Comparativa de los 3 Modelos Europeos de Protección Social y Asistencia a la Dependencia
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Modelos Básicos de Protección Social
Es crucial tener en cuenta el gran número de personas que requieren ser protegidas por un sistema que dé respuesta al problema de la dependencia en las sociedades desarrolladas.
Aunque existe una marcada tendencia hacia la convergencia entre los diferentes modelos, tanto en su concepción como en el nivel de gasto público, se pueden distinguir tres modelos básicos de protección. Es menester destacar que esta tipología no significa que los modelos sean cerrados ni contrapuestos, ya que poseen características comunes. Un ejemplo claro de ello sería que, en la mayoría de los países, la prestación de los servicios se realiza de forma mixta.
Tipología de Sistemas de Protección a la Dependencia
1. Seguro Obligatorio
- Países: Austria, Alemania, Luxemburgo, Bélgica, Francia.
Estos países imponen la obligación a sus ciudadanos de contratar un seguro de dependencia, el cual está sujeto a cotización. Su carácter es público y es concebido como una continuación del "seguro de enfermedad". Es decir, aparte del seguro por enfermedad, el ciudadano debe costearse el de dependencia mediante contratación privada. Dicho seguro presta tres niveles de asistencia, que son elegidos previamente por el contratante.
Ventajas y Desventajas del Seguro Obligatorio
- Aspecto Negativo: La obligatoriedad de la tenencia del seguro de dependencia excluye al sector de personas desempleadas, quienes se encuentran desamparados en cuanto a ayudas sociales relacionadas con este ámbito.
- Aspecto Positivo: Se observa en la inmunidad que presenta ante la ideología del partido gobernante.
2. Derecho Universal Prestado por Servicios Sociales Descentralizados
- Países: Dinamarca, Finlandia, Suecia, Holanda, Reino Unido (RU) e Irlanda.
Los sistemas de Seguridad Social de estos países no contemplan el riesgo ni la prestación específica de la dependencia. Existe una red de base municipal muy fuerte de Servicios Sociales (SS.SS) financiada con impuestos locales y transferencias de la Administración Central.
Es relevante mencionar el creciente desplazamiento de la gestión de la prestación de los servicios del sector público hacia el privado.
Financiación de los Costes de Larga Duración
La financiación de los costes de los ciudadanos de larga duración se distribuye de la siguiente manera:
- Sistema Nacional de Salud: Dos tercios del coste.
- Servicios Sociales Públicos (SS.SS): Otros dos tercios.
- El dependiente y sus familiares: Un tercio.
(Nota: La suma de las fracciones de financiación (2/3 + 2/3 + 1/3) excede el 100%. Se mantiene la información tal como fue proporcionada en el documento original.)
3. Prestaciones Sociales/Económicas Vinculadas a Estados de Necesidad
- Países: España, Italia, Portugal, Grecia.
En la actualidad, el sistema de Seguridad Social no cubre de manera específica el riesgo de dependencia, aunque existen prestaciones económicas para los cuidados de larga duración (gran invalidez, accidentes, etc.).
La no intervención del Gobierno y de las Cortes ocasionaría que las Comunidades Autónomas (CC.AA) desarrollasen de manera desigual sus sistemas de Servicios Sociales (SS.SS).
A medida que la diferencia de renta existente se acortase con respecto a la media europea, se podría aumentar el gasto en SS.SS y en el desarrollo de una red pública y privada de prestaciones.