Atribuciones y Rol Constitucional del Rey de España: Artículo 56.1 CE
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El Papel Constitucional del Rey de España
El Artículo 56.1 de la Constitución Española (CE) establece que "El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la CE y las leyes". Para cumplir estas funciones genéricas, el Rey dispone de una lista cerrada de poderes concretos, orientados a sus fines simbólicos, arbitrales y moderadores. El Rey podrá usar su influencia personal, información, consejo, etc., en el campo de la autoridad. Estas funciones genéricas configuran al Rey como un órgano con naturaleza propia, distinto de los tres clásicos poderes del Estado. La CE busca separar la Jefatura del Estado del Poder Ejecutivo.
Funciones Genéricas del Rey
Las tareas generales que la CE atribuye al Rey se clasifican en tres grupos. Cuando el ejercicio de tales funciones se traduce en actos del Rey, la CE exige que se vean complementados por la acción de otros sujetos, lo que se conoce como "refrendo".
1. Función Simbólica
- Ser símbolo de unidad y permanencia del Estado.
- Asumir la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales (Art. 65).
- Incluir la función sucesoria: transferencia automática de un individuo a otro de la Jefatura del Estado y representación simbólica del mismo.
2. Función Moderadora
- Colaboración con otros poderes del Estado en actos de legislación.
- Nombramiento de ministros.
3. Función Arbitral
Función de árbitro entre diversas fuerzas: el Rey interviene entre tensiones y enfrentamientos políticos, iniciando una acción encaminada a evitar posibles bloqueos en el juego de las instituciones. Impulsa la salida de esas situaciones de indefinición, habida cuenta de las fuerzas existentes y con controles formales, con la posterior ratificación o no ratificación de sus propuestas por parte de otros órganos. Un ejemplo clave es la propuesta de un candidato a la Presidencia del Gobierno en los momentos adecuados, que corresponde al Rey.
Funciones Específicas del Rey con Distintos Poderes del Estado
Poder Legislativo
- Convoca y disuelve las Cortes Generales.
- Convoca elecciones generales.
- Convoca a referéndum.
- Sanciona, promulga y ordena la publicación de las leyes.
Poder Ejecutivo
- Propone y nombra al Presidente del Gobierno.
- Nombra y separa a los Ministros.
- Expide los decretos acordados en el Consejo de Ministros.
- Confiere los empleos civiles y militares.
- Concede honores y distinciones.
- Recibe información de los asuntos de Estado y preside las sesiones del Consejo de Ministros (cuando asiste).
- Ostenta el mando supremo de las Fuerzas Armadas.
Poder Judicial
- Nombra al Presidente del Tribunal Supremo.
- Nombra al Fiscal General del Estado.
- Ejerce el derecho de gracia con arreglo a la ley.
Otras Atribuciones Reales
1. Relaciones Internacionales
- Acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos.
- Manifiesta el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados.
2. Tribunal Constitucional
- Nombra a los Magistrados del Tribunal Constitucional.
3. Comunidades Autónomas
- Nombra a los Presidentes de las Comunidades Autónomas.