Clasificación de Sociedades Mercantiles: Ventajas y Desventajas

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Tipos de Sociedades: Características y Diferencias Clave

Acciones y Participaciones

Las acciones representan partes alícuotas del capital social de una empresa. Son documentos nominales que otorgan a su titular la condición de socio y, por tanto, una serie de derechos:

  • Derecho a una parte proporcional de la propiedad de la empresa.
  • Derecho a participar en el reparto de dividendos.
  • Derecho a asistir y votar en las juntas generales.
  • Derecho de adquisición preferente en caso de ampliación de capital.
  • Derecho a la información sobre la marcha de la sociedad.

Tipos de Sociedades

Sociedades de Capital

  • Sociedad Anónima (S.A.)

    • Capital mínimo: 60.000 euros (desembolsado al menos el 25% en el momento de la constitución).
    • No hay registro público de socios.
    • Nombre: Libre + "S.A.".
    • Transmisión de acciones: Libre, pero no cotizan en bolsa salvo que se cumplan ciertos requisitos.
    • Órganos:
      • Junta General: Todos los socios.
      • Órgano de Administración: Según estatutos.
    • Régimen de Seguridad Social: Los socios eligen entre el Régimen General o el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. o S.R.L.)

    • Capital mínimo: 3.000 euros (desembolsado íntegramente en el momento de la constitución).
    • Socios inscritos en un registro público con el número de participaciones.
    • Nombre: Libre + "S.L." o "S.R.L.".
    • Transmisión de participaciones: Libre entre socios, cónyuges, ascendientes o descendientes. Restringida para terceros.
    • Órganos:
      • Junta General: Todos los socios.
      • Órgano de Administración: Según estatutos.
    • Régimen de Seguridad Social: Los socios eligen entre el Régimen General o el RETA.
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.)

    • Gestión a través de documentos electrónicos (DUE).
    • Se regula como la S.L., pero sin registro público de socios.
    • Máximo 5 socios, todos personas físicas.
    • Capital mínimo: 3.012 euros.
    • Capital máximo: 120.202 euros.
    • Nombre: Nombre y apellidos de un socio + código alfanumérico + "S.L.N.E.".
    • Participaciones: Libres entre personas físicas.
    • Beneficios fiscales: Aplazamiento de pagos de impuestos.

Sociedades Personalistas

  • Sociedad Colectiva

    • Socios: Aportan trabajo y capital.
    • Participan en la gestión de la sociedad.
    • Responsabilidad: Ilimitada y solidaria.
    • Socios industriales: Solo aportan trabajo.
    • Nombre: Nombre(s) y apellido(s) de uno o varios socios colectivos + "y Compañía" o "y Cía.".
    • Régimen de Seguridad Social: RETA para los socios colectivos.
    • Transmisión de participaciones: Requiere el consentimiento de los demás socios colectivos.
  • Sociedad Comanditaria

    • Socios colectivos: Similares a los de la Sociedad Colectiva.
    • Socios comanditarios: Aportan capital, no participan en la gestión y tienen responsabilidad limitada al capital aportado.
    • Tipos:
      • Simple: No exige capital mínimo.
      • Por acciones: Capital mínimo de 60.000 euros (desembolsado al menos el 25%).
    • Nombre: Similar a la Sociedad Colectiva, pero si se incluye el nombre de un socio comanditario, este responderá de forma ilimitada.
    • Régimen de Seguridad Social: Socios colectivos en RETA y comanditarios en Régimen General.
    • Transmisión de participaciones: Socios colectivos igual que en la Sociedad Colectiva. Socios comanditarios tienen total libertad.

Otras Formas Societarias

  • Sociedad Laboral (S.A.L. o S.L.L.)

    • La mayoría del capital social pertenece a los trabajadores.
    • Puede ser S.A. o S.L. y debe solicitar la calificación de "Sociedad Laboral" al Ministerio de Empleo.
    • Ningún trabajador puede tener más del 33% del capital social.
    • Socios no trabajadores: Solo aportan capital.
    • Mínimo 3 socios, de los cuales al menos 2 deben ser trabajadores.
    • Capital mínimo: El establecido para las S.A. o S.L.
    • Nombre: Libre + "S.A.L." o "S.L.L.".
    • Régimen de Seguridad Social: Régimen General para socios trabajadores y asalariados, RETA para administradores.
    • Transmisión de participaciones/acciones: Primero a trabajadores indefinidos no socios, luego a trabajadores indefinidos no socios y finalmente a los asalariados.
    • Órganos: Junta General y Órgano de Administración.
    • Beneficios fiscales.
  • Sociedad Cooperativa

    • Los socios cooperativistas aportan capital y trabajo.
    • Ningún socio puede poseer más del 33% del capital social.
    • Socios colaboradores: Aportan capital (máximo 45%).
    • Régimen de Seguridad Social: A elegir entre Régimen General o RETA.
    • Baja voluntaria: Se permite la baja voluntaria del socio, avisando al Consejo Rector.
    • Órganos: Consejo Rector y Asamblea General.

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