Clasificación y Tipos de Sociedades en el Ámbito Económico y Legal
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Definición de Sociedad
Se dice que existe una sociedad cuando dos o más personas acuerdan contribuir con dinero, bienes o trabajo, para llevar a cabo una actividad económica lícita, con la finalidad de obtener ganancias y repartírselas entre ellas.
Tipos Principales de Sociedades
La definición dada anteriormente comprende a cualquier tipo de sociedad. Vamos a diferenciar dos grandes grupos:
Sociedad Civil vs. Sociedad Comercial
Sociedad Civil
Art. 1648 Cód. Civil: «Habrá sociedad cuando dos o más personas se hubiesen mutuamente obligado, cada una con una prestación, con el fin de obtener alguna utilidad apreciable en dinero, que dividirán entre sí, del empleo que hicieren de lo que cada uno hubiese aportado». Ejemplo: las ONG (Organizaciones No Gubernamentales) como Panaacea, Techo, Red Solidaria, Greenpeace, etc.
Sociedad Comercial
Art. 1, Ley de Sociedades Comerciales (19.550): «Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción e intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas.
Sociedades Regulares e Irregulares
Dentro de las sociedades comerciales, podemos distinguir entre:
Sociedades Regulares
Aquellas que han adoptado uno de los tipos previstos en la Ley 19.550 y que han cumplido con todos los requisitos relacionados a su constitución.
Sociedades Constituidas Irregularmente
Aquellas que no han cumplido con los requisitos previstos por la Ley 19.550. Se dividen en:
Sociedades Irregulares
Cuentan con un contrato escrito, han adoptado una de las formas de la Ley 19.550 pero no fueron inscriptas en el Registro Público de Comercio.
Sociedades de Hecho
No cuentan con contrato escrito, o poseen un contrato con cláusulas básicas. No fueron adaptadas a ningún tipo social, ni inscriptas en el RPC.
Clasificación por Responsabilidad y Capital
Las sociedades comerciales regulares se clasifican generalmente según la responsabilidad de los socios y la estructura del capital.
Sociedades de Personas (o de Interés)
En estas sociedades, los socios suelen responder por las obligaciones sociales en forma solidaria, ilimitada y subsidiaria; generalmente cuentan con pocos socios, pero son constituidas teniendo en cuenta la personalidad de estos.
- Sociedad Colectiva
- Sociedad en Comandita Simple
- Sociedad de Capital e Industria
- Sociedad Accidental o en Participación
Sociedades por Cuotas
La única clase de Sociedad por cuotas es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
Este tipo de sociedad presenta la particularidad de que su capital social se divide en cuotas (por ejemplo: el capital social es de $100.000, y está conformado por 1000 cuotas de $100). Cada cuota representa un voto en la toma de decisiones de la sociedad; por lo tanto, aquel socio que más cuotas haya aportado, será quien tenga mayor poder de decisión.
Los socios responden por las obligaciones sociales sólo hasta el monto de las cuotas que hayan suscripto e integrado (arts. 146 a 162, Ley 19.550).
Sociedades por Acciones
Esta clase de sociedades presenta las siguientes características: su capital se divide en acciones (por ej: 1000 acciones de $100 c/u), y estas están representadas en títulos que circulan; es decir que pueden transmitirse. Sus socios son denominados «accionistas».
Sociedad Anónima (SA)
Es la sociedad por acciones más común. El capital se divide en acciones, y los socios (accionistas) limitan su responsabilidad al monto de las acciones que hayan suscripto. Este tipo de sociedad está sometido a importantes requisitos para su constitución y funcionamiento (arts. 163 a 314, Ley 19.550).
Sociedad en Comandita por Acciones (SCA)
Combina características de las sociedades de personas y por acciones.