Claves del Empleo: Contratos, Jornada Laboral y Horas Extraordinarias
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Periodo de Prueba
El periodo de prueba es un tiempo establecido al inicio de la relación laboral para que la empresa compruebe la idoneidad del trabajador para el puesto y el trabajador valore si las condiciones de trabajo se ajustan a sus expectativas.
Pacto
- Debe figurar por escrito en el contrato antes del inicio de la relación laboral.
- No se puede pactar si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones en la empresa con anterioridad.
Duración
- Para técnicos titulados de grado medio o superior, la duración máxima es de 6 meses.
- En contratos en prácticas, la duración máxima es de 1 año para grado medio y 2 años para grado superior.
- En el contrato indefinido de apoyo a emprendedores, la duración es de 1 año.
Derechos
- El trabajador goza de los mismos derechos y obligaciones que el resto de la plantilla.
- No hay derecho a indemnización por despido durante este periodo.
Contratos Temporales
Los contratos temporales se utilizan para cubrir necesidades específicas y limitadas en el tiempo de la empresa.
Tipos de Contratos Temporales
- Contrato por obra o servicio determinado: Se utiliza para la realización de una obra o la prestación de un servicio con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción:
- Objeto: Acumulación de tareas o exceso de pedidos.
- Duración e Indemnización: El convenio colectivo puede ampliar su duración hasta 12 meses en un periodo de 18 meses. La indemnización a su finalización es la misma que la del contrato por obra o servicio.
- Contrato de interinidad:
- Objeto: Sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo (por ejemplo, por baja por maternidad, incapacidad temporal, etc.) o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
- Duración e Indemnización: Puede ser por sustitución o por selección de vacante. No genera derecho a indemnización a su finalización.
- Contrato para el primer empleo joven: (Nota: Este tipo de contrato ya no está vigente en la normativa actual, pero se mantiene según la instrucción de no eliminar contenido.)
- Objeto: Adquirir una primera experiencia profesional.
- Duración e Indemnización: Mínimo 3 meses y máximo 6 meses. La indemnización a su finalización es la misma que la del contrato por obra o servicio.
Contrato Indefinido
El contrato indefinido es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios.
Características
- Puede ser a tiempo completo o parcial.
- El periodo de prueba puede ser de hasta 1 año (especialmente en el extinto contrato indefinido de apoyo a emprendedores o para ciertos colectivos).
- La empresa puede obtener bonificaciones o incentivos por la contratación indefinida de ciertos colectivos.
La Jornada Ordinaria
Se refiere al total de horas de trabajo efectivo que un trabajador realiza.
Regulación de la Jornada
- El tope diario de trabajo efectivo es de 9 horas, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.
- El descanso mínimo entre jornadas es de 12 horas.
- El descanso mínimo semanal será de un día y medio ininterrumpido, que podrá acumularse por periodos de hasta 14 días.
- Se establece un descanso mínimo dentro de la jornada (pausa para el café/bocadillo) cuando la jornada continuada exceda de seis horas.
El Horario de Trabajo
La organización del tiempo de trabajo puede adoptar diversas modalidades.
a) Trabajo a Turnos
- Implica la rotación de distintos trabajadores en horarios sucesivos en el mismo puesto de trabajo.
- No se pueden realizar más de dos semanas consecutivas en el turno de noche, salvo adscripción voluntaria.
- Los trabajadores que cursen con regularidad estudios oficiales tendrán preferencia para elegir el turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa.
- El descanso mínimo entre jornadas puede reducirse a 7 horas en ciertos casos, con compensación posterior.
b) Trabajo Nocturno
- Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 y las 6:00 horas.
- No pueden realizar trabajo nocturno los menores de 18 años.
- Los trabajadores nocturnos no podrán realizar horas extras, salvo en casos de fuerza mayor.
- Su jornada no podrá exceder de 8 horas de media en un periodo de referencia de 15 días.
- Gozarán de especial protección de salud, con evaluaciones periódicas.
Las Horas Extraordinarias
Son las horas de trabajo realizadas por encima de la jornada ordinaria máxima legal o la establecida en convenio colectivo.
- El número máximo de horas extras que se pueden realizar es de 80 horas por año.
Tipos de Horas Extraordinarias
- Voluntarias: Son aquellas que el trabajador acepta realizar de forma voluntaria, sin que la empresa pueda obligarle a ello, salvo pacto en convenio o contrato.
- Obligatorias:
- Porque se hayan pactado en el convenio colectivo.
- Porque se hayan pactado en el contrato de trabajo.
- Por fuerza mayor, para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes.