Coherencia del Sistema Jurídico y Resolución de Antinomias

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La Coherencia del Sistema Jurídico y las Antinomias

La Coherencia del Sistema Jurídico: Las Antinomias en Abstracto y el Juicio de Ponderación

  1. Concepto de Coherencia y Definición de Antinomia

    La coherencia es un ideal regulativo que sirve para explicar o caracterizar al sistema jurídico. Sin embargo, el derecho presenta antinomias: supuestos de hecho iguales para los que se regulan o disponen soluciones contradictorias.

Causas de las antinomias o conflictos normativos: el carácter dinámico del Derecho (constante cambio; producción de normas por muy diversas instancias políticas) y la proliferación legislativa (cada vez se regula en mayor medida).

¿Qué debe plantearse la teoría del Derecho ante la existencia de facto de antinomias?

Si el Derecho suministra criterios para solucionar los conflictos normativos, de modo que permanece “atado” o vinculado al Derecho preestablecido.

O si en realidad el juez, al poder elegir los criterios, no es un mecánico aplicador del Derecho; crea Derecho ex post facto.

  1. Clases de Antinomias

    En función de:

I) La contradicción entre operadores deónticos

II) El ámbito de incompatibilidad normativa: total-total / total-parcial / parcial-parcial

III) La fase o momento en el que se genera la antinomia: aparentes (una de las normas es inválida) y reales (estamos ante una auténtica antinomia pues ambas normas son perfectamente válidas, pero chocan en el caso particular)

Criterios de Resolución de Antinomias

Las antinomias: ¿conflicto entre disposiciones o entre normas? Naturalmente entre normas (resultado de la interpretación de textos normativos o disposiciones)

Los criterios varían en función de si estamos ante sistemas jurídicos centralizados o descentralizados.

Los criterios clásicos son propios de ordenamientos centralizados: jerarquía, cronológico y especialidad. El significado de la expresión “derogat”

Los criterios en ordenamientos descentralizados: competencia y prevalencia

Explicación de los Criterios

  • El criterio de jerarquía: fundamento político; reconocimiento explícito; modo de funcionamiento
  • El criterio de competencia: fundamento político en Estados descentralizados; conveniencia de distinguir entre el criterio de jerarquía y el de competencia; modo de funcionamiento.
  • El criterio de prevalencia: fundamento político en Estados complejos; reconocimiento explícito; modo de funcionamiento.
  • El criterio cronológico: fundamento histórico-político. Modo de operar
  • El criterio de especialidad: modo de operar (evitar la antinomia por vía interpretativa); fundamento (racionalidad del legislador y dar preferencia a la norma que regula con más detalle). Intervención de la discrecionalidad del legislador para considerar el caso subsumible en la norma especial (tanto cuando hay un conflicto de criterios de resolución de antinomias como cuando se trata de antinomias entre normas pertenecientes a un mismo cuerpo normativo)
Antinomias de Segundo Grado

Antinomias de segundo grado: Son antinomias que pueden resolverse en virtud de dos o más criterios.

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