Estado Civil y Parentesco: Conceptos, Características y Medios de Prueba
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Estado Civil
El Código Civil, en su artículo 39, define el estado civil como "la calidad de un individuo en cuanto lo habilita para ejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones".
Según el jurista Héctor Luis Odriozola, el estado civil es:
"La situación jurídica de una persona en la familia y en la sociedad. Constituida por un conjunto de cualidades jurídicas particulares derivadas de los vínculos de familia y determinante, para el titular de derechos y obligaciones"
Características del Estado Civil
- Inherente a la persona humana
- Imperativo
- Oponible
- Único
- Estable
Medios para Crear, Modificar o Extinguir el Estado Civil
- Hechos jurídicos: Acontecimientos independientes de la voluntad humana pero que generan efectos jurídicos. Como el nacimiento o la muerte del cónyuge.
- Actos jurídicos: Acontecimientos que dependen de la voluntad humana para su realización y que generan efectos jurídicos. Como el matrimonio
- Sentencias judiciales: Implican la intervención de un órgano judicial. Como el divorcio
Medios de Prueba del Estado Civil
Existen dos formas de acreditar el estado civil:
- Medios auténticos: Testimonios de partidas de los libros del estado civil
- Medios supletorios: Se utilizan cuando no existen o se han extraviado los medios auténticos. Incluyen:
- Otro documento auténtico
- Testigos presenciales del acto consecutivo que se quiere probar
- Posesión notoria del estado civil, que consta de tres elementos:
- El trato
- La fama
- El tiempo (10 años continuos)
Parentesco
Los lazos de parentesco se establecen mediante el matrimonio, la adopción o las líneas genealógicas que vinculan a los familiares consanguíneos.
Tipos de Parentesco
- Parentesco por consanguinidad: Se origina a partir de la procreación y une a las personas que descienden unas de otras.
- Parentesco por afinidad: Se origina a partir del matrimonio, vinculando a los parientes consanguíneos de un cónyuge con el otro.
- Parentesco por adopción: Se origina a partir de las relaciones jurídicas entre adoptante y adoptado