Características y Ética de la Profesión Docente: Un Enfoque Integral
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Características de la Profesión Docente
Las profesiones son actividades ocupacionales con los siguientes rasgos:
- Una profesión es una actividad humana que presta un servicio a la sociedad de forma institucionalizada; ofrece el servicio específico de la docencia a cargo de especialistas. La enseñanza que recibimos va a llevar aparejada la obtención de un título oficial.
- La profesión docente es vocacional, por lo que se espera generosidad y desinterés, esforzándose cada día y estando al día en conocimientos.
- Las profesiones son actividades orientadas a favorecer la sociedad, no solo por el afán de lucro. En enseñanza, se espera que se entreguen a la tarea docente con entusiasmo y altura moral.
- Los profesionales ejercen la profesión de manera estable y obtienen a través de ella su forma de vida, teniendo una dedicación exclusiva.
- Los profesionales forman con sus compañeros un colectivo, lo que se conoce como colegio profesional, el cual se encarga de velar por el correcto ejercicio de la profesión. La profesión del docente no es de obligada colegiación.
- Se accede al ejercicio de la profesión a través de un proceso de capacitación teórica y práctica. En la enseñanza, el permiso para ejercer va ligado a la obtención de diplomas universitarios.
- Las profesiones reclaman autonomía en el ejercicio de la profesión. En la enseñanza, cabe destacar la libertad de cátedra.
- Los profesionales han de asumir su responsabilidad por los actos técnicos de la profesión. En la enseñanza, es la libertad de cátedra quien decide la estrategia y los medios a utilizar.
Deontología, Éticas Aplicadas y Ética de la Profesión Docente
- Deontología: Parte de la ética cuyo propósito es establecer los deberes que asumen los de un determinado grupo. En el caso de los profesores, lo establecen ellos o expertos en Derecho y Filosofía.
- Ética Aplicada: Se corresponde con la pluralidad de ámbitos de la actuación humana, siendo la reflexión sobre lo que debe ser bueno o justo en el ámbito de nuestra vida. Es un saber interdisciplinar que surge de la colaboración entre los profesores de cada ámbito y los afectados. Se nutre de la moral cotidiana, orienta a la acción de modo inmediato y de modo mediato.
- Ética Profesional del Docente: Discurso racionalmente elaborado desde un enfoque interdisciplinar que tiene en cuenta las aportaciones de los profesionales de la educación, padres y alumnos, y de las diversas teorías que han reflexionado sobre la profesión docente.
Decretos de Ley y Decretos Legislativos
- Decretos Ley: Nacen como consecuencia de una necesidad urgente, evitándose los largos procesos de elaboración de leyes. Así, se puede dictaminar normas con fuerzas de ley.
- Decretos Legislativos: El Parlamento puede establecer una ley de principios (bases) y autoriza al Gobierno para que la desarrolle.
Código Civil: ¿Elemento Sistemático?
Este elemento no se interpretará de forma aislada, sino en relación con cada uno de los preceptos que forman parte de una ley y con todos los referentes a la materia, para encajarlos en el lugar que les corresponde, estando de acuerdo con los demás.
Capacidad Jurídica y Capacidad de Obrar
- Capacidad Jurídica: Capacidad aplicada a las personas que hace referencia a la amplitud para intervenir en las relaciones que son reguladas por el Derecho. Esta capacidad la tienen todas las personas y es igual para todos.
- Capacidad de Obrar: También es regulada por el Derecho, pero como ejerciente de tales derechos u obligaciones. Se ejecutan de manera eficaz los actos jurídicos, tras conocer la realidad sobre lo que se actúa, por lo que no todos tienen esta capacidad, ya que implica desarrollo psíquico.
Ideario del Centro Educativo
Según el Artículo 115 de la LOE, el derecho a establecer un ideario es un derecho autónomo del derecho de dirección. El contenido del ideario del centro educativo no queda limitado a aspectos religiosos o morales de la actividad educativa, sino que se extiende a otros ámbitos del funcionamiento del centro educativo. El ideario cumple dos funciones:
- Orienta toda actividad educativa del centro.
- Facilita a los padres el ejercicio del derecho a elegir el centro educativo en función del ideario, de ahí surge la necesidad de su publicidad y de la imposibilidad de valorarlo durante el curso escolar.
Entre los límites del derecho de crear centros se encuentran el respeto a los principios constitucionales y el respeto a los derechos garantizados al resto de miembros. En relación con el ideario, habrá que determinar la compatibilidad del mismo con el libre desarrollo de la personalidad, pues si el ideario es un elemento destinado al dogmatismo, al sectarismo y al proselitismo obligatorio, pone en dificultad el objetivo de la educación, que no es otro que facilitar el libre desarrollo de la personalidad.