El Cheque Bancario: Elementos, Tipos y Procedimiento de Cobro
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¿Qué es un Cheque?
El cheque es un documento mediante el cual una persona, denominada librador y titular de una cuenta corriente, ordena a una entidad bancaria, llamada librado, que pague una cantidad de dinero a favor de una tercera persona, conocida como tenedor o beneficiario.
Elementos que Intervienen en un Cheque
- Librador: Es el titular de la cuenta corriente que emite el cheque y ordena el pago (la persona que debe pagar).
- Librado: Es la entidad bancaria que debe abonar el importe del cheque (el banco del librador).
- Tenedor (o beneficiario): Es el poseedor del documento que tiene derecho a percibir su importe (la persona o empresa que va a cobrar).
- Endosante: Es el tomador o tenedor del cheque que cede el derecho de cobro del mismo a un tercero (en aquellos cheques que se puedan endosar).
- Endosatario: Es la persona o entidad que recibe el derecho de cobro del tomador o tenedor del cheque.
El Endoso
El endoso es el acto de transmisión y cesión del derecho de cobro de un cheque a otra persona o entidad.
Plazo de Presentación al Cobro
Un cheque es un documento pagadero a la vista. Sin embargo, dependiendo de su lugar de emisión y pago, existen los siguientes plazos máximos para su presentación:
- Cheques emitidos y pagaderos en España: 15 días.
- Cheques emitidos en Europa y pagaderos en España: 20 días.
- Cheques emitidos fuera de Europa y pagaderos en España: 60 días.
Requisitos Formales del Cheque
Para que un cheque sea válido, debe contener los siguientes elementos:
- El nombre de la entidad bancaria que va a efectuar el pago (librado).
- El lugar de pago.
- El número de cuenta del librador.
- La palabra "cheque" inserta en el propio documento.
- La expresión de la orden de pago, como "Páguese por este cheque".
- El importe, expresado tanto en cifras como en letras.
- El lugar y la fecha de expedición.
- La firma del librador (quien expide el cheque).
Tipos de Cheques
Cheque al Portador
Son cheques que llevan escrita la indicación "al portador". Se abonan a cualquier persona que los presente al cobro. En este caso, el tomador es la persona que lo presenta, y se puede endosar de forma directa simplemente con la entrega del documento a otra persona.
Cheque Nominativo
Son aquellos en los que figuran el nombre y apellidos del tomador o tenedor. Para poder percibir su importe, el beneficiario debe firmar en el reverso del cheque y presentar su DNI para identificarse.
Cheque Nominativo "a la orden"
Son cheques nominativos en los que, a continuación del nombre del beneficiario, figura la cláusula "a la orden". Esto indica expresamente que el derecho de cobro del documento puede ser transmitido mediante endoso, escribiendo el nombre del nuevo tomador en el reverso.
Cheque Nominativo "no a la orden"
Son aquellos en los que, junto al nombre del beneficiario, figura la cláusula "no a la orden". De esta forma, se prohíbe el endoso y solo puede ser cobrado por el tomador original designado en el cheque.
Cheque Cruzado
Se utilizan frecuentemente cuando el tomador del cheque es una empresa o sociedad, aunque también pueden usarse para personas físicas. Cruzar un cheque consiste en trazar dos líneas transversales y paralelas en el anverso. Esto limita su cobro, ya que no se puede cobrar en efectivo en ventanilla, sino que debe ser ingresado en una cuenta bancaria del tomador.
Cheque Cruzado General
Es aquel en el que, entre las dos líneas paralelas, figura la expresión "banco y cía." o simplemente se deja el espacio en blanco. Este tipo de cheque debe ingresarse en cualquier cuenta bancaria del tomador.
Cheque Cruzado Especial
Es aquel en el que, entre las dos líneas paralelas, figura el nombre de un banco concreto. Con esto se establece que el importe del cheque solo podrá ser ingresado en una cuenta de dicho banco. Excepcionalmente, es posible cobrarlo en efectivo si el tomador tiene una cuenta en el mismo banco del librador; en ese caso, primero se realiza el ingreso en su cuenta y posteriormente se puede retirar el dinero.