Causas y Tipos de Extinción del Contrato de Trabajo: Derechos e Indemnizaciones

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Extinción del Contrato por Cumplimiento del Tiempo Convenido

El contrato se extingue cuando se cumple el plazo señalado en él, se ha realizado la obra o servicio, o, en caso de interinidad, se reincorpora el trabajador sustituido.

Extinción del Contrato por Decisión de las Partes

Por Voluntad Conjunta de Empresario y Trabajador

  1. Mutuo Acuerdo: Las partes contratantes deciden dar por terminada la relación laboral. En este caso, no hay derecho a indemnización.
  2. Causas Válidamente Pactadas en el Contrato: Las partes podrán incluir en el contrato condiciones que pongan fin a la relación laboral sin derecho a indemnización.

Por Voluntad del Trabajador

  1. Dimisión: La renuncia expresa del trabajador al puesto de trabajo, con el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre.
  2. Abandono: El trabajador deja de prestar sus servicios sin alegar causa ni preavisar.
  3. Resolución por Causa Justificada: El trabajador puede resolver el contrato de trabajo de manera unilateral y con derecho a indemnización por las siguientes causas:
    • Modificaciones sustanciales en el contrato de trabajo.
    • Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
    • Cualquier otro incumplimiento grave por parte del empresario.

    Indemnización: 33 días por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.

Por Voluntad del Empresario

1. Despido Disciplinario

Es una extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, basada en un incumplimiento previo del trabajador de carácter grave. Causas:

  • Acoso al empresario o compañeros.
  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Transgresión de la buena fe contractual.
  • Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas.
  • Embriaguez o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  • Indisciplina o desobediencia.

2. Despido Objetivo

Se basa en causas objetivas que no suponen incumplimiento por parte del trabajador, pero que perjudican al empresario. Causas:

  • Ineptitud del trabajador producida o conocida después del periodo de prueba.
  • Falta de adaptación a las modificaciones técnicas.
  • Faltas de asistencia, aun justificadas, que sobrepasen los límites legalmente establecidos.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción (ETOP).
  • Falta de dotación presupuestaria (en entidades sin ánimo de lucro).

3. Despido Colectivo

Se produce cuando la empresa despide a una parte o a la totalidad de la plantilla por causas de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción (ETOP), cuando en un periodo de 90 días afecte al menos a:

  • 10 trabajadores en centros de trabajo de menos de 100 empleados.
  • El 10% de la plantilla en centros de trabajo con entre 100 y 300 empleados.
  • 30 trabajadores en centros de trabajo de más de 300 empleados.
  • La totalidad de la plantilla, siempre que el número de afectados sea superior a cinco.

La tramitación se realiza a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Extinción por Circunstancias Personales o Desaparición

Causas Relacionadas con el Empresario

  • Muerte del Empresario: Extingue el contrato de trabajo si nadie continúa con la actividad empresarial.
  • Jubilación o Incapacitación del Empresario (Persona Física): Extingue el contrato si nadie continúa con el negocio. Se establece una indemnización de 1 mes de salario.

Causas Relacionadas con el Trabajador

  • Muerte del Trabajador: Extingue el contrato. Los herederos tienen derecho a percibir las prestaciones económicas que se le adeudaran al trabajador hasta el momento de su fallecimiento.
  • Incapacidad del Trabajador: Extingue el contrato por declaración de incapacidad permanente total o incapacidad permanente absoluta.
  • Jubilación del Trabajador: Extingue el contrato por razón de su edad y cuando ha cubierto el periodo mínimo de cotización.

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