Comparativa de las Teorías Contractualistas de Hobbes, Locke y Rousseau
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Este documento presenta una comparación de las teorías contractualistas de Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau, destacando sus diferencias y similitudes en cuanto a la concepción del estado de naturaleza, el propósito del contrato social y la naturaleza del Estado.
Hobbes
Características del ser humano en el estado de naturaleza: Todo ser vivo tiende instintivamente a conservar y aumentar su vitalidad. Es egoísta y antisocial. Como todos los seres humanos desean la mayor cantidad de bienes y el número de bienes es limitado, entran en conflicto, generando una guerra de todos contra todos.
Causa del contrato social: Miedo a perder la vida.
Contratantes: Los individuos.
Tipo de Estado: Totalitario y absolutista.
Fin del Estado: La seguridad y el bienestar de los individuos.
Locke
- Vive en paz, buena voluntad, asistencia mutua y conservación. Es sociable.
- Al ser imparciales e ignorantes, necesitamos realizar un pacto para defender mejor los derechos del individuo.
- Dos pactos: entre individuos (por el que se crea la sociedad) y entre ciudadanos y gobierno.
- Democracia representativa con división de poderes.
- Proteger los derechos individuales.
Rousseau
- Buen salvaje (amor a sí mismo y compasión). Siente compasión por aquellos que son más desgraciados. Vive aislado, no posee una sociabilidad natural, pero tampoco está en un permanente estado de guerra.
- Para mantener la libertad y reducir la desigualdad.
- Individuos y comunidad.
- Democracia directa.
- Bien común y felicidad de los ciudadanos. Se hace un contrato entre ricos y pobres, estos últimos convencidos con razones engañosas, por el que deciden darse un poder supremo que debía proteger a todos, pero que lo que hacen en realidad es garantizar el poder y los derechos de los propietarios. Con la civilización se inicia el deterioro moral de la humanidad y se implanta la desigualdad. Condujo a Rousseau a establecer los fundamentos de una nueva comunidad que aliente la igualdad, la libertad, la justicia y la felicidad de los ciudadanos. Rousseau se sitúa en la tradición contractualista, considera que la legitimidad de las leyes y del Estado proviene de un pacto originario. La voluntad general es general en el sentido de que es la voluntad de un sujeto universal: el pueblo soberano, pero lo que se acentúa es la universalidad del objeto, el bien común. La voluntad general es la expresión del interés común, que se establece al constituirse la comunidad. El soberano es la voluntad general. Rousseau considera que la comunidad es el principal instrumento de moralización. El papel de la educación es fundamental. (El amor a sí mismo y la compasión), sobre los que se funda la conciencia moral natural que nos inclina a actuar atendiendo al bien común, “patriotismo”. Considera que el estado civil fundado en la voluntad ganan la libertad e igualdad civil y moral, y el derecho a la propiedad.