Causales de Despido, Cálculo de Sueldo y Contratos Laborales en Chile

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Causales de Desvinculación o Despido en Chile (Art. 159 al 178 del Código del Trabajo)

Artículo 159: Causales Objetivas de Término de Contrato

  • Mutuo acuerdo entre las partes.
  • Renuncia voluntaria del trabajador (con aviso de 30 días de anticipación).
  • Término del plazo convenido en el contrato (se debe avisar al trabajador).
  • Fallecimiento del trabajador.
  • Jubilación del trabajador.
  • Caso fortuito o fuerza mayor (ej: inundaciones, terremotos, etc.).

Artículo 160: Causales de Término por Culpa del Trabajador (Sin derecho a indemnización)

  • Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
  • Inasistencias injustificadas:
    • Dos días seguidos.
    • Dos lunes en el mes.
    • Un total de tres días durante el mes.
    • Falta injustificada o sin aviso previo de un trabajador cuya ausencia afecte gravemente la marcha de la obra (incluso un día).
  • Injurias proferidas por el trabajador al empleador.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
  • Conducta temeraria que afecte la seguridad o el funcionamiento del establecimiento.
  • Perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías (sabotaje).
  • Abandono del trabajo por parte del trabajador (salir intempestiva e injustificadamente del sitio de la faena y sin permiso del empleador; negarse a trabajar sin causa justificada).
  • Negociación incompatible (realizar negociaciones dentro del giro del negocio si está prohibido por escrito en el contrato).

Artículo 161: Necesidades de la Empresa

Causal relacionada con la racionalización, modernización, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.

Artículo 163 bis: Autodespido o Despido Indirecto

El trabajador puede poner término al contrato y demandar indemnizaciones si el empleador incurre en ciertas faltas graves (como las del Art. 160 números 1, 5 o 7, o incumplimiento grave de las obligaciones contractuales).


Ejemplo de Cálculo de Remuneración Mensual

Datos del Ejemplo:

  • Contrato: Indefinido
  • Sueldo Base: $400.000
  • Horas Extras Trabajadas en el Mes: 20 horas
  • Asignación de Colación: $30.000 (No imponible)
  • Asignación de Movilización: $40.000 (No imponible)

Cálculo de Haberes:

Sueldo Base: $400.000

Horas Extras (20 horas): $62.222

Gratificación Legal (Art. 50): $95.600 (Tope legal aplicado)

(Se asume que no hay otros bonos o comisiones imponibles)

Total Haberes Imponibles: $557.822

Cálculo de Descuentos Legales:

AFP (12% estimado): $66.939

Salud (FONASA/ISAPRE 7%): $39.048

Seguro de Cesantía (0.6% trabajador indefinido): $3.347

(Se asume que no hay Ahorro Previsional Voluntario - APV)

Total Descuentos Legales: $109.334

Cálculo de Sueldo Líquido:

Sueldo Imponible: $557.822

(-) Total Descuentos Legales: $109.334

(=) Alcance Líquido (antes de impuesto y no imponibles): $448.488

(-) Impuesto Único a la Renta: $0 (Para este tramo de renta)

(+) Asignación de Colación: $30.000

(+) Asignación de Movilización: $40.000

(Se asume que no hay otras asignaciones no imponibles como desgaste de herramientas o viáticos, ni asignación familiar)

(=) Total Sueldo Líquido a Pagar: $518.488

Detalle Cálculo Horas Extras:

Factor de cálculo rápido (aproximado para 45 hrs semanales): 0.0077777

Valor hora base: Sueldo Base x Factor = $400.000 x 0.0077777 = $3.111 (aproximado)

Total Horas Extras: Valor hora base x Cantidad de horas = $3.111 x 20 = $62.220 (Nota: La diferencia con $62.222 puede ser por redondeo o uso de fórmula exacta)

Detalle Cálculo Gratificación Legal (Art. 50):

Opción 1: 25% de la remuneración mensual del trabajador.

$400.000 (Sueldo Base) x 25% = $100.000

Opción 2: Tope legal de 4.75 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) dividido por 12.

(Se asume que el tope aplicado de $95.600 corresponde al cálculo vigente en el periodo del ejemplo)

Se paga el monto menor entre la opción 1 y el tope legal. En este caso: $95.600.


Tipos de Contratos de Trabajo en Chile

  • Contrato a Plazo Fijo: Duración determinada, máximo un año (o dos si son títulos técnicos/profesionales).
  • Contrato a Plazo Indefinido: Sin fecha de término preestablecida.
  • Contrato por Obra o Faena: Duración ligada a la ejecución de una obra o servicio específico.
  • Contrato de Trabajadores/as de Casa Particular: Regula labores de aseo, asistencia y otras propias de un hogar.
  • Contrato de Menores de Edad (15-17 años): Con restricciones de jornada y tipo de trabajo, requiere autorización.
  • Contrato a Tiempo Parcial (Part-time): Jornada inferior a la ordinaria (actualmente menos de 40 horas semanales).
  • Contrato de Aprendizaje / Práctica Profesional: Para estudiantes o egresados que realizan práctica laboral.
  • Contrato a Honorarios (Prestación de Servicios): No es un contrato laboral bajo el Código del Trabajo, sino civil/comercial. No genera derechos laborales típicos (vacaciones, indemnizaciones, etc.).

Importancia de los Sindicatos, Negociación Colectiva y Huelga

Los sindicatos son organizaciones constituidas por trabajadores del sector privado y/o del Estado, cuyo fin es la representación, promoción y defensa de los intereses de sus afiliados, así como el mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales.

Tipos de Sindicatos:

  • Sindicato de Empresa: Agrupa a trabajadores de una misma empresa.
  • Sindicato Interempresa: Agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
  • Sindicato de Trabajadores Transitorios o de Temporada (Obra o Faena): Agrupa a trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en períodos cíclicos o intermitentes.
  • Sindicato de Trabajadores Independientes: Agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno.

La negociación colectiva es el proceso mediante el cual uno o más empleadores se relacionan con una o más organizaciones sindicales para establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado. La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores, ejercido colectivamente, consistente en la suspensión de las labores como medio de presión durante el proceso de negociación colectiva reglada.

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