Cálculo de Nómina y Contribuciones Laborales en México

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Cálculo de Prestaciones y Contribuciones Laborales

Este documento detalla los pasos esenciales para la determinación de diversas prestaciones y contribuciones laborales, fundamentales en la gestión de nóminas en México.

1. Determinación de Montos Anuales de Prestaciones

1.1. Aguinaldo

Fórmula: SD × (Días año trabajados × 15 ÷ 365)

Donde:

  • SD: Salario Diario
  • Días año trabajados: Días laborados en el año
  • 15: Días mínimos de aguinaldo por ley
  • 365: Días del año

1.2. Prima Vacacional

Fórmula: SD × Días de vacaciones × 25%

Donde:

  • SD: Salario Diario
  • Días: Días de vacaciones correspondientes
  • 25%: Porcentaje mínimo de prima vacacional por ley

2. Determinación de Montos Diarios de Prestaciones

Para integrar el Salario Diario Integrado (SDI), es necesario convertir ciertas prestaciones a su equivalente diario o mensual, según corresponda.

  • Aguinaldo / 365
  • Prima Vacacional / 365
  • Fondo de Ahorro / 30
  • Alimentación / 30
  • Despensa / 30

3. Cálculo del Salario Diario Integrado (SDI)

El SDI es la base para el cálculo de diversas contribuciones de seguridad social.

SDI = Salario Diario + Importe diario aguinaldo + Importe diario prima vacacional + Importe diario fondo de ahorro + Importe diario alimentación + Importe diario despensa

4. Cálculo del Salario Mensual Base de Cotización (SMBC)

El Salario Mensual Base de Cotización se obtiene multiplicando el SDI por los días del mes.

SMBC = SDI × 30

5. Prestaciones a Cargo del Trabajador (Cuotas Obreras IMSS)

Las cuotas obreras se calculan sobre el Salario Mensual Base de Cotización (SMBC).

  • Enfermedad y Maternidad (Prestaciones en Dinero): SMBC × 0.0025
  • Enfermedad y Maternidad (Prestaciones en Especie): SMBC × 0.00375
  • Invalidez y Vida: SMBC × 0.00625

Cuota Total a Cargo del Trabajador = Suma de las cuotas anteriores.

6. Prestaciones a Cargo del Patrón (Cuotas Patronales IMSS)

Las cuotas patronales se calculan sobre el Salario Mensual Base de Cotización (SMBC).

6.1. Enfermedad y Maternidad

  • Prestaciones en Dinero: SMBC × 0.0070
  • Prestaciones en Especie (Cálculo Variable):
    • SMBC
    • (-) 3 veces la UMA: 9901.59 (Valor de la UMA: 3300.53)
    • (=) Diferencia (Si es positiva, se aplica la tasa)
    • (×) Tasa Adicional Indicada: 1.10%
    • (=) Cuota Calculada
  • Prestaciones en Especie (Cuota Fija Indicada): SMBC × 0.0105 (1.05%)

6.2. Otras Cuotas

  • Invalidez y Vida: SMBC × 0.0175
  • Riesgo de Trabajo: SMBC × 0.0112134 (Este porcentaje puede variar según la actividad de la empresa)
  • Guardería y Prestaciones Sociales: SMBC × 0.0100 (1%)

Cuota Total a Cargo del Patrón = Suma de todas las cuotas anteriores.

7. Monto de Cuotas Obrero-Patronales Mensuales

El total de las cuotas de seguridad social a pagar mensualmente se obtiene sumando las contribuciones del trabajador y del patrón.

Total a Pagar Mensual = Cuotas del Trabajador (Paso 5) + Cuotas del Patrón (Paso 6)

8. Determinación de la Aportación Mensual al INFONAVIT

La aportación al INFONAVIT se calcula sobre el Salario Diario Base de Cotización (SDBC) o Salario Diario Integrado (SDI).

  • Base de Cálculo: Salario Diario Integrado (SDI) del Paso 3
  • (×) Número de Días del Mes: 30.40
  • (=) Salario Mensual Base para INFONAVIT
  • (×) Tasa: 5%
  • (=) Aportación para INFONAVIT (Esta es una aportación patronal, no del trabajador directamente)

9. Determinación del Impuesto Mensual (ISR)

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula aplicando la tarifa mensual correspondiente.

  • Ingreso Total del Mes: (SD × 30.40) - Cuota Trabajador - INFONAVIT
  • (-) Impuesto Local: (Siempre = 0, si aplica)
  • (-) Límite Inferior: (6,332.06 o 11,128.02, según la tarifa aplicable)
  • (=) Impuesto Excedente del Límite Inferior
  • (×) Porcentaje de la Tarifa: (10.88% o 16%, según la tarifa aplicable)
  • (=) Impuesto Marginal
  • (+) Cuota Fija: (371.83 o 893.63, según la tarifa aplicable)
  • (=) Impuesto Mensual Antes del Subsidio para el Empleo

Cálculo Detallado de Prestaciones Específicas

A continuación, se presentan los cálculos para determinar las partes exentas y gravables de diversas prestaciones, conforme a los valores indicados en este documento.

Aguinaldo

1. Determinación de Días de Aguinaldo

Fórmula: SD × 15 ÷ 365

2. Determinación de Parte Exenta y Gravable del Aguinaldo

  • Salario Diario
  • (×) Días de Aguinaldo
  • (=) Aguinaldo a Pagar
  • (-) Parte Exenta: 3,300.53 (Valor específico indicado para exención)
  • (=) Aguinaldo Gravable

Prima Vacacional

1. Cálculo del Monto por Vacaciones

  • Salario Diario
  • (×) Días de Vacaciones
  • (=) Monto a Recibir por Vacaciones

2. Cálculo del Monto de Prima Vacacional

  • (×) Porcentaje de Prima Vacacional: 25%
  • (=) Monto de Prima Vacacional a Recibir

3. Determinación de Parte Exenta y Gravable de Prima Vacacional

  • Monto de Prima Vacacional a Recibir
  • (-) Parte Exenta: 1,628.55 (Valor específico indicado para exención)
  • (=) Parte Gravable

Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

  • PTU a Recibir
  • (-) Parte Exenta: 1,628.55 (Valor específico indicado para exención)
  • (=) Parte Gravable

Prima Dominical

  • Salario Dominical
  • (×) Domingos Trabajados en el Mes
  • (=) Parte Dominical a Recibir
  • (-) Parte Exenta: 434.28 (Valor específico indicado para exención)
  • (=) Parte Gravable

Cálculo de Horas Extra

1. Determinación del Importe por Hora

  • Salario Diario (SD)
  • (/) Horas Laborales Diarias
  • (=) Importe por Hora

2. Cálculo del Importe de Horas Extra

  • Importe por Hora
  • (×) Horas Extra Dobles (Número de horas extra dobles)
  • (=) Importe por Horas Extra Dobles

Para el cálculo del importe total de horas extra, se suman las horas dobles y triples.

  • Importe por Horas Extra Dobles
  • (+) Importe por Horas Extra Triples
  • (=) Importe Total de Horas Extra

3. Determinación de la Exención de Horas Extra (Art. 93 LISR)

  • Importe Total de Horas Extra
  • (×) Porcentaje de Exención (Art. 93 LISR, generalmente 50% del salario ordinario sin exceder 5 UMAS por semana)
  • (=) Exención de Horas Extras

4. Cálculo del Importe Gravable de Horas Extra

  • Importe Total de Horas Extra
  • (-) Parte Exenta (Exención de Horas Extras)
  • (=) Importe Gravable

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