Causas y Tipos de Extinción del Contrato Laboral: Indemnizaciones y Procedimientos
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A - Definición
La extinción del contrato laboral se refiere al cese definitivo del contrato y de sus efectos por causas establecidas legalmente.
B - Extinción por Fuerza Mayor
Se produce por un suceso inesperado e imprevisible que imposibilita el trabajo en la empresa. El trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
C - Extinción por Despido Colectivo
Se pueden dar los siguientes supuestos:
- Cuando, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, se despide a un número determinado de trabajadores.
- Cuando en un período de 90 días, la extinción afecta al siguiente número de trabajadores: máximo 30 trabajadores.
La indemnización es de 20 días de salario por año de servicio en la empresa, con un máximo de 12 mensualidades.
D - Extinción por Voluntad del Trabajador
- Dimisión: El trabajador, previo aviso al empresario, puede dar por terminada su relación laboral sin necesidad de alegar alguna causa (baja voluntaria).
- Extinción causal: El trabajador puede dar por terminada su relación laboral debido a los siguientes incumplimientos por parte del empresario:
- Modificación de las condiciones de trabajo que vayan en contra de la formación profesional o de la dignidad del trabajador.
- Falta de pago o retraso continuado en el abono del salario.
La indemnización es de 45 días de salario por año de servicio en la empresa, hasta un máximo de 42 mensualidades.
- Abandono: Cuando el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo, sin preavisar al empresario y sin que exista una causa justificada. En este caso, el trabajador debe indemnizar al empresario por daños y perjuicios.
E - Extinción por Voluntad del Empresario
Causas Objetivas
- Ineptitud del trabajador.
- Falta de adaptación a modificaciones en el puesto de trabajo (transcurridos 2 meses desde la modificación).
- Necesidad de amortizar un puesto de trabajo.
- Faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas.
En este caso, la indemnización será de 20 días de salario por año de servicio en la empresa, hasta un máximo de 12 mensualidades.
Causas Disciplinarias
- Faltas repetitivas de asistencia o puntualidad en el trabajo.
- Desobediencia en el trabajo.
- Ofensas al empresario o a los compañeros.
- Abuso de confianza en el trabajo.
- Disminución voluntaria y reiterada en el rendimiento.
- Embriaguez habitual o toxicomanía, si repercute negativamente en el puesto de trabajo.
En este caso, no hay indemnización.
Calificación del Despido
El trabajador podrá reclamar su despido presentando una demanda ante el Juzgado de lo Social. La sentencia puede establecer que el despido sea:
- Despido procedente: Cuando el empresario tiene la razón y se justifican las causas del despido.
- Despido improcedente: Cuando el trabajador tiene la razón o no se acreditan las causas del despido. En este caso, el empresario decide:
- Readmitir al trabajador.
- No readmitirlo, pagándole una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, hasta un máximo de 42 mensualidades. (Nota: Anteriormente eran 46 días, se ha corregido a la cifra correcta actual)
- Despido nulo: Cuando se demuestra que el despido se ha producido por alguna discriminación. En este caso, se readmite al trabajador.