Clasificación Fundamental de las Ramas del Ordenamiento Jurídico
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El estudio del **Derecho** se estructura tradicionalmente en diversas ramas que atienden a la naturaleza de las relaciones que regulan. A continuación, se detallan las principales clasificaciones:
I. División Principal: Derecho Público y Derecho Privado
- Derecho Público: Conjunto de normas que regulan las relaciones en las que interviene el **Estado** como poder público, es decir, las relaciones del Estado con los particulares.
- Derecho Privado: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre **ciudadanos** o particulares, partiendo del principio de igualdad entre ellos.
II. Ramas Específicas del Derecho
A. Ramas del Derecho Público
Derecho Administrativo
Es la rama que regula la **organización de la Administración Pública** (órganos internos) y la **relación entre esta y los ciudadanos**. Su objetivo fundamental es la gestión de los intereses públicos y la prestación de servicios, buscando la satisfacción de los intereses generales de la ciudadanía.
Normativa Relevante del Derecho Administrativo Interno:
- Ley 39/2015: Regula el **procedimiento administrativo común** de las administraciones públicas.
- Ley 40/2015: Establece el **Régimen Jurídico del Sector Público**.
Derecho Procesal
Se considera **Derecho Público**. Regula toda la **organización de los tribunales** y los **procedimientos** aplicables a la tramitación de los asuntos que llegan a sede judicial. Abarca el ciclo completo, desde que un individuo presenta una demanda hasta la **ejecución de la sentencia** (el llamado *tiempo de trance*).
Derecho Penal
Su función es **regular, controlar y castigar la represión de la delincuencia**. Busca proteger a la sociedad mediante la imposición de **penas** a quienes cometen delitos. Las penas aplicables incluyen:
- Privación de libertad (cárcel).
- Sanciones monetarias.
- Pérdida de derechos (ej. inhabilitación de cargo público o pérdida de nacionalidad).
Derecho Tributario
Regula la potestad del **Estado para recaudar dinero** a través de los **impuestos**, con el fin de cubrir el gasto público y financiar los servicios estatales.
B. Ramas del Derecho Privado
Derecho Civil
Es el derecho común que regula las relaciones fundamentales de las personas en su vida diaria. Regula aspectos como:
- **Obligaciones y contratos** (de manera general).
- **Propiedad**.
- **Familia** (matrimonios, divorcios, nacimientos).
- **Sucesiones**.
Su texto legal base es el **Código Civil (CC)**. Es importante notar que las Comunidades Autónomas pueden tener su propio código civil.
Derecho Mercantil
Regula el **estatuto del empresario** y todas las normas aplicables al **comercio** (ej. constitución de sociedades limitadas, anónimas, etc.). Es un derecho más **especial** que el civil y regula los contratos de manera más específica en el ámbito mercantil. El texto legal básico es el **Código de Comercio**.
Derecho Internacional Privado
Su característica distintiva es la presencia de un **elemento de extranjería** en la relación jurídica (ej. un extranjero que posee un inmueble en España o comete un delito en territorio español).
Este derecho no posee un código propio y debe acudir a otros códigos para resolver conflictos. Puede ser complejo determinar la ley aplicable. *Ejemplo*: Si dos ciudadanos argentinos se casan en EE. UU. y se mudan a España, el divorcio se regirá por el **Código Civil** español, ya que versa sobre materia familiar.
III. Áreas Transversales y Especiales
Derecho Laboral
Regula las **relaciones laborales entre el empleado y la empresa**. Presenta componentes tanto públicos como privados:
- Componente Privado: Regulación de los contratos de trabajo específicos.
- Componente Público: Regulación de la Seguridad Social y los procedimientos laborales.
El texto legal fundamental es el **Estatuto de los Trabajadores**. Si la empresa es de naturaleza privada, la relación contractual se enmarca predominantemente en el derecho privado.
Derecho del Turismo
Aunque *no se considera una rama autónoma del Derecho*, posee principios, reglas y leyes específicas. Estas normas se encuentran dispersas:
- En el **Derecho Administrativo** (para regular la actividad turística, empresas hoteleras, etc.).
- En el **Derecho Mercantil** (para asuntos privados entre empresas turísticas).