Cédula Real y Sobrecarta: Origen, Tipos y Características
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La Cédula Real es un derivado de la misiva de carácter oficial, pudiéndola considerar como el documento cancilleresco que consiguió más larga vida, pues comenzó a utilizarse en el reinado de Juan II de Castilla y perduró, prácticamente, durante toda la Edad Moderna. Junto con el albalá, es el documento por el que los Reyes se comunican con los contadores mayores para ordenarles la libranza de las cantidades de ración, quitación, merced, que tuvieran concedidas las personas. Otras veces se emplea para proveer peticiones recibidas, en cuyo caso sustituye a la provisión real. También para hacer encargos y comisiones.
Tipos de Cédula Real
Existen cinco modelos principales de Cédula Real:
Modelo 1: Intitulación, Dirección (vocativo); Dispositivo, conminatoria y fecha. Suscripciones autógrafas de los reyes con el refrendo del secretario. Al dorso, algunas veces, las rúbricas de los oidores. La Fecha viene introducida por: Fecha, De. Falta raras veces la tópica, y la crónica va expresada por día, mes y año. Al principio del reinado solo por decenas y unidades. A partir de 1500 lo hacen por centenas y por centenas y millares indistintamente. El año y el día, muchas veces, en números romanos.
Modelo 2: Intitulación, Dirección como en el anterior. Exposición, llevando explícita o implícitamente una petición con lo cual enlaza con la provisión. Conminatoria, fecha y suscripciones como el nº 1.
Modelo 3: Intitulación. Notificación, como la del albalá.
Modelo 4: Por todas sus características diplomáticas, salvo la breve Intitulación, son verdaderas cartas reales. Dirección en dativo: a todos los prelados, al nuestro corregidor de; Salutación: salud e gracia: Notificación: sepades; Exposición, Dispositivo, Conminatoria, Fecha y suscripciones, al igual que los anteriores.
Modelo 5: Cédulas de comisión y encargos. Intitulación. Dirección: . El Dispositivo como en el modelo nº 1: . Conminatoria, Fecha y suscripciones.
Al pie del documento: Brevete. Al dorso: firmas de los oidores, generalmente acompañadas de la palabra acordada, según estaba regulado por los reyes de que todo documento de los Consejos fuera acordado por dichos organismos y que debieran ellos firmar, una vez escritos por los escribanos y antes de ser entregados a los secretarios de los reyes para recoger dichas firmas y refrendarlo, pondría al dorso tales signaturas. Si se trataba de asuntos de Hacienda, estas rúbricas son la de los contadores.
No llevan sello ni tasación.
Sobrecarta: Reafirmación y Renovación de Disposiciones
La SOBRECARTA sirve para reiterar la vigencia de una disposición anterior incumplida o renovar otra cuyo plazo terminaba y que deseaban los Reyes que siguiera en vigor. Lleva inserto el documento ya sea provisión o cédula o carta real.
Elementos Diplomáticos de la Sobrecarta
Los elementos diplomáticos son los mismos que los de la carta y provisión real, llevando la inserción completa del documento que se trata de sobrecartar.
Protocolo Inicial:
Intitulación, Dirección, Salutación y Notificación.
Texto:
Exposición con la expresión de haber dado la carta anterior indicando las características diplomáticas de la MISMA.
Protocolo Final:
Conminatoria, Fecha y Suscripciones con firmas autógrafas de los Reyes y refrendo del Secretario. Al dorso todos los requisitos al igual que las cartas reales y provisiones reales.