empleador debe pagar al trabajador con ocasión del término del contrato.
a) Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo: Se paga cuando el trabajador es despedido por necesidades de la empresa, no hay aviso de 30 días con anticipación y son 1 mes de remuneraciones.
b) Indemnización por Años de Servicio: Debe pagar el empleador al trabajador siempre que el contrato ha estado vigente un año o más, lo mínimo son 30 días de remuneración mensual por año de servicio.
c) Indemnización a todo evento de los trabajadores de casa particular: El empleador paga un 4,11% de la remuneración imponible del trabajador cuyo valor queda determinado por los aportes correspondientes al periodo respectivo.
d) Indemnización Sustitutiva a todo evento: El empleador debe pagar al trabajador al inicio del 7° año de relación laboral, cubre el periodo comprendido entre el 7° y 11° de relación laboral.
e) Indemnización por Despido Injustificado: Se aumenta en un 30% si fue por necesidades del empleador, en un 50% si la causal fue de acuerdo a las partes, en un 80% por abandono de trabajo, ausencias injustificadas, incumplimiento de obligaciones del contrato.
f) Indemnización por Despido Abusivo: El juez puede aumentar hasta un 100% por falta de probidad, injurias o conducta inmoral grave debidamente comprobada.
g) Indemnización por Despido Indirecto: Aumenta 50% por año de trabajo por incumplimiento grave del contrato por parte del trabajador, hasta un 80% por falta de probidad, injurias.
Organizaciones Sindicales
La afiliación a un sindicato por parte del trabajador es voluntaria, personal e indelegable, no puede ser obligado a permanecer a una organización sindical para desempeñar un empleo o acción determinada, ni se podrá condicionar el empleo de un trabajador a la afiliación o desafiliación de determinada organización sindical.
a) Sindicato de Empresas: Agrupa trabajadores de una misma empresa.
b) Sindicato Interempresa: Agrupa a trabajadores de 2 o más empresas distintas.
c) Sindicato de Trabajadores Independientes: Agrupa trabajadores que no dependen de un empleador (feriantes, lustrabotas).
d) Sindicato de Trabajadores Eventuales o Transitorios: Realiza labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes.
Fines Principales de las Organizaciones Sindicales
a) Representar a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos laborales.
b) Apoyar a los afiliados en las diversas instancias de negociación.
c) Ver cumplimiento de las leyes del trabajo y denunciar infracciones ante la Dirección del Trabajo o juzgados del trabajo.
d) Actuar en representación del interés social.
e) Constituir o asociarse a mutualidades e instituciones de carácter de beneficios previsionales de salud.
La constitución de un sindicato debe efectuarse en una asamblea, realizada ante un ministro inspector del trabajo, notario público.
Empresa con más de 50 trabajadores debe ser representada por el 10% al menos, si tiene menos, mínimo 8 representantes.
Para ser director sindical hay que ser mayor de edad, tener como mínimo 5 meses como socio del sindicato, y durarán 2 años en su cargo y podrán ser reelegidos.
Negociación Colectiva
Es el procedimiento a través del cual 1 o más empleadores se relacionan con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que se unan para tal efecto, con el objetivo de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneración por un determinado tiempo.
La Huelga
Perturbación del proceso productivo, sea total o parcial, de duración indefinida.