El Estado Civil: Conceptos y Características

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Estado civil

Situación jurídica de una persona en la familia y en la sociedad, constituida por un conjunto de cualidades jurídicas derivadas de los vínculos de familia y determinante de derechos y obligaciones.

  • Posición que ocupa la persona en la familia de la cual se derivan derechos y obligaciones.

Se confunde con capacidad, pero no son lo mismo.

  • Capacidad: aptitud que habilita a la persona adquirir derechos y obligaciones

  • Estado civil: trae consigo la adquisición de ciertos derechos y obligaciones.

Capacidad: condición intrínseca de la persona, ya sea por el hecho de ser tal por la presencia de ciertas circunstancias personales como la edad. Mientras el estado civil depende de su posición en la familia.

El estado civil puede determinar la capacidad, pero no a la inversa: ejemplo: al contraer matrimonio siendo menor que 18, la capacidad se transforma en habilitado por matrimonio.

Otra diferencia es que la capacidad admite limitaciones. Ejemplo: la edad y la salud mental. El estado civil no se modifica por esos motivos.

Los únicos medios para construir, modificar o extinguir el estado civil son los hechos jurídicos, los actos jurídicos y las sentencias jurídicas.

Hechos jurídicos

Acontecimientos humanos independientes de la voluntad de las personas, producen efectos jurídicos (nacimiento y muerte).

Actos jurídicos

Acciones voluntarias de las personas (matrimonio, reconocimiento de los hijos naturales).

Sentencias jurídicas

Pronunciamiento de los jueces sobre determinado asunto (divorcio).

Caracteres del estado civil

  • Es personal: es propio del ser humano, no se puede separar de la persona. (desde el nacimiento a la muerte).

  • Necesario: toda persona posee necesariamente un estado civil.

  • Es único: toda persona tiene un único estado civil (no se puede estar soltero o casado al mismo tiempo).

  • Imperativo: la persona nace con determinado estado de familia y eso no se puede variar (un hijo).

  • De orden público: la ley regula todos los aspectos el instituto. No puede ser modificado por la simple voluntad de las personas.

  • Oponible: se puede hacer valer frente las personas.

  • Estable: el estado civil no se modifica, salvo por mandato legal que habilite a la persona a solicitar un cambio en el mismo.

  • Irrenunciable: la persona no puede voluntariamente renunciar a su estado civil.

  • Inalienable: no se puede comprar ni vender.

  • Imprescriptible: no se adquiere o se pierde por el paso del tiempo.

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