Beneficios y Subsidios de la Seguridad Social: Una Visión Detallada
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Prestaciones de la Seguridad Social: Una Visión General
Incapacidad Temporal, Enfermedad y Accidente
- *Por enfermedad común: Haber cotizado al menos 180 días dentro de los cinco años anteriores a la baja médica.
- Por enfermedad profesional y accidente: No se exige periodo mínimo de cotización.
La cuantía de la prestación se calcula sobre la Base Reguladora (BR), y el importe depende de la contingencia (INSS, INGESA, Mutuas AT, Empresa).
Maternidad y Adopción
Estar afiliado y dado de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Requisitos:
- Menor de 21 años: No se exige cotización previa.
- Entre 21 y 26 años: Haber cotizado 90 días en los 7 años previos o 180 días en toda su vida laboral.
- Mayor de 26 años: Haber cotizado 180 días en los 7 años previos o 360 en toda su vida laboral.
La duración es de 16 semanas, ampliada dos días más por hijo a partir del segundo.
La madre biológica puede anticipar la prestación hasta 4 semanas a la fecha del parto y deberá comunicarlo a la empresa con 15 días de antelación.
El subsidio será el 100% de la Base Reguladora (BR).
Corresponsabilidad del Cuidado del Lactante
Reducción de la jornada de trabajo a media hora; la cuantía será del 100% de la BR de la incapacidad temporal por contingencias comunes.
Riesgo durante el Embarazo y la Lactancia Natural
Se percibirá cuando la persona trabajadora no pueda permanecer en su puesto de trabajo porque influya negativamente en su salud. La duración será hasta que finalice el embarazo. Subsidio del 100% de la BR por IT (INSS, INGESA).
Incapacidad Permanente
Prestación económica que trata de cubrir la pérdida de rentas que sufre una persona cuando, estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, va reduciendo o anulando su capacidad laboral de forma definitiva. El grado de incapacidad puede ser parcial, total, absoluto o gran invalidez (Mutuas, INSS).
Muerte y Supervivencia
Indemnización, pensión vitalicia, pensión temporal y subsidios temporales (INSS).
Jubilación
Pensión vitalicia que dependerá del número de años cotizados por la persona trabajadora y de la base de cotización. Se requiere haber cotizado 15 años, y 2 de esos 15 años deben estar dentro de los 15 años anteriores a la jubilación (INSS).
Desempleo
- Prestaciones Contributivas: Se abona a las personas que se encuentran en situación legal de desempleo siempre que acrediten un periodo mínimo de ocupación cotizada a la Seguridad Social de 360 días.
- Subsidio Asistencial: Prolonga la protección por desempleo, siempre que se reúnan determinadas situaciones.
Prestaciones No Contributivas
Prestaciones y servicios de asistencia sanitaria y social, incapacidad permanente y jubilación.
Ingreso Mínimo Vital
Prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza.