La Centralización Borbónica en España: Reformas Políticas y Económicas del Siglo XVIII

Enviado por Chuletator online y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 4,69 KB

Reformas en la organización del Estado: La Monarquía Centralista

El Establecimiento del Absolutismo Borbónico

La llegada de Felipe V a España, a principios del siglo XVIII, supuso la introducción de la forma de gobierno del absolutismo monárquico. Todos los poderes se concentraban en el monarca, que era gobernador, legislador y juez. Además, el sistema administrativo estaba unificado y centralizado.

Por lo tanto, en España hubo que reorganizar la administración central para que el rey fuera el único depositario del poder político y para que todos los funcionarios que detentaran cargos de gobierno fueran sus representantes.

Los Decretos de Nueva Planta y la Unificación Territorial

Aunque en un primer momento Felipe V (1700-1746) aceptó las leyes e instituciones de los distintos reinos españoles, tras la Guerra de Sucesión y el levantamiento en su contra de la Corona de Aragón, procedió a su unificación mediante los Decretos de Nueva Planta (1707-1716). Estos decretos asimilaron las leyes e instituciones de todos los reinos a las de Castilla.

Se hizo una excepción con Navarra y el País Vasco, que mantuvieron sus fueros por haber permanecido fieles a Felipe V durante la guerra. Las Cortes de Aragón se unieron a las de Castilla, y perdieron su competencia legislativa y su función de vigilancia de las leyes y usos del país frente a la autoridad del rey. La unificación dinástica de los RRCC se convirtió ahora en una unificación política y administrativa. España sería gobernada desde Madrid de forma centralista.

La Nueva Estructura Administrativa Central

Los monarcas borbones se comportaron como reyes absolutos. Establecieron unas Cortes únicas y prescindieron de los antiguos consejos. Algunos de estos consejos desaparecieron por la pérdida de territorios (Flandes o Italia) o por la unificación (Aragón), y los que quedaron fueron perdiendo influencia.

Las Secretarías de Estado y la Administración Territorial

Las funciones de los antiguos consejos fueron asumidas por las Secretarías de Estado. Su número y sus competencias sufrieron variaciones con el tiempo. Al frente estaban los secretarios, hombres de confianza del rey, que, sin embargo, no alcanzaron el poder de los validos del siglo XVII. Esquilache, Floridablanca o Aranda con Carlos III son algunos ejemplos.

El territorio se dividió administrativamente en intendencias, siguiendo el modelo francés.

La Ley Sálica

Se introdujo la Ley Sálica, de tradición francesa, según la cual las mujeres no podían reinar. Esta ley sustituyó a las tradicionales Leyes de Partidas, que permitían reinar a las mujeres, aunque dando preeminencia a la línea masculina.

Reformas Económicas y Fiscales

Saneamiento de la Hacienda Pública y el Catastro

A raíz de la reforma administrativa, se realizó una reforma y saneamiento de la hacienda pública. Con motivo de los Decretos de Nueva Planta, en la antigua Corona de Aragón se había establecido el Catastro (obra de Patiño en Cataluña a partir de 1714), la Talla en Mallorca, la Única Contribución aragonesa o el Equivalente valenciano.

Se establecía un cupo anual que debía pagar cada provincia y se repartía su pago de acuerdo con la riqueza agraria, comercial e industrial, sin excepción alguna. Además, los antiguos impuestos pasaron a ser recaudados por la Hacienda Real.

Los resultados fueron tan buenos que se intentó implantar en Castilla; sin embargo, el proyecto de catastro del Marqués de la Ensenada tropezó con la oposición de los estamentos privilegiados, que inundaron la secretaría de recursos y reclamaciones.

Medidas Liberalizadoras de la Economía (Último Tercio del Siglo XVIII)

En el último tercio del siglo XVIII se llevaron a cabo diversas medidas liberalizadoras de la economía:

  1. En 1765 se decretó la libertad de precios y circulación para los cereales.
  2. En 1778 se aprobó la libertad de comercio con las Indias para todos los puertos españoles.
  3. En 1783 se declaró la honradez de todas las profesiones.
  4. En 1790 se dio libertad para ejercer cualquier oficio sin tener que pasar el examen del gremio.

Relación con la Iglesia: El Regalismo

Frente a la Iglesia, se intentó una política de control o regalismo que en la práctica se redujo a la expulsión de los Jesuitas.

Aunque tanto la Iglesia como la nobleza continuaron ejerciendo una gran influencia, con los Borbones se reconoció en España como indiscutible la autoridad superior del rey.

Entradas relacionadas: