Causas y Procedimientos del Despido Disciplinario: Todo lo que Necesitas Saber
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Causas del Despido Disciplinario
Faltas de Asistencia y Puntualidad
La ausencia injustificada al trabajo constituye un incumplimiento. Se exige una mínima frecuencia en la ausencia para que sea considerada causa de despido. Una falta aislada no es motivo suficiente, salvo que impida o dificulte gravemente el trabajo del resto de los trabajadores.
Indisciplina o Desobediencia
Existe indisciplina o desobediencia cuando el empresario da órdenes al trabajador y este no las cumple, siempre que dichas órdenes se encuentren dentro del poder de dirección y organización del empresario. La indisciplina, para ser causa de despido, ha de ser clara, abierta y grave. Si existe una causa de justificación, el incumplimiento puede derivar en una sanción más leve.
Ofensas Físicas o Verbales
Se consideran sancionables los comportamientos ofensivos para el empresario, los compañeros de trabajo o los familiares que convivan con uno u otro. Las ofensas verbales pueden ser orales o escritas. Las ofensas físicas son los ataques de una persona a otra. La falta ha de ser grave y debe ser valorada de acuerdo a las circunstancias en las que se produce, pues una misma conducta puede ser o no ofensiva según el contexto.
Transgresión de la Buena Fe Contractual y Abuso de Confianza
Se entiende por esto la actuación contraria a los esenciales deberes de conducta que deben presidir la ejecución de la prestación de trabajo y la relación entre las partes. Se engloban dentro de este concepto:
- Comisión de daños a la empresa o a los trabajadores de la misma.
- Incumplimiento, cumplimiento defectuoso o no diligente en la prestación de los servicios.
- Abuso de la confianza.
Disminución Continuada y Voluntaria del Rendimiento
Esta conducta ha de tener cierta permanencia en el tiempo, pues de lo contrario no alcanzaría la gravedad necesaria. La disminución del rendimiento ha de reunir tres requisitos:
- Voluntaria
- Continuada
- Ha de producirse sobre lo pactado
Embriaguez Habitual o Toxicomanía
Es necesario que repercuta negativamente sobre el trabajo. Ha de ser habitual y no esporádica. La toxicomanía comprende tanto la drogadicción como el alcoholismo. Deben ser habituales, aunque podrían darse casos en los que el simple consumo podría ser causa de extinción.
Acoso Moral
Se considera acoso moral el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Requisitos Formales y Procedimentales del Despido Disciplinario
La Carta de Despido
El despido deberá ser notificado por escrito, haciendo constar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efecto. El fin específico de la carta es que el trabajador tenga conocimiento de la decisión empresarial y de los hechos que la han motivado, a fin de que pueda defenderse si no está de acuerdo con lo que se le imputa. Es exigencia ineludible que se asegure su recepción por parte del trabajador, la cual se entiende cumplida cuando este, pudiendo hacerlo, rehusara recibir la comunicación.
Los Hechos
La carta ha de contener los detalles de la conducta imputada al trabajador.
La Fecha de Producción de Efectos
Habrá de señalarse la fecha a partir de la cual ha de entenderse que el despido produce efectos. La fecha que puede figurar puede ser: la de emisión de la carta, la de recepción, la de la comisión de los hechos imputados al trabajador para despedirlo o la de cualquier evento que indique indirectamente la fecha del despido. La finalidad de incluir dicha fecha es que el trabajador conozca el momento preciso a partir del cual comienza a computarse el plazo de caducidad para interponer la correspondiente demanda contra el despido.
La Notificación
Se entiende cumplido este requisito si el empresario utiliza las fórmulas que pueden considerarse idóneas para que la decisión llegue al conocimiento del trabajador.
El Despido de los Representantes del Personal
Cuando el trabajador tenga la condición de representante legal de los trabajadores o de delegado sindical, se procederá a la apertura de un expediente contradictorio, en el que se le da audiencia al interesado y a los restantes miembros de la representación a la que pertenece, si los hubiere.
El Despido de los Trabajadores Afiliados a un Sindicato
Si el trabajador estuviera afiliado a un sindicato y al empresario le constare, deberá dar audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical correspondiente a dicho sindicato.
Despido Formalmente Incorrecto y Posibilidad de Nuevo Despido
El empresario que incumple alguna de las formalidades precisas al decidir el despido puede realizar, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente del anterior despido, uno nuevo en el que se cumplan los requisitos omitidos. El empresario ha de poner a disposición del trabajador los salarios devengados en los días transcurridos entre uno y otro despido y ha de mantenerlo en alta durante dichos días a efectos de Seguridad Social.