Estado Civil y Parentesco: Definiciones y Características en el Derecho de Familia

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Estado Civil

El estado civil es la situación jurídica de una persona en la familia y en la sociedad. Está constituido por un conjunto de cualidades jurídicas particulares derivadas de los vínculos de familia y es determinante para el titular de derechos y obligaciones. Se considera una situación jurídica porque establece una relación concreta entre una persona y un instituto jurídico. Su trascendencia se extiende más allá del ámbito personal, adquiriendo relevancia social. Está integrado por una pluralidad de cualidades jurídicas que resultan del matrimonio, la filiación, la adopción y la afinidad. La referencia a los vínculos de familia precisa el alcance que tiene el estado civil en nuestro país. Dada su trascendencia jurídica, el estado civil produce efectos significativos.

El artículo 39 define el estado civil como la calidad de un individuo en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones. Sin embargo, este concepto ha sido criticado por confundirse con el de capacidad. Aunque el estado civil puede determinar la capacidad, no ocurre a la inversa. Ser mayor o menor de edad no condiciona ni modifica el estado civil.

Características del Estado Civil

  • Inherente a la persona: Solo las personas individuales o físicas poseen estado civil.
  • Inalienable: No se puede comprar ni vender.
  • Irrenunciable: No se puede renunciar voluntariamente a este estado civil.
  • Imprescriptible: No admite prescripción.
  • Imperativo: No se puede oponer o cuestionar acerca del estado civil.
  • Orden público: Interesa a todos y no puede ser modificado por voluntad de los particulares.
  • Oponible: Es oponible frente a todas las demás personas.
  • Estable: No se modificará salvo por mandato legal que lo habilite.
  • Único: La persona tiene un único estado civil; no puede tener dos que se contradigan entre sí.

Medios de Prueba del Estado Civil

  • Auténticos: Aquellos que por sí solos prueban el hecho, como los testimonios de las partidas obtenidas del Registro del Estado Civil.
  • Supletorios: Se utilizan cuando no existe un medio auténtico. Incluyen otros documentos auténticos, testigos presenciales y la posesión notoria (trato, fama y tiempo).

Parentesco

El parentesco es el sistema que integra a las personas en las familias y que sigue determinadas normas.

Tipos de Parentesco

Parentesco Consanguíneo

Es el vínculo de sangre que une a dos personas que descienden una de otra o que proceden de un tronco común.

  • Vínculo simple: Se establece entre los hermanos que tienen en común solo uno de sus dos ascendientes necesarios (padre o madre). Si son hermanos por parte de madre, se denominan uterinos; si son por parte de padre, consanguíneos.
  • Vínculo doble: Cuando los hermanos comparten ambos padres, se denominan hermanos carnales.

Parentesco por Afinidad

Es el lazo que une a cada cónyuge con los parientes consanguíneos del otro. Nace como efecto del matrimonio y la filiación.

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