Claves de la Seguridad Social: Coberturas Esenciales para Trabajadores y Empresas

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Conceptos Fundamentales de la Seguridad Social

La Seguridad Social (S.S.) es un sistema único y público creado para proteger a las personas frente a riesgos que les pueden suceder a lo largo de su vida, como enfermedades, accidentes, etc. Este sistema se basa en el principio de solidaridad.

Tipos de Prestaciones

Prestación contributiva

Dirigida a los trabajadores españoles o extranjeros legales que están cotizando a la Seguridad Social.

Prestación no contributiva

Dirigida a personas que no han cotizado o no lo suficiente.

Regímenes de la Seguridad Social

Régimen General

Incluye a la mayoría de trabajadores por cuenta ajena.

Régimen Especial

Incluye a funcionarios, autónomos, estudiantes, etc.

Obligaciones de la Empresa con la Seguridad Social

Afiliación y alta de los trabajadores

La afiliación es única y para toda la vida. El alta se tramitará con carácter previo al inicio de un contrato.

Cotización

El empresario deberá ingresar mensualmente las cotizaciones de la Seguridad Social, tanto su propia cuota como la del trabajador.

Baja de los trabajadores

Cuando un trabajador finalice su relación con una empresa, el empresario lo dará de baja dentro de los 6 días siguientes a su finalización en el trabajo.

Principales Prestaciones y Coberturas de la Seguridad Social

Paternidad

Protege el derecho del otro progenitor que no ha disfrutado de la prestación de maternidad.

Requisitos:

  • Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social.
  • Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años anteriores.

Su duración es de 13 días y se cobra el 100% del salario.

Incapacidad Temporal (IT)

Es la situación en que se encuentran trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar y que precisan asistencia sanitaria por situaciones de enfermedad común o profesional.

Requisitos para ser beneficiario de la prestación por IT:

  • Enfermedad común: Haber cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores.
  • Enfermedad profesional y accidente: No se exige período mínimo de cotización.

Tiene una duración de 12 meses, prorrogables hasta 24 meses como máximo, a contar desde que se inició la incapacidad temporal.

Incapacidad Permanente (IP)

Es la situación en que se encuentra el trabajador que, después de haber sido dado de alta médicamente, presente reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo.

Grados de incapacidad permanente:

Incapacidad permanente parcial

Disminuye el rendimiento del trabajador en su profesión habitual en, al menos, un 33%, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de su trabajo. Equivale a una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora.

Incapacidad permanente total

Inhabilita al trabajador para la realización de todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta. Corresponde al 55% de la base reguladora y se incrementa con complementos mínimos para pensiones de incapacidad permanente total.

Incapacidad permanente absoluta

Impide por completo al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio. Corresponde al 100% de la base reguladora.

Gran invalidez

Situación en la que se halla un trabajador afectado por incapacidad permanente absoluta y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida. Corresponde al 100% de la base reguladora, incrementado con un complemento que no será inferior al 45% de la pensión.

Jubilación

Es el cese voluntario en el trabajo (por cuenta propia o ajena) a causa de la edad, lo que da lugar a una pensión vitalicia que será reconocida al beneficiario.

Requisitos:

  • Tener cumplidos 65 años (esta edad puede variar según los años cotizados y la legislación vigente) o, en algunos casos, optar por la jubilación anticipada.
  • Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Prestación:

El porcentaje aplicable a la base reguladora varía en función de los años cotizados, desde un 50% por 15 años cotizados hasta un 100% por 35 años o más cotizados (estos periodos pueden variar según la legislación).

Desempleo

Es la situación en que se encuentran las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral (entre un mínimo de un 10% y un máximo de un 70%), con la correspondiente pérdida o reducción de salario.

Prestación por desempleo (nivel contributivo)

Requisitos:
  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Tener cubierto el período mínimo de cotización: generalmente, 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  • No haber cumplido la edad ordinaria establecida para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo excepciones.

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