Coaliciones y Sindicatos: Preguntas Clave sobre Derechos Laborales en México

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A continuación, se presentan respuestas a preguntas frecuentes sobre coaliciones, sindicatos y contratos colectivos de trabajo, conforme a la legislación laboral mexicana.

1. ¿Qué se entiende por coalición?

Art. 355 - Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores/patrones para la defensa de sus intereses comunes.

2. ¿Qué se entiende por sindicato?

Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

3. ¿Los trabajadores y patrones tienen derecho a constituir un sindicato sin autorización previa?

Sí, tienen el derecho a constituir un sindicato. Sin embargo, el registro es independiente y se realiza ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

4. ¿Cómo se clasifican los sindicatos de los trabajadores?

  • Gremiales: Son los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
  • De Empresa: Son los formados por trabajadores que prestan sus servicios a una misma empresa.
  • Industrial: Son los formados por trabajadores que prestan sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial.
  • Nacionales de Industria: Son los formados por trabajadores que prestan sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más entidades federativas.
  • De Oficios Varios: Formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos solo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de la misma profesión sea menor de 20.

5. ¿Cómo se clasifican los sindicatos de los patrones?

  1. Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades.
  2. Los nacionales formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas entidades federativas.

6. ¿Número mínimo de integrantes para formar un sindicato?

  • Sindicatos de trabajadores: 20
  • Sindicatos de patrones: 3

7. ¿Dónde se solicita el registro para formar un sindicato?

Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

8. ¿Qué requisitos deben contener los estatutos del sindicato?

  1. Denominación que los distinga de los demás.
  2. Domicilio.
  3. El objeto.
  4. Duración.
  5. Condiciones de admisión de miembros.
  6. Obligaciones y derechos de los asociados.
  7. Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias.
  8. Forma de convocar a asamblea.
  9. Procedimiento para elección de la directiva.
  10. Periodo de la duración de la directiva.
  11. Normas para la administración del patrimonio del sindicato.
  12. Forma de pago y monto de las cuotas sindicales.
  13. Época de prestación de cuentas.
  14. Normas para la liquidación del patrimonio sindical.

9. Prohibiciones para los sindicatos:

  1. Intervenir en asuntos religiosos.
  2. Ejercer la profesión de comerciante con ánimo de lucro.

10. ¿Qué se entiende por contrato colectivo de trabajo?

Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

11. ¿Cuándo existe obligación del patrón para celebrar contrato colectivo?

Cuando tiene empleados sindicalizados.

12. ¿Qué sucede si el patrón se niega a firmar un contrato colectivo?

Se puede emplazar a huelga.

13. ¿Qué requisitos deberá contener el contrato colectivo?

  1. Nombre y domicilio de los contratantes.
  2. Empresas y establecimientos que abarca.
  3. Su duración.
  4. Jornadas de trabajo.
  5. Días de descanso y vacaciones.
  6. Monto de los salarios.
  7. Cláusulas relativas a la adiestración y capacitación.
  8. Disposiciones sobre capacitación y adiestramiento.
  9. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las comisiones.
  10. Las demás estipulaciones que más convengan a las partes.

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