Coberturas y Tipos de Seguros: Protección Patrimonial y Responsabilidad Civil
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Otras materias
Escrito el en español con un tamaño de 6,59 KB
Coberturas y Tipos de Seguros: Protección Patrimonial y Responsabilidad Civil
Este documento ofrece una visión detallada sobre diferentes tipos de seguros, enfocándose en la protección del patrimonio y la responsabilidad civil. Se abordan conceptos clave, coberturas y normativas relevantes.
Seguros contra Hurto y Robo
Suele combinarse con el seguro de incendios. La cobertura, generalmente, es contra hurto y robo.
- Hurto: Delito que consiste en tomar con ánimo de lucro, cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño. Se considera hurto si el valor es inferior a 400 €.
- Robo: Delito de apoderarse con ánimo de lucro, empleando violencia o intimidación en las personas.
Las compañías aseguradoras suelen limitar las pólizas por hurto. Es crucial leer atentamente las condiciones de la póliza, que suelen especificar:
- La negligencia del asegurado no está cubierta.
- La sustracción del objeto en un lugar diferente al especificado en la póliza puede no estar cubierta.
Seguros de Transportes
El asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y el contrato, a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir las mercancías durante su transporte.
- Si el transporte terrestre es accesorio a uno aéreo o marítimo, se aplican las normativas de estos últimos.
- En caso de pérdida de la mercancía transportada, la indemnización se calcula sobre una cantidad estimada: precio en origen más gastos.
- El seguro de transporte marítimo no se rige por la Ley de Contrato de Seguro (LCS), sino por normas internacionales y el Código de Comercio.
- El seguro de transporte aéreo se caracteriza por la intensidad de los daños en caso de siniestro y el elevado valor de los bienes asegurados, lo que a menudo requiere coaseguro.
Modalidades del seguro de transporte aéreo:
- Seguro de aeronaves.
- Seguro de mercancías.
- Seguro de pasajeros.
- Seguro de daños a terceros en superficie.
Seguros de Responsabilidad Civil
Cubre los daños que podamos causar a terceros, traduciéndose en una indemnización para compensar la merma patrimonial sufrida por el perjudicado. A veces, las pólizas excluyen los daños por incumplimiento de normas obligatorias.
Obligaciones del asegurado:
- Abstenerse de reconocer su responsabilidad.
- Colaborar en todo lo relacionado con el siniestro.
Tipos de seguros de responsabilidad civil destacados:
- Particulares: Incluidos en el seguro multirriesgo del hogar.
- Industriales: Amparan a las empresas.
- Profesionales.
- Obligatorios: Nucleares, responsabilidad civil de cazadores, vehículos a motor.
Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor
Modalidades:
- Incendio.
- Robo.
- Daños al propio coche (no obligatorio).
Tipos de cobertura:
- Responsabilidad civil por daños a terceras personas y sus bienes.
- Todo riesgo.
Enfoque en la Responsabilidad Civil:
La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación de Vehículos a Motor establece que el conductor es responsable de los daños causados a personas o bienes debido al riesgo creado al conducir. Solo se exime de responsabilidad si se demuestra la culpabilidad del perjudicado o una fuerza mayor ajena a la conducción.
- La contratación es obligatoria.
- El seguro garantiza la cobertura mediante el pago de una prima.
- Los daños se cubren hasta los límites establecidos por la ley.
- Daños a personas: El importe se fija por cada víctima.
- Daños a bienes: El importe se fija por cada siniestro.
Exclusiones del seguro obligatorio:
- Daños al conductor.
- Daños al vehículo asegurado y a su carga.
- Daños causados por un vehículo robado.
El Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo en los siguientes casos:
- Daños sufridos por una persona cuando el vehículo causante es desconocido.
- Daños a personas y bienes de un vehículo con estacionamiento habitual en España que no esté asegurado o haya sido robado.
- Cuando surja controversia entre el asegurado y la compañía.
Exclusión: No se cubren los daños a personas que ocupen voluntariamente un vehículo no asegurado o robado, a sabiendas de esta circunstancia.
Otros Seguros sobre el Patrimonio
- Seguro de caución.
- Seguro de defensa jurídica.
- Seguro de construcción de vivienda.
El Reaseguro
La compañía aseguradora, que asume el riesgo del cliente, se asegura a su vez con otra compañía (reaseguradora). La compañía responde frente a su cliente y, a su vez, reclama a la reaseguradora. No hay relación directa entre el asegurado original y la compañía reaseguradora.
Planes y Fondos de Pensiones
- Tienen legislación específica (Ley de Planes y Fondos de Pensiones).
- Son sistemas de previsión social.
- Su importancia radica en complementar las pensiones públicas con un sistema privado.
- Permiten a las personas percibir rentas o capitales al jubilarse.
- Suelen tener poca liquidez (excepto en casos de enfermedad grave o desempleo de larga duración).
Participantes en un plan de pensiones:
- Entidad promotora: Sociedad, empresa, asociación, etc., que decide poner en marcha el plan.
- Partícipes: Personas que aportan al plan. Las aportaciones pueden ser realizadas por el promotor, el partícipe o ambos (común en planes de empresa para empleados).
- Beneficiarios: Personas físicas con derecho a percibir las prestaciones, hayan sido o no partícipes. En caso de jubilación o invalidez, el beneficiario es el partícipe; en caso de fallecimiento, sus herederos.
Beneficios fiscales: Las aportaciones a planes de pensiones tienen beneficios fiscales, especialmente para rentas altas. Al jubilarse, el partícipe-beneficiario tributa por lo cobrado del plan como rendimiento del trabajo en el IRPF.
Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social: Se pueden reducir en la base imponible general, con un límite máximo conjunto (la menor de las cantidades siguientes).