Ausencia legal: defensor del desaparecido, requisitos y efectos
Resumen
El texto explica cómo el Código Civil regula la situación de una persona desaparecida, desde el nombramiento provisional de un defensor hasta la declaración de ausencia legal. Recoge quién puede ser defensor, cuándo comienza la ausencia legal, quién puede promoverla y qué efectos produce, incluida la figura del representante del ausente.
Puntos clave
- El defensor del desaparecido es nombrado por el Juez mediante auto, a instancia de parte interesada o del Ministerio Fiscal, y su función inicial es cautelar.
- El orden de defensor nato es: cónyuge mayor de edad no separado legalmente, después el pariente más próximo hasta el cuarto grado y, en su defecto, persona solvente y de buenos antecedentes.
- La situación legal de ausencia comienza transcurrido un año desde las últimas noticias o la desaparición, o tres años si existe apoderado general.
- La declaración de ausencia legal se formaliza por auto judicial y requiere especial publicidad del expediente (BOE, periódicos, radio, etc.).
- Pueden promoverla el cónyuge no separado legalmente, los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado y el Ministerio Fiscal, que además está obligado a hacerlo.
- Entre los efectos destacan el nombramiento de un representante del ausente, el ejercicio exclusivo de la patria potestad por el cónyuge presente y la posible separación de bienes.
Líneas Generales:
Defensor del Desaparecido:
Declaración de Ausencia Legal:
Requisitos para la Declaración de Ausencia Legal
- Transcurrido un año desde las últimas noticias o de la desaparición de la persona.
- Transcurridos tres años en caso de existencia de apoderado general del desaparecido.
Personas Legitimadas para Promoverla
- El cónyuge no separado legalmente.
- Los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado. En la actualidad no debe excluirse el parentesco adoptivo.
- El Ministerio Fiscal, de oficio o a virtud de denuncia.
Efectos de la Declaración Legal de Ausencia
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Quién puede ser nombrado defensor del desaparecido?
El defensor nato es el cónyuge mayor de edad que no esté separado legalmente. Si no existe, se nombra al pariente más próximo hasta el cuarto grado, también mayor de edad. Si no hay familiares, el Juez designa a una persona solvente y de buenos antecedentes, previa audiencia del Ministerio Fiscal.
¿Cuándo empieza la situación legal de ausencia?
Comienza transcurrido un año desde las últimas noticias o desde la desaparición. Si el desaparecido tiene un apoderado general, el plazo es de tres años.
¿Quién puede pedir la declaración de ausencia legal?
Puede pedirla cualquier persona que estime tener sobre los bienes del desaparecido algún derecho. El Ministerio Fiscal y los familiares están obligados a promoverla. Entre los familiares se incluyen el cónyuge no separado legalmente y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado.
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