Características y Regulaciones de la Publicidad Infantil: Aspectos Clave
Enviado por Chuletator online y clasificado en Otras materias
Escrito el en
español con un tamaño de 3,17 KB
Publicidad Infantil: Características. Toda forma de comunicación difundida a través de cualquier soporte, que tiene como receptor de los mensajes al niño. No se trata de publicidad protagonizada por niños ni de productos destinados a ellos.
Criterios para determinar un mensaje dirigido a menores:
- Tipo de producto promocionado.
- Diseño del mensaje.
- Circunstancias en que se lleve a cabo la difusión del mensaje.
Regulación: LGP Art. 3, Publicidad Ilegal LCD. Art. 30 Prácticas agresivas en relación con los menores. Código PAOS. Código CAPI.
Copy Advice: Servicio que ofrece el Gabinete Técnico de Autocontrol a los anunciantes, que consiste en la revisión de un proyecto de anuncio o campaña publicitaria antes de su difusión, emitiendo una respuesta sobre su corrección ética y legal en un plazo de 3 días.
Excepciones del Derecho a la Propia Imagen: Art. 58.2: En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
- a) Su captación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
- b) La utilización de la criatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
- c) La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como persona meramente accesoria.
Casos de Sexismo (Cosificación): Cosificación: cuando se utilice particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto promocionado:
- Utilización del cuerpo femenino o partes del mismo con connotaciones eróticas y como parte captatoria de la publicidad.
- Representación del cuerpo femenino como mero objeto, sin que realice un rol activo ni guarde conexión con el argumento publicitario.
- Desconexión total y absoluta entre la imagen femenina y el producto.
- Utilización de la imagen de la mujer asociada a elementos estereotipados.
Tipo de trabajo o acción que desarrolla la mujer en el anuncio. El mensaje que el anuncio transmite a sus destinatarios.
Es Ilegal:
- a) La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución (representación de mujeres de forma vejatoria).
- b) La publicidad engañosa.
- c) La publicidad desleal.
- d) La publicidad subliminal.
- e) La que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios.
Es Engañosa: La publicidad que induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser causa de perjudicar a un competidor. Es asimismo engañosa la publicidad que silencie datos fundamentales de los bienes, actos o servicios cuando dicha omisión induzca a error a los destinatarios.