Clasificación y Formas Jurídicas de las Empresas: Una Visión Detallada

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Criterios de Clasificación de las Empresas

¿Cuál crees que es el perfil dominante de la empresa española?

Una microempresa local y privada que se dedica al tercer sector.

¿Cuál es la diferencia entre los objetivos de una empresa privada y una pública?

El principal objetivo de una empresa privada es generar lucro para los socios/propietarios, aumentar sus ingresos atrayendo y fidelizando clientes, buscar siempre una mayor rentabilidad y diferenciarse de la competencia.

Las empresas públicas, en cambio, priorizan proveer bienestar social o satisfacer necesidades básicas de la población, más allá del lucro. Entrando así en áreas no rentables para el sector privado, buscando un equilibrio financiero pero sin una máxima rentabilidad.

Las Empresas Según su Forma Jurídica

Personalidad

  • La personalidad de la empresa le viene dada por el propietario. El propietario y la empresa son la misma persona física, y la empresa carece de personalidad jurídica propia.
  • La empresa tiene personalidad jurídica propia, diferente a la personalidad física de su propietario o propietarios.

Patrimonio

  • El patrimonio de la empresa coincide con el del propietario: no existe separación.
  • El patrimonio de la empresa es distinto al de su propietario o propietarios.

Responsabilidad

  • Responsabilidad ilimitada frente a las deudas.
  • Responsabilidad limitada frente a las deudas.

Impuestos

  • El empresario-propietario únicamente pagará IRPF.
  • Paga impuesto de sociedades y el empresario-propietario además IRPF.

Otros

  • La actividad empresarial la desarrolla el propietario que aporta el capital, dirige el negocio y asume el riesgo. No es una sociedad. La empresa deja de existir sin su propietario.
  • Los propietarios o socios mediante contrato ponen en común dinero, bienes o trabajo. Una sociedad debe constituirse ante notario e inscribirse en el Registro Mercantil. Puede estar formado por un solo socio.

Indica en qué situaciones y para qué tipo de negocios es mejor constituir una empresa como autónomo y en qué situaciones y para qué tipo de negocios es mejor crear una sociedad.

  • Es conveniente ser autónomo en actividades de poco riesgo y una escasa inversión inicial, porque a pesar de tener una responsabilidad ilimitada, es una situación en la que no tenemos mucho que perder. Además, solo nos afectaría el impuesto del IRPF (pequeños talleres, electricistas…).
  • En situaciones de más riesgo y mayor inversión inicial es recomendable constituir una sociedad. De esa forma limitamos el riesgo ante las posibles pérdidas. El inconveniente es que tenemos doble tributación: la sociedad el IS y el IRPF (pymes y grandes empresas, negocios de construcción, la banca, comercio mayorista…).

Explica cuáles son los trámites que tiene que realizar una empresa para adquirir personalidad jurídica.

  1. Certificación negativa del nombre: Consiste en la obtención de un certificado acreditativo de la no existencia de otra sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir. Se realiza en el Registro Mercantil.
  2. Apertura de una cuenta corriente provisional a nombre de la sociedad: En ella los socios depositan su aportación.
  3. Otorgamiento de la escritura pública ante notario: Acto por el que los socios fundadores proceden a la firma de la escritura de constitución de la Empresa según proyecto de estatus.
  4. Número de identificación fiscal (NIF) Hacienda: Identificación de la Sociedad a efectos fiscales.
  5. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Hacienda)
  6. Inscripción en el Registro Mercantil: Una vez conseguida la Escritura Pública de Constitución, se ha de proceder a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, a partir de este momento la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)

Características generales

  • Es una sociedad mercantil y capitalista.
  • El capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles.
  • Los socios tienen responsabilidad limitada.
  • La transmisión de las participaciones es libre entre los socios o familia, pero si se desea transferir a una persona distinta, los demás socios deben dar el consentimiento.
  • Puede ser unipersonal: un solo socio.
  • Capital mínimo 3.000 €.

Órganos de gobierno

  • Junta General de socios: es el órgano en el que están representados todos los socios (propietarios). Funciones: nombrar y controlar a los administradores, aprobar estatutos, decidir qué hacer con el beneficio de la empresa, aprobar las cuentas.
  • Administradores: se encargan de gestionar la empresa, ejecutar las decisiones de la junta de socios y representar a la empresa. No tienen por qué ser socios.

Derechos del socio

  • Participar en los beneficios y del resultante de una posible venta.
  • Votar en la junta general de socios.
  • Prioridad en una ampliación de capital y en la adquisición de las participaciones de otro socio.
  • Estar informado.

Recomendado para

  • Empresas de pocos socios y un capital social no muy elevado: PYMEs y empresas familiares.

Ventajas

  • Responsabilidad limitada de los socios.
  • Permite crear una sociedad con un capital social bajo.
  • Fácil de crear.

Desventajas

  • Son sociedades cerradas donde está limitada la transmisión de las participaciones.
  • Necesitas tener un porcentaje importante de participaciones para tener poder de decisión en la gestión.
  • Dificultades de financiación.

La Sociedad Anónima (SA)

Características generales

  • Es una sociedad mercantil y capitalista.
  • El capital está dividido en acciones.
  • Los socios tienen responsabilidad limitada.
  • Puede ser unipersonal: un solo socio.
  • Capital mínimo: 60.000 €, de los cuales hay que desembolsar al menos el 25% en el momento de la constitución.

Órganos de gobierno

  • Junta General de accionistas: es el órgano en el que están representados todos los socios. Funciones: nombrar y controlar a los administradores, aprobar estatutos, decidir qué hacer con el beneficio de la empresa, aprobar las cuentas. Tipos: ordinaria y extraordinaria.
  • Consejo de Administración: se encargan de gestionar la empresa, ejecutar las decisiones de la junta de accionistas y representar a la empresa.

Derechos del accionista

  • Participar en los beneficios y del resultante de una posible venta.
  • Votar en la junta general de accionistas.
  • Prioridad en una ampliación de capital.
  • Estar informado.

Recomendado para

  • Grandes empresas y obligatorio para las empresas que cotizan en bolsa.

Ventajas

  • Facilidad para la venta de acciones.
  • Facilidad para obtener financiación pues tienen buena imagen.
  • Administradores profesionales.

Desventajas

  • Conflicto de intereses entre administradores y accionistas.
  • Falta de información para pequeños accionistas.
  • Requiere un gran capital inicial

Semejanzas entre una SA y una SL

  • Son sociedades mercantiles capitalistas.
  • Ambas tienen la responsabilidad limitada al capital aportado por los socios.
  • Dicho capital se divide en partes iguales.
  • Tienen un órgano de gobierno similar: junta general de socios y administradores.
  • Los socios cuentan con los mismo derechos.

Diferencias entre una SA y una SL

  • La SA divide el capital en acciones, la SL en participaciones.
  • La SA es una sociedad más abierta a la entrada de nuevos socios ya que las acciones son fácilmente transmisibles.
  • La SL es más cerrada, porque se restringe la transmisión a personas extrañas a la empresa, estando más limitada la transmisión de las participaciones.
  • El capital mínimo para una SA son 60.000€, para una SL 3.000€
  • La SA es propia de grandes empresas de elevado capital, con muchos accionistas, con grandes objetivos de crecimiento y con mayores posibilidades de financiación.
  • La SL es adecuada para empresas pequeñas, de pocos socios y capital reducido, sus órganos son más sencillos y los socios están bastante implicados en la gestión.

La Sociedad Cooperativa

Características generales

  • Sociedades no mercantiles: no hay ánimo de lucro.
  • Los socios se unen porque tienen intereses o necesidades comunes.
  • Sociedades democráticas: una persona un voto.
  • Los socios (cooperativistas), generalmente aportan capital y trabajo.
  • El capital divido en aportaciones (El capital mínimo se fija en los estatutos.)
  • Responsabilidad limitada.

Tipos de cooperativa

  • Según el grado de asociación: de primer grado (Eroski): varios socios (mínimo 3) formar una cooperativa o de segundo grado (MCC): es la agrupación de varias cooperativas de primer grado (mínimo 2).
  • Según el interés que une a los socios: cooperativa de trabajo (Orona), cooperativa de venta: (Gurelesa) o cooperativa de consumo: (Escuelas, viviendas).

Órganos de gobierno

  • Asamblea general: es el órgano que agrupa a todos los socios.
  • Consejo rector: los administradores.
  • Interventores: vigilar las cuentas anuales.
  • Comité de recursos: resuelve las posibles sanciones a algunos de sus socios.

Recomendado para

  • Para situaciones en las que los propios trabajadores son los dueños propietarios de la empresa.
  • O cuando varias personas tienen una necesidad o interés común.

Ventajas

  • Mayor seguridad en tu trabajo, especialmente en los períodos de crisis.
  • Implicación alta de todos los cooperativistas: más democrático.
  • Beneficios fiscales

Desventajas

  • Pierdes tu trabajo y la aportación realizada.
  • Es necesaria una gran relación entre los socios.
  • Constitución compleja.
  • Es obligatorio un fondo de reserva anualmente.

¿Qué es el Registro Mercantil y cuál es su función? Señala que empresas tienen obligación de realizar la inscripción en el Registro Mercantil y cuáles no.

El Registro Mercantil es aquel en el que se inscriben los hechos y actos relativos a los autónomos y a las sociedades, con el fin de dar publicidad a los mismo de forma que puedan ser conocidos por las personas que contraten con ellos.

La inscripción de los autónomos es voluntaria, pero es obligatoria para las sociedades (SL, SA, Cooperativas).

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