Clasificación Oficial de Armas: Categorías, Tipos y Usos Legales

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Clasificación de Armas de Fuego y Otros Dispositivos

La siguiente clasificación detalla los diferentes tipos de armas y dispositivos, agrupados según su naturaleza y uso reglamentario.

Categoría 1ª: Armas de Fuego Cortas

  • Comprende las pistolas y revólveres.

Categoría 2ª: Armas de Fuego Largas

  • 2.1: Armas de Fuego Largas para Vigilancia y Guardería

    Son las armas largas que reglamentariamente se determinen por Orden del Ministerio del Interior o mediante decisión adoptada a propuesta o de conformidad con el mismo, como específicas para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.

  • 2.2: Armas de Fuego Largas Rayadas

    Son las armas utilizadas para la caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.

Categoría 3ª: Armas Específicas y de Aire Comprimido de Alta Potencia

  • 3.1: Armas de Fuego Largas Rayadas de Tipo Deportivo

    De calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, de un disparo, de repetición o semiautomáticas.

  • 3.2: Escopetas y Otras Armas de Fuego Largas de Ánima Lisa

    O que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.

  • 3.3: Armas Accionadas por Aire u Otro Gas Comprimido

    Sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.

Categoría 4ª: Armas de Aire Comprimido de Menor Potencia

  • 4.1: Carabinas y Pistolas Semiautomáticas y de Repetición, y Revólveres de Doble Acción

    Accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

  • 4.2: Carabinas y Pistolas de Ánima Lisa o Rayada, de un Solo Tiro, y Revólveres de Acción Simple

    Accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Categoría 5ª: Armas Blancas y Similares

  • 5.1: Armas Blancas y de Hoja Cortante o Punzante

    En general, las no prohibidas.

  • 5.2: Cuchillos o Machetes Militares o sus Imitaciones

    Los usados por unidades militares o que sean imitación de los mismos.

Categoría 6ª: Armas Antiguas, Históricas y de Avancarga

  • 6.1: Armas de Fuego Antiguas o Históricas y sus Reproducciones

    Asimiladas, conservadas en museos autorizados por el Ministerio de Defensa, si son dependientes de cualquiera de los tres Ejércitos, y por el Ministerio del Interior, en los restantes casos.

  • 6.2: Armas de Fuego Anteriores al 1 de Enero de 1890

    Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones o réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.

    La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Guardia Civil.

  • 6.3: Otras Armas de Fuego de Carácter Histórico o Artístico

    Las restantes armas de fuego que se conserven por su carácter histórico o artístico.

  • 6.4: Armas de Avancarga

    En general, las armas de avancarga (la pólvora y el proyectil son introducidos por la boca del cañón y el sistema de ignición puede ser una cápsula fulminante, pólvora más fina y un pedernal, o un sofisticado sistema de rueda).

Categoría 7ª: Armas Especiales y Deportivas

  • 7.1: Armas de Inyección Anestésica

    Capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.

  • 7.2: Ballestas

  • 7.3: Armas para Lanzar Cabos

  • 7.4: Armas de Sistema Flobert

    (Utilizan como propelente del proyectil solo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego).

  • 7.5: Arcos, Armas para Líneas de Pesca y Fusiles de Pesca Submarina

    Que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.

  • 7.6: Revólveres o Pistolas Detonadoras y Pistolas Lanzabengalas

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