La Calificación en el Derecho Internacional Privado: Concepto y Aplicación
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La calificación constituye el primer problema de aplicación de la norma de conflicto y consiste en determinar a qué categoría jurídica pertenece el supuesto de hecho, con el fin de identificar qué norma de conflicto resulta aplicable. Aunque no es una técnica exclusiva del Derecho Internacional Privado (DIPr), en este ámbito presenta dificultades específicas debido a que las instituciones pueden proceder de ordenamientos extranjeros.
Fases del proceso de calificación
La calificación se desarrolla en dos etapas fundamentales:
- Interpretación: Análisis de la categoría jurídica contenida en la norma de conflicto.
- Subsunción: Inclusión del supuesto concreto en dicha categoría.
Distinción según el origen de la norma
La metodología varía significativamente según la procedencia de la norma:
1. Normas de origen internacional o europeo
En estos casos, la interpretación debe ser autónoma, independiente de los derechos nacionales, para garantizar una aplicación uniforme. La función del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es esencial, ya que fija el sentido de los conceptos utilizados en los reglamentos europeos.
2. Normas de origen interno
Cuando la norma es interna, rige la calificación ex lege fori, conforme al artículo 12.1 del Código Civil, que establece que la calificación se realiza siempre con arreglo a la ley española.
La calificación funcional en el DIPr español
No se trata de aplicar mecánicamente las categorías del Derecho civil o mercantil español, sino de utilizar categorías propias del DIPr español, construidas a partir de aquellas pero flexibilizadas para adaptarse a supuestos internacionales. El juez parte de las categorías del Derecho material español, pero las adapta para abarcar instituciones extranjeras que no coinciden plenamente con las nacionales:
- Se recurre a una calificación funcional, identificando la función económica y jurídica de la institución extranjera.
- Se comprueba si dicha función encaja en una categoría del DIPr español.
- Solo después se acude al Derecho extranjero para conocer su regulación específica y confirmar su función.
El problema de la calificación ex lege causae
Frente al sistema español, la calificación ex lege causae (calificar conforme al Derecho designado por la norma de conflicto) presenta un problema lógico insalvable: exigiría conocer previamente el Derecho aplicable antes de haber determinado la norma de conflicto. Por esta razón, no es el sistema seguido por el DIPr español.