Clasificación de la Acción Penal: Delitos Formales y Materiales

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El Efecto de la Acción y su Resultado en el Derecho Penal

Cuando la ley penal se refiere a la acción humana, lo hace considerándola por sí misma o como una causa de otro evento distinto a la acción, que es el resultado.

No hay que confundirse, ya que todo delito implica un resultado en el mundo externo. El problema que abordamos corresponde a algo distinto: si la forma en que se describe la conducta solo aborda la acción que se confunde con el resultado, o por el contrario, describe una acción como causa de un resultado que es distinto a la acción.

Desde esta premisa, los delitos, desde el punto de vista de la acción, admiten la siguiente clasificación:

Clasificación de los Delitos según la Acción

1. Delitos Formales

Son aquellos en los que únicamente se exige la acción y nada más. Ejemplos incluyen la injuria, la amenaza, el desacato y la violación de morada.

Subclasificación de los Delitos Formales
  • Delitos de Mera Actividad: Son aquellos que tienen un comportamiento finalista activo de acción en sentido estricto, que no requieren de un resultado distinto de la acción. Por ejemplo, el desacato o la violación.
  • Delitos de Omisión Simple u Omisión Propia: Son aquellos en los que el comportamiento finalista es pasivo y no requieren de un resultado distinto al de la omisión. Por ejemplo, encontramos los delitos de omisión de socorro en el artículo 494° N° 14 del Código Penal: “el que no socorriere o auxiliare a una persona que se encontrare en despoblado herida, maltratada o en peligro de perecer, cuando pudiera hacerlo sin detrimento propio.” (Solamente se describe una omisión).

2. Delitos Materiales (o de Resultado)

Son aquellos en los que la acción se describe como causa de un resultado que es distinto de la acción. Ejemplos son el homicidio, el aborto, las lesiones, el hurto y el robo.

Subclasificación de los Delitos Materiales
  • Delitos de Comisión: Son aquellos en los que la acción consiste en un hacer positivo que acarrea un resultado distinto de la acción. Por ejemplo, el homicidio por acción. La acción homicida es casi infinita porque hay muchas formas de matar, pero el resultado es siempre uno solo: un muerto.
  • Delitos de Comisión por Omisión (también llamados de Omisión Impropia): Son aquellos en los que se exige un comportamiento finalista pasivo al cual se le atribuye un resultado distinto de la omisión. Por ejemplo, aquí tenemos el homicidio por omisión.

Tratándose de los delitos materiales o de resultado, y solo respecto de ellos, cobra relevancia el preguntarse cuándo se puede entender que una acción u omisión causa o genera un determinado resultado. A este aspecto lo denominamos teorías de la relación causal.

Las teorías de la relación causal se dividen en:

  • Teorías naturalísticas de la causalidad.
  • Teorías jurídicas de la causalidad.

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