El Cheque como Medio de Pago Internacional: Tipos, Funcionamiento y Riesgos

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El Cheque como Medio de Pago Internacional

Definición y Tipos de Cheques

CHEQUE: Documento escrito (unido) a una cuenta bancaria por el cual el titular de la cuenta autoriza a otra persona a retirar de dicha cuenta la cantidad de dinero que se exprese.

CHEQUE PERSONAL: Documento financiero que emite el propio titular de la cuenta corriente abierta en una entidad de crédito contra los fondos que en ella tiene depositados.

  • IMPORTADOR: Librado
  • BANCO PAGADOR: Librado (Banco en que tiene los fondos el importador)
  • EXPORTADOR: Tenedor

CHEQUE BANCARIO: Documento financiero emitido por un banco a petición del Importador, contra él mismo o bien a cargo de otra entidad bancaria ubicada en un país distinto, a favor del Exportador de la operación comercial originaria de la obligación de pago.

  • IMPORTADOR: Ordena al Banco Emisor emitir el cheque
  • BANCO EMISOR: Librador (Banco importador)
  • BANCO PAGADOR: Librado (Banco con el que opera el exportador)
  • EXPORTADOR: Tenedor

En ambos casos, su uso como medio de pago internacional se reserva para tratos de plena confianza entre el Importador y el Exportador.

Partes Intervinientes en un Cheque

  • LIBRADOR: Titular de la cuenta. Persona que da la autorización para retirar la cantidad expresada en el cheque y, por tanto, da la orden a la entidad bancaria de realizar el pago de dicha cantidad.
  • LIBRADO: Entidad bancaria (Banco del librador) que está (utilizando la cuenta y fondos del librador) obligada a realizar el pago del cheque.
  • BENEFICIARIO O TENEDOR: Persona que recibe la cantidad expresada en el cheque.

Tipos de Cheques Bancarios

  • Cheque bancario directo: La entidad bancaria obligada al pago es la que emite el cheque o una de sus sucursales.
  • Cheque bancario indirecto: El banco obligado al pago es otro distinto del emisor.

Clasificación de los Cheques

En función del beneficiario:

  • Al portador: Cualquier persona que presente el cheque.
  • Nominativo: Nombre y apellidos del beneficiario (DNI).

En función de la operativa:

  • Para abonar en cuenta: Ingreso en cuenta bancaria. Se indica en el anverso con dos líneas cruzadas y el texto “para abonar en cuenta”.
  • Cruzado: El librador o el tenedor obliga al cobro mediante ingreso en cuenta. Dos líneas cruzadas y el texto “y Cía.” o “Nombre del banco”.
  • Conformado: Garantiza la existencia de fondos para que el cheque pueda ser cobrado. El banco retiene los fondos durante 15 días. “Conformado” en el Anverso o anotación en el Reverso.
  • Bancario: El cheque bancario es redactado y emitido por la propia entidad bancaria a instancias del librador y cargado en cuenta inmediatamente, por lo que la responsabilidad del pago se traslada a la entidad bancaria. Suele ser de aplicación una tarifa de gastos por dicho concepto. También se utiliza para operaciones de importes elevados.

Operativa de Funcionamiento

Pago Posterior

  1. El Exportador envía las mercancías a su comprador, junto con los documentos justificativos.
  2. El Importador recibe las mercancías y la documentación, quedando ya obligado a su pago.
  3. El Importador solicita al banco que expida un CHEQUE BANCARIO de la deuda y a favor del Exportador.
  4. El banco emisor emite el cheque y lo entrega al Importador.
  5. El Importador envía el cheque al Exportador, con la indicación de que debe aplicarse a la cancelación de la deuda.
  6. El Exportador recibe el cheque y lo entrega en su banco, que le abona el importe aplicándole la comisión de gestión.
  7. Los bancos del Importador y del Exportador se compensan el cheque.
  8. El banco del Exportador puede cargar intereses, si existe demora.

Pago Anticipado

  1. La emisión y entrega del cheque al vendedor/exportador se produce ANTES del envío de las mercancías.
  2. El comprador/importador corre con los riesgos de la operación.
  3. El COMPRADOR/IMPORTADOR primero paga y queda a la espera del cumplimiento por parte del VENDEDOR/EXPORTADOR de las condiciones de cantidad, calidad y tiempo de espera acordado.

Ventajas e Inconvenientes

Desde la Perspectiva del Exportador

Tipo de ChequeVentajasInconvenientes
Cheque BancarioGarantía de cobro completa (librador y librado son la misma entidad).Falta de control del momento de cobro. Posibilidad de robo o pérdida, manipulación inapropiada o superación del plazo de validez.
Cheque PersonalNo presenta por sí mismo ninguna seguridad de cobro. Sujeto a la presencia de irregularidades.

Desde la Perspectiva del Importador

Tipo de ChequeVentajasInconvenientes
Cheque BancarioMantiene la iniciativa en el proceso de pago: decide cuándo enviar el cheque. Opción económica.Los fondos quedan ya inmovilizados inmediatamente desde el momento de la emisión.
Cheque PersonalPuede ser extendido y entregado en cualquier momento y en cualquier lugar. Es la opción más económica. Hasta que el exportador no lo hace efectivo no disminuye la liquidez.Solo será aceptado en relaciones comerciales de muy elevada confianza.

Riesgos en Compraventas Internacionales

  • Riesgo de IMPAGO: En el cheque bancario sólo subsiste en el caso de pago posterior a la entrega de la mercancía. Si el envío del cheque bancario es anterior a la entrega de la mercancía el riesgo desaparece.
  • Riesgo de ROBO, EXTRAVÍO O DETERIORO: Documento físico que debe enviarse por medio del servicio de correos o mensajería. Riesgo pequeño (pueden habilitarse distintas soluciones), aporta ineficiencia en comparación con los medios de pago digitales.
  • Riesgo de VARIACIONES DEL TIPO DE CAMBIO DE LA DIVISA: El tipo de cambio es de variación diaria, podemos encontrarnos con divisa con premio o divisa con descuento.
  • Riesgo de MAYOR COSTE FINANCIERO para el Exportador: Si ha solicitado financiación externa, cada día de retraso en la recepción del cheque le supone un mayor importe a devolver.

Obligaciones Legales

DECLARACIÓN DE PAGOS EXTERIORES SUPERIORES A 12.500 EUROS: Siempre antes de la emisión del cheque o en el momento del ingreso, en su caso.

Datos a Consignar:

  • Datos del residente: nombre o razón social y NIF.
  • Datos del beneficiario de la operación, si es un cobro, o datos del no residente, si es un pago.
  • Divisa e importe del pago, país de destino o de origen y contravalor en euros.
  • Concepto por el que se efectúa dicho pago, mercancía o servicio por el cual se ha efectuado el cobro o el pago.
  • Si el cobro o pago se efectúa en una cuenta abierta en el extranjero por el residente, este está obligado a informar al Banco de España de los movimientos efectuados en esta cuenta.

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