Codex Iustinianus: Propósito, Evolución y Estructura de la Compilación Legal de Justiniano

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Finalidad y Evolución del Codex de Justiniano

El Codex Iustinianus, creado en el año 529, tenía como objetivo principal compilar y ordenar todas las constituciones imperiales en un solo cuerpo legal. Sin embargo, es importante destacar que las legislaciones del emperador relacionadas con la reforma del ius quedaron excluidas de este código.

Antes de la publicación del Codex, ya se había promulgado el Digesto. Esta situación generó discordancias entre las leyes de ambos códigos.

Segunda Edición del Codex (534)

Para resolver estas inconsistencias, Justiniano, en el año 534, formó una nueva comisión encargada de revisar el código y elaborar una segunda edición. Los comisionados fueron:

  • Triboniano (presidente de la comisión)
  • Doroteo (profesor)
  • Mena (abogado)
  • Constantino (abogado)
  • Juan (abogado)

La razón principal de esta segunda edición fue incorporar las legislaciones posteriores a la entrada en vigor del primer cuerpo, incluyendo la materia de las nuevas leyes. Además, la comisión estaba autorizada para enmendar leyes con el fin de armonizar el código con el estado actual del derecho. Durante este proceso, se eliminaron leyes contradictorias o se dejaron sin efecto.

Promulgación y Características del Codex Iustinianus Repetitae Praelectionis

Una vez cumplido el encargo del emperador, este promulgó la segunda edición mediante la Constitutio Cordi el 17 de noviembre del 534. Esta nueva versión se denominó Codex Iustinianus Repetitae Praelectionis, y el primer texto quedó derogado y con prohibición de citación.

Esta segunda edición, que se conserva hasta hoy, consta de doce libros (imitando la Ley de las Doce Tablas del derecho romano antiguo). Los libros están divididos en títulos según su materia, y las constituciones imperiales se ordenan cronológicamente.

Cada constitución está precedida por una praescriptio, que indica el nombre del emperador autor y el destinatario, y termina con una subscriptio, que señala la fecha y lugar de emanación. Dentro del Codex, se encuentran constituciones que van desde Adriano hasta Justiniano, incluyendo rescriptos de los emperadores Severo, Diocleciano y Maximiano (absorbiendo los códigos de Gregorio, Hermogeniano y Teodosio).

Consecuencias e Interpolaciones

Una consecuencia importante de la facultad de los comisionados para modificar las leyes fueron las "interpolaciones", similares a las del Digesto. Finalmente, al reconocer la existencia anterior del Digesto, esta segunda edición no contiene la Ley de Citas, que ya se consideraba inútil.

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