Clasificación de Empresas y Formas Jurídicas: Tipos, Características y Elección para Emprendedores

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Clasificación y Formas Jurídicas de la Empresa

En el ámbito económico, comprender la diversidad de las empresas es fundamental. Este documento explora las distintas maneras de clasificar las organizaciones empresariales y profundiza en las formas jurídicas que pueden adoptar, destacando las características clave de cada una.

1. Clases de Empresa: Una Visión General

Las empresas pueden clasificarse de diversas maneras, atendiendo a distintos aspectos que definen su naturaleza y operación.

1.1. Según el Sector de Actividad

  • Sector Primario: Empresas dedicadas a la extracción de materias primas (agricultura, ganadería, pesca, minería).
  • Sector Secundario: Empresas que transforman materias primas en productos elaborados (industria, construcción).
  • Sector Terciario: Empresas que ofrecen servicios, ya sean comerciales o de otra índole (comercio, turismo, educación, sanidad).

Nota: Una misma empresa puede operar en más de un sector simultáneamente.

1.2. Según su Tamaño

La clasificación por tamaño se basa generalmente en el número de trabajadores:

  • Microempresas: Menos de 10 trabajadores.
  • Pequeñas Empresas: Menos de 50 trabajadores.
  • Medianas Empresas: Entre 50 y 250 trabajadores.
  • Grandes Empresas: Más de 250 trabajadores.

1.3. Según su Ámbito de Actuación

  • Locales: Operan en una localidad o área geográfica reducida.
  • Regionales: Su actividad se extiende a una región o provincia.
  • Nacionales: Cubren todo el territorio de un país.
  • Multinacionales: Desarrollan sus operaciones en varios países.

1.4. Según la Titularidad del Capital

  • Privadas: Su objetivo principal es la maximización del beneficio económico.
  • Públicas: Pertenecen al Estado o a entidades públicas y persiguen objetivos sociales o de servicio público.
  • Mixtas: Combinan titularidad pública y privada, con objetivos que pueden ser tanto económicos como sociales.

2. Las Empresas Según su Forma Jurídica: Opciones Legales

La normativa legal ofrece diversas formas jurídicas que los promotores de una empresa pueden adoptar. La elección de la forma jurídica adecuada es una decisión estratégica que debe basarse en varios puntos clave que diferencian cada opción.

2.1. ¿Empresario Individual o Sociedad?

Esta es la primera gran distinción al constituir una empresa:

  • Empresario Individual: Una única persona aporta el capital, dirige la empresa y asume la totalidad de los riesgos del negocio.
  • Empresa Societaria o Sociedad: Varias personas se unen mediante un contrato (conocido como estatutos) para poner en común capital o trabajo (o ambas cosas) con el fin de desarrollar una actividad empresarial. De esta unión nace una entidad con personalidad jurídica propia, totalmente distinta de las personas físicas que la crean. Las sociedades deben constituirse ante notario, inscribirse en el Registro Mercantil y tributan por el Impuesto de Sociedades.

2.2. ¿Sociedad Personalista, Capitalista o de Economía Social?

Dentro de las sociedades, existen clasificaciones basadas en la importancia de los socios o del capital:

  • Sociedad Personalista: Lo primordial son las características personales y el prestigio de los socios, quienes aportan capital y trabajo, y responden personalmente de las deudas de la sociedad. Ejemplos: Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria.
  • Sociedad Capitalista: Lo fundamental es el capital aportado. La responsabilidad de cada socio se limita al capital que ha invertido. Ejemplos: Sociedad Anónima (S.A.) y Sociedad Limitada (S.L.).
  • Sociedades de Economía Social: Representan una alternativa con objetivos de creación de empleo y compromiso con su entorno económico y social. Ejemplos: Cooperativas y Sociedades Laborales.

2.3. ¿Sociedades Abiertas y Cerradas?

Esta clasificación se refiere a la libertad de entrada y salida de socios:

  • Sociedades Abiertas: Permiten una mayor facilidad para la entrada y salida de socios, a menudo a través de la compraventa de acciones en mercados públicos.
  • Sociedades Cerradas: Restringen la transmisión de participaciones o acciones, limitando la entrada de nuevos socios y la salida de los existentes.

3. El Empresario Individual: Características y Consideraciones

El empresario individual, también conocido como autónomo o trabajador por cuenta propia, es la persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad empresarial (comercial, industrial o profesional). Una de sus características más relevantes es que responde con todo su patrimonio personal de las deudas que pueda contraer su negocio, lo que se conoce como responsabilidad ilimitada. Esta forma jurídica es habitual en pequeños negocios que implican un riesgo y un nivel de inversión bajos.

Características Principales del Empresario Individual:

  • Debe ser mayor de edad con plena disponibilidad de sus bienes (o un menor con autorización de su representante legal).
  • No se exige un capital mínimo para su constitución.
  • No existe separación entre los bienes de la empresa y los del empresario; el empresario responde con todo su patrimonio de las deudas adquiridas en el ejercicio de su negocio (responsabilidad ilimitada).
  • El titular desempeña directamente la gestión y la representación de la empresa.
  • Tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil, aunque sí es recomendable para ciertos fines.

Ventajas del Empresario Individual:

  • Autonomía total para dirigir la empresa y decidir sobre la gestión de los beneficios.
  • Menor complejidad en trámites de constitución y gestión.

Inconvenientes del Empresario Individual:

  • Asunción de todos los riesgos, incluyendo la responsabilidad ilimitada.
  • Dependencia directa del talento y del trabajo de su fundador.
  • Mayor dificultad para obtener recursos financieros para el crecimiento, en comparación con las sociedades.

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