Compendio de Derecho Laboral: Preguntas y Respuestas Clave

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  1. ¿Cuándo prescribe la acción del trabajador para reclamar ante la autoridad laboral el pago de prestaciones, aguinaldos, vacaciones y reparto de utilidades?

    Art. 516 LFT prescribe en un año a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible.

  2. ¿Cuál es la función que desempeña la Procuraduría de la Defensa del Trabajo?

    Artículo 530.- La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:

    1. Representar o asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos, siempre que lo soliciten, ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo;
    2. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa del trabajador o sindicato; y
    3. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas.
    4. Auxiliar a los Centros de Conciliación, en otorgar información y orientación a los trabajadores que acudan a dichas instancias, y
    5. Auxiliar en las audiencias de conciliación a las personas que lo soliciten.
  3. ¿Cómo se establece la competencia constitucional de las autoridades laborales federales y locales para conocer de un conflicto de trabajo?

    Corresponde a las autoridades federales cuando son los casos contenidos en el art. 527.

  4. ¿Cuándo prescriben las acciones de los beneficiarios para acudir ante el Tribunal Laboral y ejercitar el pago de prestaciones en caso de muerte por riesgo de trabajo?

    Art. 519 prescriben en 2 años las acciones de los beneficiarios en caso de muerte por riesgos de trabajo (desde la fecha de la muerte del trabajador).

  5. ¿Qué son los riesgos de trabajo?

    Art. 473 LFT Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

  6. ¿Cuáles son las consecuencias que puede producir un riesgo de trabajo?

    Incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, muerte.

  7. ¿Cuáles son los objetivos de la huelga?

    Artículo 450.- La huelga deberá tener por objeto:

    1. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
    2. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;
    3. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;
    4. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;
    5. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
    6. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y
    7. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículos 399 bis y 419 bis.
  8. Cuando se trate de reducción o reajuste de personal, ¿cuáles son los primeros trabajadores que deben ser reajustados?

    Artículo 437.- Cuando se trate de reducción de los trabajos en una empresa o establecimiento, se tomará en consideración el escalafón de los trabajadores, a efecto de que sean reajustados los de menor antigüedad.

  9. ¿Qué procedimiento se utiliza para acudir ante el Tribunal Laboral y solicitar la designación de beneficiarios de trabajadores fallecidos y en qué otro tipo de conflictos se aplica el mismo procedimiento?

    Juicio de designación de beneficiarios.

  10. Estudiar los requisitos que establece el artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo respecto a la formulación de una demanda.

    Artículo 872.- La demanda se formulará por escrito, acompañando tantas copias de ésta, como demandados haya. En caso de que el demandante sea el trabajador y faltaren copias, ello no será causa para prevención, archivo o desechamiento. El Tribunal deberá subsanar de oficio dicha falta.

    A. La demanda deberá estar firmada y señalar lo siguiente: El tribunal ante el cual se promueve la demanda;

    1. El nombre y domicilio del actor; éste podrá solicitar que le sean notificados en el buzón electrónico que el Tribunal le asigne los subsecuentes acuerdos y resoluciones, incluyendo la sentencia que en el caso se emita;
    2. El nombre, denominación o razón social del demandado, así como su domicilio. Cuando el trabajador ignore el nombre del patrón o la denominación o razón social del establecimiento en el que labora o laboró, deberá aportar los datos que establece el artículo 712 de esta Ley; el trabajador podrá acompañar a su demanda cualquier dato o elemento que estime conveniente para facilitar la localización del domicilio del demandado, tales como croquis de localización, fotografías del inmueble o mapa en el que se señale su ubicación exacta;
    3. Las prestaciones que se reclamen;
    4. Los hechos en los que funde sus peticiones;
    5. La relación de pruebas que el actor pretende ser rindan en juicio, expresando el hecho o hechos que se intentan demostrar con las mismas, y
    6. En caso de existir un juicio anterior promovido por el actor contra el mismo patrón, deberá informarlo en la nueva demanda.

    B. A la demanda deberá anexarse lo siguiente:

    1. La constancia expedida por el Organismo de Conciliación que acredite la conclusión del procedimiento de conciliación prejudicial sin acuerdo entre las partes, a excepción de los casos en los que no se requiera dicha constancia, según lo establezca expresamente esta Ley;
    2. Los documentos que acrediten la personalidad de su representante conforme al artículo 692, fracción II, si la demanda se promueve a través de éste, y
    3. Las pruebas de que disponga el actor, acompañadas de los elementos necesarios para su desahogo. En caso de que no pueda aportar directamente alguna prueba que tenga por objeto demostrar los hechos en que funde su demanda, deberá señalar el lugar en que puedan obtenerse y las diligencias cuya práctica solicite con el mismo fin. El ofrecimiento de las pruebas deberá cumplir con lo dispuesto en el capítulo XII del Título Catorce de esta Ley.
  11. ¿Cuál es la Ley Reglamentaria del artículo 123 Apartado A constitucional y qué autoridad resuelve los conflictos de trabajo actualmente?

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO y la AUTORIDAD que RESUELVE los conflictos son las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

  12. ¿Cuál es la Ley Reglamentaria del Artículo 123 Apartado B constitucional y qué autoridad resuelve los conflictos de Trabajo?

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO y la AUTORIDAD que RESUELVE es el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje 124 LFT.

  13. ¿Qué actuaciones judiciales establece la Ley Federal del Trabajo se llevan a cabo en la Fase Escrita, en la Audiencia Preliminar y en la Audiencia de juicio respectivamente dentro de procedimiento ordinario?

    FASE ESCRITA: DEMANDA Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, RECONVENCIÓN Y CONTESTACIÓN DE LA RECONVENCIÓN, RÉPLICA Y CONTRARÉPLICA

    FASE ORAL (AUDIENCIA PREELIMINAR): a) DEPURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO B) ESTABLECIMIENTO DE HECHOS CONTROVERTIDOS c) ADMISION O DESECHAMIENTO DE PRUEBAS d) CITATORIO PARA AUDIENCIA DE JUICIO e) RESOLUCIÓN DE RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN, CONTRA ACTOS DEL SECRETARIO INSTRUCTOR

    FASE ORAL (AUDIENCIA DE JUICIO): a) FASE DE DESAHOGO DE PRUEBAS b) FORMULACIÓN DE ALEGATOS c) SE EMITE LA SENTENCIA EN LA MISMA AUDIENCIA Y TERMINA EL PROCEDIMIENTO

  14. ¿Cuáles son los Ejes Temáticos de la Nueva Reforma Procesal y en qué consistieron?

    1. IMPARTICIÓN DE JUSTICIA: Transición de la función jurisdiccional de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas.
    2. DEMOCRACIA SINDICAL: Los trabajadores serán consultados mediante voto personal, libre, directo y secreto para los siguientes casos:
      - Elección de directivas sindicales. Esta obligación incluye a los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado (Ap. B).
      - Firma de contratos iniciales. Se deberá demostrar respaldo de los trabajadores para obtener la "Constancia de Representatividad".
      - Ratificación de acuerdos negociados sobre el contenido de un contrato colectivo o convenio de revisión.
      - Conflictos de titularidad.
    3. ORGANISMO DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO: Se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral como organismo público descentralizado responsable de:
      - Registro a nivel nacional de organizaciones sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo.
      - Instancia conciliatoria prejudicial y obligatoria en los conflictos del fuero federal.
      - Verificación de procedimientos de consulta y democracia sindical. A nivel local, deberán crearse Centros de Conciliación para desahogar la instancia conciliatoria.
    4. IMPARTICIÓN DE JUSTICIA: Se cambian de junta de conciliación a juzgados laborales, es decir el derecho procesal laboral pasa de pertenecer del poder ejecutivo al poder judicial.
    5. La conciliación pasa a hacer obligatoria en los conflictos laborales, a excepción de ciertos casos estipulados en la ley federal del trabajo en el art.
  15. ¿Cuál es la Autoridad Laboral que resuelve los conflictos de trabajo entre los municipios de Tamaulipas y sus Trabajadores, y que Ley se aplica en su trámite y Resolución?

    Tribunal de los trabajadores al servicio del estado y/o tribunal federal de conciliación y arbitraje, en cual se ubica en cd. Victoria Tamaulipas, ley de los trabajadores al servicio del estado, reglamentaria del apartado B del articulo 123 constitucional de manera supletoria la ley federal del trabajo.

  16. ¿Cuál es la Autoridad Laboral que resuelve los conflictos de trabajo que se suscitan entre los trabajadores y el Gobierno del Estado de Tamaulipas y que Ley se aplica?

    Tribunal de Justicia Laboral de Tamaulipas y se rige por la Ley Federal del Trabajo, el Manual de Organización y Procedimientos de los Tribunales Laborales del Poder Judicial de Tamaulipas.

  17. ¿Qué Autoridad resuelve los conflictos de trabajo que se suscitan entre el Tribunal Electoral Federal y sus servidores, así como entre el Instituto Federal Electoral y sus Servidores?

    CORRESPONDE A LOS ÓRGANOS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL CONOCER Y RESOLVER EL RECURSO DE REVISIÓN Y AL TRIBUNAL ELECTORAL TODAS LAS DEMÁS.

  18. En caso de fallecimiento del Trabajador que ocurra dentro del procedimiento laboral, ¿cómo se debe proceder?

    EN CASO DE MUERTE DEL TRABAJADOR, MIENTRAS TANTO COMPARECEN A JUICIO SUS BENEFICIARIOS, EL TRIBUNAL HARÁ SOLICITUD AL PROCURADOR DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, EN LOS TÉRMINOS Y PARA LOS EFECTOS A LOS QUE SE REFIERE EL ART. 772 LFT.

  19. ¿Cómo se impugna una sentencia dictada por un juzgado laboral, ante quien se presenta el medio de impugnación aludido?

    AMPARO DIRECTO ANTE LA AUTORIDAD QUE REALICE LA SENTENCIA (15 DÍAS HÁBILES).

  20. ¿Cuál es la Autoridad que resuelve los conflictos de trabajo que se suscitan entre el Poder Judicial de la Federación y sus Servidores y qué autoridad resuelve los que se suscitan entre la Suprema Corte de Justicia y sus empleados?

    Los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores serán resueltos por el Consejo de la Judicatura Federal y de la SCJN y sus empleados serán por la SCJN.

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