Características de la Constitución Española de 1978 y el Tribunal Constitucional
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Características de la Constitución Española de 1978
1. Consenso político
2. Origen popular
3. Constitución normativa
4. Constitución escrita
5. Constitución extensa
6. Constitución rígida
7. Constitución polivalente
8. Constitución completa
Estado Social y Democrático de Derecho
1. Estado de Derecho
- Actividad sometida al control jurídico - Separación de poderes - Garantía de derechos
2. Estado Democrático
- Soberanía nacional reside en el pueblo - Participación ciudadana en asuntos públicos
3. Estado Social
- Regulación y estructuración de la sociedad por parte del Estado
Estado Autonómico
1. Principio de unidad
- Unidad global del ordenamiento jurídico - Soberanía nacional
2. Principio de autonomía
- Poder limitado de las Comunidades Autónomas - Naturaleza política de la autonomía
3. Principio de solidaridad
- Relaciones entre el Estado y las entidades territoriales
Composición del Tribunal Constitucional
- 12 miembros nombrados por el Rey - 4 a propuesta del Congreso - 4 del Senado - 2 del Gobierno - 2 del Consejo General del Poder Judicial - Designación por mayoría de 3/5 - Juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional - Designación para 9 años, renovándose por terceras partes cada 3 años
Funcionamiento del Tribunal Constitucional
Pleno
- Formado por los 12 Magistrados - Presidido por el Presidente o Vicepresidente
Salas
- Dos Salas de 6 Magistrados cada una - Conocen de los recursos de amparo
Secciones
- Para despacho ordinario y admisibilidad de recursos - Compuestas por el Presidente y dos Magistrados
Control de Constitucionalidad de las Leyes
Normas impugnables
- Leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley - Tratados internacionales (antes de su perfeccionamiento)
Recurso de Amparo
Objeto
- Violaciones de derechos y libertades reconocidos en los arts. 14 a 29 de la Constitución
Legitimados
- Persona directamente afectada - Defensor del Pueblo - Ministerio Fiscal
Requisitos
- Invocación previa del derecho ante la jurisdicción ordinaria
Pronunciamientos
siguientes: 1.Declaración de nulidad del acto o disposición que violó el derecho o libertad 2.reconocimiento del derecho o libertad de acuerdo con su contenido constitucional. 3. restablecimiento del derecho o libertad al recurrente, con la adopción, en su caso, de las medidas adecuadas para su conservación.