Clasificación y Definición de Delitos Comunes en México

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 5,53 KB

Delitos Contra la Vida y la Integridad Personal

  • Homicidio
  • Feminicidio
  • Ayuda o inducción al suicidio
  • Traición
  • Lesiones
  • Violencia familiar

Delitos Contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual

  • Violación
  • Estupro
  • Pederastia
  • Hostigamiento y acoso sexual
  • Abuso Sexual
  • Violación a la intimidad sexual

Delitos Patrimoniales

  • Robo
  • Fraude
  • Robo Equiparado
  • Abuso de confianza
  • Robo de ganado
  • Despojo
  • Daños
  • Exacción fraudulenta
  • Extorsión
  • Encubrimiento por Receptación

Definiciones Legales

Homicidio (Artículo 133)

El que prive de la vida a otro.

Feminicidio (Artículo 147 BIS)

Quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

Lesiones (Artículo 140)

Quien cause a otro un daño o alteración en su salud.

Ayuda o Inducción al Suicidio (Artículo 151)

Al que por cualquier medio ayude a otro para que se prive de la vida.

Violencia Familiar (Artículo 300)

Quien, de manera directa, ejerce un acto abusivo u omisión intencional, dirigida a dominar, controlar o agredir de manera física, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, sobre alguna persona a la que esté o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil; tutela, curatela; o concubinato.

Violación (Artículo 176)

Quien, por medio de violencia física o moral, realice cópula con persona de cualquier sexo. Se entiende por cópula la introducción del pene por vía vaginal, anal o bucal.

Pederastia (Artículo 177 BIS)

Quien ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento, a una persona menor de dieciocho años de edad.

Abuso Sexual (Artículo 178)

Al que sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella o le haga ejecutar actos de naturaleza sexual.

Estupro (Artículo 181)

Al que tenga cópula con una persona mayor de catorce años y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio del engaño.

Hostigamiento y Acoso Sexual (Artículo 182)

Se configura por el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

Robo (Artículo 194)

El que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con arreglo a la ley.

Robo de Ganado (Artículo 202)

Quien se apodere de una o más cabezas de ganado, ajeno total o parcialmente, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellas.

Daños (Artículo 206)

Quien destruya o deteriore una cosa ajena o propia en perjuicio de otro.

Fraude (Artículo 210)

El que, engañando a otro o aprovechándose del error en que éste se encuentre, se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido para sí o para otro.

Abuso de Confianza (Artículo 214)

Quien, en perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro de cualquier cosa mueble ajena de la que se le haya transmitido la tenencia, pero no el dominio.

Encubrimiento por Receptación (Artículo 219)

Al que, con ánimo de lucro, después de la ejecución de un delito y sin haber participado en éste, adquiera, reciba, traslade, posea, enajene, grave, oculte, venda, empeñe o utilice el producto de aquél; o al que ayude a otro para los mismos fines y no pueda acreditar su legítima procedencia.

Despojo (Artículo 220)

Quien, por medio de violencia sobre las personas o las cosas, o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, o sin derecho:

  • Ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca.
  • Ocupe un inmueble de su propiedad en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante.

Extorsión (Artículo 338 BIS)

Quien, por cualquier medio, obligue a otro a hacer, omitir o tolerar algo, con ánimo de lucro para sí o para otro, o con el fin de causar un perjuicio patrimonial o moral.

Alevosía

Consiste en sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando asechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni a evitar el mal que se le quiera hacer.

Traición

Comete traición quien no solamente emplea la alevosía, sino también la perfidia, violando la fe o seguridad que expresamente había prometido a su víctima, o la tácita que ésta debía prometerse de aquél por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad o cualquier otra que inspire confianza.

Entradas relacionadas: