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TEMA III
LOS TRANSPLANTES
No se puede dar ningún trasplante sino con fines terapéuticos, es decir curación terapia, tratamientos, con fines curativos, de investigación o docencia.
TRANSPLANTE DE ORGANOS:
Es la sustitución con fines terapéuticos de órganos, tejidos, derivados y materiales anatómicos que provienen de una persona viva o muerta.
CLASIFICACIÓN DE LOS ÓRGANOS:
ORGANOS SIMPLES:
-Hígado, corazón
ÓRGANOS MULTIPLES:
-Sangre, medula
ÓRGANOS DOBLES:
-Riñón, cornea, brazos, piernas
JUSTIFICACIÓN DE LOS TRANSPLANTES:
Para prolongar la vida, tener una mejor calidad de vida, reinserción a la sociedad etc.,
CARÁCTER DE GRATITUD DEL RETIRO DE LOS ÓRGANOS Y MATERIALES
ANATOMICOS:
La ley de transplante de órganos y materiales anatómicos establece: Esta prohibido cualquier retribución o compensación por los órganos, tejidos y materiales anatómicos retirados con fines terapéuticos, cualquier cantidad pagada por este motivo es repetible.
DELITOS CONTENIDOS EN LA LEY: La ley de transplantes establece:
1.- quienes medien con el propósito de lucro en la obtención de órganos, tejidos derivados y materiales anatómicos para fines terapéuticos. Serán castigados con presidio de 4 a 8 años.
2.- el profesional de la salud y otros que participen en la remoción de órganos, tejidos derivados o materiales anatómicos de un donante, vivo o muerto, a sabiendas de que los mismos han sido o serán objeto de una transacción comercial, serán castigados con prisión de 4 a 8 años, Igual pena corresponderá a quien realice el transplante en estas condiciones.
TRANSPLANTES ENTRE SERES VIVOS:
Está prohibido el transplante total de órganos únicos o vitales entre personas vivientes, o de piezas o materiales anatómicos, cuya separación pueda causar la muerte o la incapacidad, total o permanente, del donante. No obstante, podrá realizarse el transplante parcial de órganos únicos, cuando su separación no cause la muerte o la incapacidad física, total o permanente, del donante. No obstante podrá realizarse el trasplante parcial de órganos únicos, cuando su separación no cause la muerte o la incapacidad física, total o permanente del donante. Se considera licita la donación de órganos pares que permitan la compensación funcional con el otro, o del tejido que se regeneren como: la sangre, la medula ósea, huesos, riñón y cornea.
REQUISITOS PARA SER DONANTE VIVO:
1. Ser mayor de edad
2. Informe del médico actualizado y favorable sobre su estado de salud, incluyendo el aspecto psiquiátrico.
3. Tener compatibilidad con el receptor, de conformidad con las pruebas médicas practicadas, en los casos que si requiera.
4. Haber recibido información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extirpación del órgano en su caso, así como las probabilidades de éxito para e receptor.
5. Haber expresado su voluntad por escrito, libre de coalición física o moral, otorgada ante dos (2) testigos idóneos.
ACTA DE RETIRO DE ÓRGANOS:
-constancia de órganos, tejidos y /o que se retiran.
-Nombre del difunto, Destino
-edad, estado civil, fecha y hora del deceso.
-Circunstancias de la muerte.
-Método para comprobar la muerte.
EN QUE CASO SE PUEDE RETIRAR UN ORGANO O TEJIDO DE UN CADAVER:
a)Cuando conste la voluntad dada en vida la voluntad de la persona fallecida.
b)Por el consentimiento de familiares en caso de muerte en la clínica.
c)Cuando no haya oposición de familiares - máximo 3 horas subsiguientes al diagnóstico de muerte clínica o muerte cerebral.
QUIENES SON PARIENTES:
Para los efectos de esta Ley son parientes:
a) El cónyuge no separado de cuerpos.
b) Los ascendientes.
c) El concubinario o concubina que para el momento de la muerte haya convivido con el.
d) Los descendientes.
e) Los padres adoptantes.
f) Los hijos adoptivos.
g) Los parientes colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad.
c) Los parientes afines hasta el segundo grado de afinidad.
DONDE SE DESTINAN LOS ÓRGANOS - TEJIDOS
-Bancos adscritos a la escuela de medicina.
-Centro hospitalarios públicos.
DONDE SE LLEVAN LAS AUTORIZACIONES SOBRE DONANTES:
-Registro Nacional de Donación de Órganos y Materiales Anatómicos.
-Se lleva un Registro de las Personas que hayan manifestado su voluntad de donar órganos.
CAMPAÑAS:
-información obligatoria.
-Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
-Medios de comunicación públicos y privados.
CONCEPTOS:
1) TRANSPLANTE: La sustitución, con fines terapéuticos, de órganos, tejidos, derivados o materiales anatómicos por otros, provenientes de un ser humano donante, vivo o muerto.
2) DISPOSICIÓN: El acto o conjunto de actos relativos a la obtención, preservación, preparación, utilización, suministro y destino final de órganos, tejidos y sus derivados, productos y cadáveres, incluyendo los de embriones y fetos. 3) DONANTE: El ser humano a quien, durante su vida o después de su muerte, bien sea por su propia voluntad o la de sus parientes, se le extraen órganos, tejidos, derivados o materiales anatómicos con el fin de utilizarlos para transplante en otros seres humanos, o con objetivos terapéuticos. 4) RECEPTOR: El ser humano, en cuyo cuerpo podrán implantarse órganos, tejidos, derivados o cualquier otro material anatómico mediante procedimientos terapéuticos. 5) ÓRGANO: Entidad morfológica compuesta por la agrupación de tejidos diferentes que concurren al desempeño de la misma función. 6) TEJIDO: Entidad morfológica compuesta por la agrupación células de la misma naturaleza y con una misma función.7) DERIVADOS: Los productos obtenidos de tejidos, que tengan aplicación terapéutica, diagnóstica o de investigación. 8) CADÁVER: Los restos integrados de un ser humano en el que se ha producido la muerte. 9) SER HUMANO: Todos los individuos de la especie humana. 10) MUERTE: Hay muerte clínica cuando se produce la ausencia de todos los signos vitales o, lo que es lo mismo, la ausencia total de vida.