Clasificación de Sociedades Comerciales: Personalistas, Capitalistas y sus Implicaciones Legales
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Sociedad Mercantil
Una Sociedad Mercantil está formada por una o varias personas que reúnen un fondo patrimonial común para la explotación de una empresa, con el fin de obtener un beneficio y participar en el reparto de ganancias. Posee personalidad jurídica y debe formalizar su constitución mediante escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil.
Podemos clasificarla de la siguiente manera:
Sociedades Personalistas
En las Sociedades Personalistas, la gestión corresponde a los socios y las características personales de cada uno de ellos son más importantes que el capital en sí. Hay dos tipos principales:
Sociedad Colectiva: Características Generales
- El número mínimo de socios es de dos y no hay número máximo.
- Todos los socios intervienen en la gestión de la empresa.
- Los socios responden de las deudas sociales ante terceras personas de forma personal, solidaria e ilimitada.
- No hay un capital mínimo para su constitución.
- La condición de socio no puede transmitirse libremente; para ello, es necesario el consentimiento de los demás socios.
Sociedad Comanditaria Simple: Características Generales
- Hay dos tipos de socios:
- — Socios colectivos: Intervienen directamente en la gestión de la sociedad y responden de forma personal, solidaria e ilimitada frente a deudas sociales.
- — Socios comanditarios: Realizan una aportación económica a la sociedad y participan únicamente de los resultados económicos, sin intervenir en la gestión de la empresa.
- El número mínimo de socios es de dos: uno colectivo y otro comanditario.
- La condición de socio no puede transmitirse sin el consentimiento de los demás socios.
- No hay un capital mínimo para su constitución.
- El nombre está formado por el de todos los socios colectivos o de algunos de ellos, seguido de “y Compañía”.
- La Sociedad Comanditaria siempre tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
Sociedades Capitalistas
Las Sociedades Capitalistas son aquellas donde la aportación de capital es más importante que las características personales de los socios. Hay 4 tipos principales:
Sociedad Comanditaria por Acciones: Características Generales
Son similares a las de la Sociedad Comanditaria Simple, pero se diferencian en dos aspectos clave:
- La participación de los socios comanditarios se representa mediante acciones, que son partes alícuotas del capital. Por este motivo, debe tener un capital mínimo de 60.000 euros y desembolsar un 25% en el momento de su constitución.
- La razón social puede ser cualquier nombre elegido por los socios, seguido de “Sociedad en Comandita por Acciones”.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Características Generales
- El número de socios para su constitución es de uno o más.
- La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- El capital social está dividido en participaciones sociales. Su transmisión está restringida (no es libre) y no pueden denominarse acciones.
- La razón social debe estar formada por el nombre seguido de “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Sociedad Limitada”.
- Para la transmisión de las participaciones sociales, se debe comunicar a los administradores la intención de su traspaso, el número de participaciones que se desea vender, la identidad del adquirente y el precio. Los socios restantes tienen derecho preferente de adquisición.
- Esta sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
Derechos de los Socios
Entre los derechos fundamentales de los socios se encuentran:
- — Derecho a participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio de la sociedad en caso de liquidación.
- — Derecho de tanteo en la adquisición de las participaciones de los socios salientes.
- — Derecho a participar en las decisiones sociales y a ser elegidos como administradores.