Clasificación Esencial de las Obligaciones en Derecho Civil

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Clasificación de las Obligaciones en Derecho Civil

El estudio de las obligaciones es fundamental en el Derecho Civil, ya que estas constituyen el vínculo jurídico que une a dos o más personas, donde una de ellas (el deudor) se compromete a realizar una prestación en favor de otra (el acreedor). A continuación, se presenta una clasificación detallada de las obligaciones según sus características principales.

1. Obligaciones de Dar, Hacer, No Hacer y Prestar

Esta clasificación se basa en la naturaleza de la prestación a la que se obliga el deudor.

Obligación de Dar (Dare)

  • Consiste en la transmisión de la propiedad de una cosa: Es decir, se relaciona con el primer aspecto o modalidad de lo que es un Derecho Real.
  • Consiste en la constitución de un Derecho Real sobre una cosa: Por ejemplo, una servidumbre de paso, una servidumbre de paso de agua, una servidumbre para proyectar el techo, para cargar vigas sobre una pared ajena, o para que el humo no penetre en la propiedad del vecino. Otros ejemplos incluyen el usufructo, el uso o la hipoteca.

Obligación de Hacer (Facere)

  • Consiste en la realización de un acto que no implique la entrega de una cosa: Implica desarrollar una actividad que sea distinta de la entrega de un bien. Toda conducta desplegada por el deudor que no sea la entrega de una cosa. Ejemplos: pintar un cuadro, escribir un libro, entre otros.

Obligación de No Hacer (Non Facere)

  • El deudor se obliga a una abstención de diversa índole: El deudor se compromete frente a una determinada persona a dejar de hacer algo que normalmente podría hacer.
    • No edificar más allá de determinada altura.
    • No vender mercancías en determinada ciudad.
    • No cultivar parte de un campo.

Obligación de Prestar (Praestare)

  • Consiste en la entrega de una cosa, realizada con un propósito distinto al de transferir su propiedad o constituir un Derecho Real sobre la misma: Por ejemplo, entregar una garantía o una prenda (una garantía de cumplimiento). Si el deudor no cumple la prestación, el acreedor podría ejecutar lo que se entregó a título de prenda.
  • Consiste en la obligación de indemnizar los daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito o los que pudieron derivar de la mora, la culpa o cualquier otra violación del contrato de buena fe, que diera lugar a daños e intereses: Según el Art. 1885 del Código Civil Venezolano (CCV), la mora es el retardo en el cumplimiento de la obligación por parte del deudor, o la tardanza del acreedor en recibir el pago del deudor (mora del acreedor).

2. Obligaciones Positivas y Negativas

Esta clasificación se centra en si la conducta del deudor implica una acción o una omisión.

Obligación Positiva

Una obligación positiva implica una acción por parte del deudor. Dentro de esta categoría se incluyen:

  • Obligación de Dar: Siempre serán una obligación positiva.
  • Obligación de Hacer: Implican desarrollar una tarea, una conducta o una actividad.
  • Obligación de Prestar:

Obligación Negativa

Una obligación negativa implica una abstención por parte del deudor.

  • Obligación de No Hacer: Porque implica una abstención por parte del deudor.

3. Obligaciones Determinadas e Indeterminadas

Esta clasificación se refiere a la precisión del objeto de la prestación al momento de nacer el vínculo jurídico.

Obligación Determinada

  • Cuando su objeto se halla individualizado y definido de una manera precisa en el momento del nacimiento del vínculo: Implica un perfecto conocimiento de lo que se debe realizar, o que el parámetro para el cumplimiento por parte del deudor esté claramente establecido.

Obligación Indeterminada

  • Su objeto no se halla individualizado ni definido al momento del nacimiento del vínculo.
  • La indeterminación no puede ser absoluta: La prestación debe ser determinada o, al menos, determinable para que el deudor sepa a qué se obliga y a qué se le obliga.
  • Debe existir un mínimo de determinación: Esto es crucial, ya que repercutirá directamente en la exigibilidad del negocio jurídico.

4. Obligaciones Simples y Complejas

Esta clasificación se basa en la cantidad de prestaciones que componen la obligación.

Obligación Simple

  • Comprende una sola prestación: Ejemplo: "Me comprometo a entregar la silla"; con la entrega de la silla, la obligación se considera cumplida.

Obligación Compleja

  • Comprende varias prestaciones: Ejemplo: "Me comprometo a entregar el escritorio, la silla y los pupitres". Se deben entregar tantas prestaciones como hayan sido establecidas por las partes.

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