Audiencia Nacional y Tribunal Supremo: Jurisdicción y Competencias en España

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La Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional, al igual que el Tribunal Supremo, tiene su sede en Madrid y ejerce su jurisdicción en toda España. Está constituida por las siguientes Salas:

Sala de lo Penal

Se encarga, entre otros, de los siguientes asuntos:

  • Enjuiciamiento de las causas por delitos especialmente relevantes, y concretamente los siguientes:
    • Contra el Rey, la Reina y el Príncipe.
    • Altos Organismos de la Nación y del Gobierno.
    • Por falsificación de moneda y delitos monetarios.
    • Tráfico de drogas o estupefacientes.
    • Delitos cometidos por bandas organizadas que produzcan sus efectos en más de una Comunidad Autónoma.
    • Así como los delitos que se hayan cometido fuera del territorio nacional.
  • Los procedimientos penales iniciados en el extranjero, la ejecución de las sentencias dictadas por los mismos o del cumplimiento de pena de prisión impuesta por estos tribunales, cuando exista un convenio internacional que atribuya a España estas competencias.
  • Los procedimientos de extradición pasiva.
  • Los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Juzgados Centrales de lo Penal, de los Juzgados Centrales de Instrucción y del Juzgado Central de Menores.

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Se pronuncia sobre los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra disposiciones y actos de los Ministros y de los Secretarios de Estado.

Sala de lo Social

Conoce de los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma, así como sobre procesos sobre conflictos colectivos cuya resolución vaya a surtir efecto fuera de una Comunidad Autónoma.

Dentro de la Audiencia Nacional se integran los archiconocidos Juzgados Centrales de Instrucción, que se encargan de la instrucción de aquellas causas que posteriormente debe enjuiciar la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y los Juzgados Centrales de lo Penal.

El Tribunal Supremo

Tiene su sede en Madrid y su jurisdicción se extiende a toda España. Es el órgano judicial superior jerárquicamente al resto de los juzgados y tribunales. Se compone de las siguientes Salas:

Sala Primera: De lo Civil

Tramita, entre otros, los siguientes asuntos:

  • Demandas de responsabilidad civil que se dirijan contra personas que ostentan cargos especialmente relevantes, concretamente los siguientes: Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del Tribunal Supremo y un número indeterminado de magistrados.
  • Peticiones de ejecución de sentencias dictadas por Tribunales extranjeros.
  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia civil que se establezcan por ley.

Sala Segunda: De lo Penal

Conoce, entre otras, de las siguientes cuestiones:

  • Instrucción y enjuiciamiento de las causas contra personas que ostentan cargos especialmente relevantes, concretamente los siguientes: Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Presidente del Tribunal Constitucional, Magistrados de la Audiencia Nacional o de los Tribunales Superiores de Justicia.
  • Los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia penal.

Sala Tercera: De lo Contencioso-Administrativo

Tramita:

  • Los recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo.
  • Los recursos de casación y revisión en los términos que establezca la Ley.

Sala Cuarta: De lo Social

Conoce de los recursos de casación y revisión y otros extraordinarios en materia social.

Sala Quinta: De lo Militar

Se rige por su legislación específica y, supletoriamente, por el ordenamiento común a las demás Salas del Tribunal Supremo.

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