Clasificación y Adopción de Decisiones en Organizaciones Internacionales

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Clasificación de las Organizaciones Internacionales

TEMA 9 - 2. CLASIFICACIÓN DE LAS OI.

Participación: Podemos diferenciar:

  • O. UNIVERSALES: Son aquellas OI que se proponen la cooperación entre todos los Estados de la OI.
  • O. RESTRINGIDAS: Son OI que se basan en la cooperación entre un número limitado de Estados y están basadas en el principio de exclusión.

Métodos de cooperación: Diferenciamos:

  • DE COORDINACIÓN: Su objetivo es orientar y armonizar el comportamiento de los Estados miembros con vistas a la consecución de objetivos de interés común, mediante la difusión de información, realización de estudios.
  • DE CONTROL: Velar por la observancia de un tratado o convención mediante la recepción y consideración de informes de los Estados miembros, celebración de debates públicos, comprobación de infracciones, llamadas de atención u otras sanciones.
  • OPERACIONALES: Son ellas mismas las que actúan en el terreno internacional, bien por sus propios medios, bien por medios que ponen a su disposición los Estados miembros, pero decidiendo ellas.
  • DE INTEGRACIÓN: Sus órganos reciben competencias de los miembros tradicionalmente comprendidas dentro de los poderes soberanos de los Estados (ej.: ONU, que previa decisión del CS, puede ejercer medidas de fuerza armada o uso de la fuerza en contravención de los propios de la Carta, aunque estas medidas apenas se han aplicado en la práctica).

Materia, las OI pueden ser:

  • GENERALES: El tratado instituyente prevé la cooperación en cuantas cuestiones se estime útil u oportuno.
  • ESPECÍFICAS: El tratado instituyente sólo prevé la cooperación en sectores definidos de actividades.


Adopción de Decisiones en las Organizaciones Internacionales

5-ADOPCIÓN DE DECISIONES.

-Por unanimidad: El objetivo aquí es asegurar la igualdad formal entre todos los Estados miembros y garantizar que ninguno de ellos quedará vinculado por una decisión adoptada sin su consentimiento, lo que al tiempo propicia su observancia voluntaria. Las OI que adoptan sus decisiones por unanimidad poseen menor autonomía frente a los Estados miembros de aquellas otras cuyos órganos actúan por votación.

Por votación: Es el método generalmente previsto. Las mayorías requeridas para la votación son distintas según la importancia de la materia en que deba recaer la decisión:

  • Sistema de voto igualitario: Cada Estado tiene un voto y todos tienen el mismo valor.
  • Sistema de voto no igualitario: El voto de los Estados miembros tiene distinto valor.

Consenso: Es el procedimiento de adopción de decisiones sin voto, que supone la búsqueda de un compromiso o acuerdo general mediante una concertación de los miembros que evite la objeción dirimente.

Adopción sin votación: Permite a órganos que según las reglas de la OI deberían adoptar sus decisiones por votación que puedan tomarlas sin voto. Se asemeja al consenso porque el presidente propone la decisión y ésta es aprobada tan pronto como comprueba que no hay objeciones. Pero se diferencia de éste en que no ha habido negociación ni compromisos.

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