Clasificación de Ofertas y Adjudicación de Contratos Administrativos: Proceso y Requisitos
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Clasificación de Ofertas en Contratos Administrativos
Las proposiciones u ofertas presentadas, que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, se clasificarán por el órgano de contratación en orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación. Se concederá “provisionalmente” (aunque el TRLCSP haya eliminado este vocablo) al licitador que resulte primero en función de dichos criterios.
Documentación para la Adjudicación
¿Qué tres documentos debe aportar el licitador con la oferta económicamente más ventajosa?
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar, para que se le adjudique el contrato administrativo, la siguiente documentación:
- Acreditación de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y Hacienda.
- Acreditación de la capacidad o solvencia a la que se hubiese comprometido.
- Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Plazo para Presentar Documentación Justificativa
¿Qué plazo tiene el primer candidato para presentar los documentos y quién lo requiere?
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya obtenido la primera posición en la clasificación de las ofertas (denominado en la antigua LCSP “adjudicatario provisional”) para que, en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la recepción del requerimiento, presente los documentos justificativos a los que se refiere el art. 151.2 del TRLCSP. Este plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 20 días hábiles por las normas de desarrollo autonómicas.
Adjudicación del Contrato Administrativo
¿Quién acuerda la adjudicación, cómo, en qué plazo, a quién se notifica y dónde se publica?
A tenor de lo dispuesto en el art. 151 apartados 3 y 4 del TRLCSP, la adjudicación se acuerda mediante resolución motivada del órgano de contratación dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Esta resolución debe notificarse a todos los licitadores o candidatos y publicarse simultáneamente en el perfil del contratante.
Contenido Obligatorio de la Notificación de Adjudicación
Toda notificación por la que se acuerde la adjudicación del contrato administrativo deberá contener obligatoriamente:
- La información necesaria para que el licitador excluido o candidato descartado pueda interponer el recurso correspondiente conforme al artículo 40 del TRLCSP.
- Una explicación sucinta de los motivos que dieron lugar a la desestimación o rechazo de sus ofertas o candidaturas presentadas.
- El nombre del adjudicatario y las características y ventajas que dieron lugar a su adjudicación.
- El plazo en el que se procederá a la formalización del contrato.
Comunicación a la Comisión Europea
¿Qué formalización de contratos se comunica a la Comisión Europea?
El órgano de contratación comunicará a la Comisión Europea la formalización de los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II y de cuantía igual o superior a 200.000 euros.
Nulidad de Contratos Administrativos
Causas de Nulidad
¿Cuáles son las tres causas de nulidad de Derecho Administrativo para declarar la invalidez de un contrato?
Según el art. 32 del TRLCSP, las causas de nulidad de un contrato administrativo son:
- Las recogidas en el art. 62.1 de la Ley 30/92.
- La falta de solvencia o de capacidad de obrar, o el estar incurso en alguna de las causas de prohibiciones para contratar.
- La carencia o insuficiencia de crédito de conformidad con la Ley General Presupuestaria.
Efectos de la Declaración de Nulidad
Cuando la nulidad del contrato sea firme, se entrará en fase de liquidación. Las partes deberán restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen recibido y, si no es posible, se devolverá su valor. La parte que resulte culpable deberá indemnizar por daños y perjuicios a la otra.
Recurso Especial en Materia de Contratación
Legitimación Activa
¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso especial y qué requisito deben cumplir?
Podrá interponer este recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos e intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por la decisión que se recurre.
Plazo y Dies a Quo para Interponer el Recurso
¿Cuál es el plazo y el dies a quo para interponer el recurso especial en materia de contratación? ¿Tramitación de urgencia?
El plazo para interponer el recurso especial es de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que:
- Se remita la notificación del acto impugnado, generalmente.
- Los pliegos y demás documentos contractuales hayan sido recibidos o puestos a disposición de los licitadores o candidatos para su conocimiento, cuando se recurra contra el contenido de los mismos.
- Se haya tenido conocimiento de una posible infracción, cuando se dirija contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad.
- Se publique el anuncio de licitación, cuando se recurra éste.
No cabe interponer este recurso en las adjudicaciones de emergencia del art. 113 del TRLCSP, según expresa el precepto 40.4 de la misma ley.
Plazo para Resolver y Notificación
¿Cuál es el plazo para resolver el recurso y a quién hay que notificárselo?
Recibidas las alegaciones, o transcurrido el plazo sin formularse, y practicada la prueba, en su caso, el órgano competente deberá resolver el recurso dentro de los 5 días hábiles siguientes y notificarlo a todos los interesados.
Contenido de la Resolución del Recurso
¿Qué debe contener la resolución que resuelve el recurso especial?
La resolución del recurso estimará en todo o en parte, desestimará las pretensiones o declarará su inadmisión, decidiendo motivadamente las cuestiones planteadas.
Prerrogativas de la Administración Pública
¿Cuáles son las tres prerrogativas de la Administración en materia de contratos administrativos?
Las prerrogativas de la Administración Pública en materia de contratos administrativos son:
- Interpretar unilateralmente los contratos y resolver las dudas que del mismo surjan.
- El ius variandi o la facultad de modificar el contrato por razones de interés público.
- Acordar su resolución y determinar los efectos de la misma.
Principio de Ejecución a Riesgo y Ventura
¿En qué consiste el principio de ejecución a riesgo y ventura?
Significa que la ejecución del contrato se realiza a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en los supuestos de fuerza mayor y de lo pactado en las cláusulas de reparto de riesgo de los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado.
Pago al Contratista
Plazo y Dies a Quo para el Pago
¿Qué plazo tiene la Administración para el pago al contratista y cuál es el dies a quo?
La Administración tiene la obligación de pagar el precio dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la expedición de la “certificación de la obra” o del correspondiente documento que acredite la realización total o parcial de la prestación.