Atención a la Diversidad en el Aula: Principios, Medidas y Alumnado con Necesidades Específicas
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Atención a la Diversidad del Alumnado: Principios, Estrategias y Medidas
Para el desarrollo de este tema seguiremos el siguiente índice:
- 0. Introducción
- 1. La atención a la diversidad del alumnado
- 1.1. La educación inclusiva
- 1.2. Concepto de diversidad
- 1.3. Causas o factores de la diversidad
- 1.4. La atención a la diversidad desde la LOMCE
- 2. Principios y estrategias
- 2.1. Los principios de atención a la diversidad en el marco de una escuela inclusiva
- 2.2. Niveles de atención a la diversidad
- 2.3. Recursos para la atención a la diversidad
- 3. Medidas organizativas, curriculares y didácticas
- 4. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
- 4.1. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
- 4.2. Alumnado con altas capacidades intelectuales
- 4.3. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo
- 4.4. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje
- 5. Medidas educativas específicas
- 5.1. Medidas educativas específicas o extraordinarias
- 5.2. Compensación educativa
- 6. Conclusión y reflexión personal
- 7. Bibliografía y webgrafía
0. Introducción
La complejidad y heterogeneidad del alumnado exigen una respuesta educativa que atienda todas las necesidades que cada uno precisa. La diversidad engloba a todo el alumnado y ello requiere que los docentes diseñen actuaciones para adaptarse.
Por ello, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (en adelante LOE-LOMCE), dedica todo el Título II a los grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo y establece los recursos precisos para acometer esta tarea. La respuesta educativa que propone se concibe a partir del principio de inclusión.
La atención a la diversidad hace necesario que el sistema educativo se adapte. Este tema expondrá los principios de la atención a la diversidad en una escuela inclusiva y su articulado en la LOE-LOMCE, para poder dar respuesta a las diferencias y principios junto a las medidas generales, ordinarias y extraordinarias de cara a la actualidad.
Además, nos detendremos en la identificación de los grupos de población que son definidos como alumnos con necesidades de apoyo educativo específico y las medidas que se aplican para estos.
En este tema, tendremos en cuenta todos los aspectos necesarios para conocer la atención a la diversidad del alumnado.
Este tema tiene relación con todo el temario de la convocatoria de oposiciones y es necesario comprenderlo para poder abordar los demás temas del temario, por ello, vamos a desarrollarlo ampliamente.
1. La atención a la diversidad del alumnado
1.1. La educación inclusiva
En esta última mitad de siglo hemos visto grandes cambios en la educación, comenzando desde la escuela inclusiva junto con la aparición de la educación especial y el concepto pedagógico de la escuela inclusiva. Las causas que promovieron el surgimiento de la inclusión fueron algunas como el reconocimiento de la educación como un derecho y la consideración de la diversidad como un valor educativo esencial.
El término inclusión aparece como una alternativa al de integración, para intentar paliar las situaciones de exclusión que se generaban. Estos principios tienen la finalidad de resaltar sus valores básicos:
- Aceptación de la comunidad
- Educación basada en los resultados
- Educación intercultural
- Teoría de las Inteligencias Múltiples
- El aprendizaje constructivista
- El currículo común y diverso
- Enseñanzas prácticas adaptadas
- La mejor evaluación - valoración sobre la actuación del alumno
- La agrupación multiedad y flexible
- El uso de la tecnología en el aula
Todo ello lo podemos relacionar con las Competencias clave que marca la Orden ECD 65/2015, de 21 de enero, de Competencias en las diversas etapas, el Real Decreto 126/2014 y el Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de Educación Primaria.
1.2. Concepto de diversidad
La atención a la diversidad es un modelo de enseñanza de tipo adaptativo y personalizado. Su uso es moderno, pues hasta 1978 se usaba este término como expresión para los alumnos con déficit, aunque fue en 1978 cuando ocurrieron tres hechos que cambiaron esto:
- En el artículo 49 de la Constitución Española se reconoce el derecho a la integración.
- El Instituto Nacional de Educación Especial (INEE) elabora un Plan Nacional de Educación Especial, que toma como base los principios de normalización, integración, sectorización e individualización.
- El informe Warnock Report (1978) sustituye el concepto de Educación Especial por el concepto de necesidades educativas especiales (NEE).
En este contexto, los cambios gestan la reforma del sistema educativo, y el término necesidades educativas especiales cambió a atención a la diversidad, donde Castiello (1995) expone: «esta expresión considera atención, ya sea a través de adaptaciones de acceso o de adaptaciones curriculares, todo tipo de problemática relacionada con sus capacidades y habilidades cognitivas, con sus estrategias y estilos de aprendizaje, con su competencia curricular, con su ambiente familiar, o con su habilidad sensorial o control de conducta».
Es una escuela abierta a la diversidad, la escuela para todos en la que se adecuan los recursos y formas de enseñar para poder responder a aquellos alumnos que requieran una intervención para tener igualdad de oportunidades.
1.3. Causas o factores de la diversidad
La diversidad surge por varios motivos; debemos conocer las particularidades para planificar una intervención eficaz. A continuación, se recogen las causas más comunes de diversidad que podemos encontrar en un centro educativo:
- Psicológicas: personalidad, conducta o deficiencias.
- Pedagógicas: técnicas de aprendizaje, competencia curricular, interés y motivación.
- Sociales: contexto social, familiar, sociocultural, cambios coyunturales.
1.4. La atención a la diversidad desde la LOMCE
Con la reforma introducida para la entrada en vigor de la LOE-LOMCE, se modifica la redacción del apartado de los Principios de la educación (art. 1) dedicado a la equidad:
«b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad.»
Asimismo, el Título II: EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN está dedicado íntegramente a la atención a la diversidad. Y en su artículo 71 establece los principios que deberán regular el apoyo educativo a estos alumnos: disposición de medios y recursos, normalización e inclusión, participación de los padres/madres/tutores en la toma de decisiones sobre su escolarización. A lo largo de este capítulo desarrollaremos las prescripciones que dicta la Ley.
2. Principios y estrategias
Dentro de esta escuela inclusiva y abierta a todos, para atender las diferencias que existen en la misma, se deben plantear una serie de principios y estrategias.
2.1. Los principios de atención a la diversidad en el marco de una escuela inclusiva
En la actualidad, autores como Ainscow (1998-2006) y Sánchez Palomino (2002) comentan que se produce un avance desde la idea de la integración hacia la de inclusión.
Las escuelas inclusivas son para todos sin ningún tipo de discriminación y hay que enfocar la diversidad como algo enriquecedor. Los planteamientos inclusivos comentan que las dificultades de aprendizaje están relacionadas con la forma de organización de las escuelas, por lo que debemos tener en cuenta el principio de inclusión.
En síntesis, la educación en y para la diversidad debe asumir y desarrollar, basándonos en SÁNCHEZ PALOMINO Y TORRES GONZÁLEZ (2002), los siguientes principios:
- Igualdad de oportunidades
- No discriminación
- Cooperación
- Compromiso con las necesidades y problemas
- Comprensividad
- Adaptación
- Flexibilidad
- Autonomía
2.2. Niveles de atención a la diversidad
La respuesta educativa de los centros se ha de guiar por el principio de individualización de la enseñanza, garantizando así la atención a la diversidad desde el planteamiento inclusivo. En este sentido, la reforma introducida por la LOMCE añade el artículo 6 bis en el que se define una nueva distribución de competencias.
La concreción del currículo se puede entender como una medida de atención a la diversidad. Recordemos que en un primer nivel de concreción curricular (según Escamilla y otros, 2006) se encuentra el currículo elaborado por las Administraciones. Asimismo, el Proyecto Educativo (PE) que elabora el centro supone un primer nivel de decisiones para poder aplicar los planteamientos de la escuela comprensiva. Un segundo paso lo llevan a cabo los equipos docentes, teniendo en cuenta la continuidad y coherencia entre los seis cursos. La Programación Didáctica se elabora partiendo de las directrices del Proyecto Educativo y teniendo en cuenta las necesidades y características evolutivas del alumnado. En un tercer paso, el docente de cada aula en concreto adapta la Programación Docente al aula concreta, atendiendo a las necesidades del grupo-clase, que quedan reflejadas en la Programación de Aula.
También se recogen las medidas de atención a la diversidad para este alumnado; la adaptación curricular tiene como objetivo adaptar los objetivos de aprendizaje conforme a los grados de competencia del alumno.
2.3. Recursos para la atención a la diversidad
Actualmente, en la mayoría de los centros educativos rige un principio integrador e inclusivo. La diversidad del alumnado precisa, por tanto, de un conjunto de respuestas educativas que avance hacia el modelo de inclusión que mejor responda a las necesidades de cada alumno, tal y como hemos comentado anteriormente (Marchesi, 1999). Veámoslas:
2.3.1. Recursos materiales
Se requiere una dotación de materiales didácticos de diverso signo, que están relacionados con la acción educativa y con su metodología.
En cuanto al espacio físico, un centro educativo debe estar dotado de todas las medidas precisas reflejadas en la normativa legal que rige para cualquier edificio público en cuestión de accesibilidad (Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones físicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones).
Debemos mencionar también la organización de aula que el docente ha de realizar para facilitar las dinámicas; la organización y el tiempo son influyentes en la creación de hábitos en los alumnos.
2.3.2. Recursos personales
En los casos en los que los alumnos requieran de apoyos especiales, intervienen otros profesionales. Analicémoslos:
- Maestro-tutor: Algunas de las funciones tutoriales relacionadas con la atención a la diversidad son: facilitar la integración de los alumnos, contribuir a la personalización de los procesos de enseñanza-aprendizaje, efectuar un seguimiento global, articular la respuesta educativa adecuada, etc. En línea con lo que establece la LOE-LOMCE, es importante también que contribuyan a desarrollar líneas comunes de acción para el establecimiento de relaciones con la familia.
- Especialistas: Entre los diferentes especialistas que intervienen en la atención a la diversidad del alumnado se encuentran los Equipos de Orientación y Apoyo. En consonancia con el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la Atención especializada y la Orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, podemos decir que sus principales funciones son:
- Colaborar con la Inspección Técnica de Educación.
- Elaborar, adaptar y difundir materiales e instrumentos de orientación educativa.
- Facilitar el acceso del alumnado a la Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Contribuir a la coordinación de las programaciones.
- Atender a las demandas de evaluación psicopedagógica del alumnado.
- Maestros de Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica: Trabajan en colaboración con los tutores, bien en la propia aula ordinaria o bien en aulas específicas, cuando la actividad que se va a desarrollar con el alumno así lo requiere. Las funciones de los profesores de apoyo son:
- Colaborar con los equipos de nivel, maestros, etc.
- Elaborar conjuntamente la propuesta de criterios y procedimientos para las adaptaciones curriculares.
- Realizar actividades educativas de apoyo para el alumnado con necesidades educativas.
- Auxiliar Técnico Educativo (ATE), fisioterapeuta y auxiliar técnico sanitario: La intervención de estos profesionales se contempla en los centros que atienden al alumnado con necesidades educativas especiales de naturaleza física o motriz.
3. Medidas organizativas, curriculares y didácticas
La respuesta educativa para atender a la diversidad se desarrolla de manera concreta en el centro y el aula. Deberá resolverse desde un triple ámbito: curricular, metodológico y organizativo.
El Decreto 66/2013, de 03/09/2013, expone que los docentes hemos de prestar una atención individualizada a las necesidades de cada alumno y debemos poner en práctica los apoyos tan pronto como detectemos estas necesidades. Las medidas de atención a la diversidad (Plan de Atención a la Diversidad, PAD) de cada centro formarán parte de su Proyecto Educativo. Podemos destacar las medidas generales y ordinarias expuestas en los artículos 9, 10 y 11 del presente Decreto. Las extraordinarias (específicas) se verán en apartados posteriores.
Medidas generales:
Son las decisiones que permiten ofrecer una educación de calidad para el alumnado y garantizar la igualdad de condiciones entre ellos.
Son medidas generales:
- La distribución equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo entre los centros.
- La adaptación de materiales curriculares a las características del entorno.
- El desarrollo, en coordinación con otras instituciones, de programas que disminuyan el absentismo escolar.
- El desarrollo de programas de aprendizaje de la lengua castellana para el alumnado que la desconoce.
- La puesta en marcha de metodologías que favorezcan la individualización y el desarrollo de estrategias cooperativas y de ayuda entre iguales.
Medidas ordinarias de apoyo educativo:
Son aquellas provisiones o respuestas educativas a la diversidad que posibilitan una atención individualizada en los procesos de enseñanza-aprendizaje, sin modificación alguna de objetivos y criterios de evaluación propios de la etapa.
En la Educación Primaria se pondrá énfasis en los siguientes aspectos:
- Prevención de los problemas de aprendizaje y puesta en práctica de programas de intervención desde que se detecten las dificultades.
- Atención a la diversidad del alumnado y atención individualizada.
- Empleo de sistemas de refuerzo eficaces que posibiliten la recuperación curricular, el apoyo al alumnado en el grupo ordinario y las adaptaciones del currículo cuando se precise.
- Medidas organizativas como los agrupamientos flexibles, y cuantas otras que el centro considere convenientes, útiles y eficaces.
Los tipos de medidas ordinarias de apoyo educativo serán:
- Grupos de aprendizaje para la recuperación de áreas instrumentales.
- Agrupamientos flexibles que respondan a los diversos ritmos, estilos, amplitud y profundidad de los aprendizajes en el alumnado.
- Talleres educativos que permitan ajustar la respuesta educativa idónea a los intereses o necesidades del alumnado.
- Grupos de profundización o enriquecimiento con contenidos específicos en una o varias áreas para aquel tipo de alumnado que lo precise.
- Grupos específicos para el aprendizaje de la lengua castellana por parte del alumnado inmigrante o refugiado con desconocimiento del idioma.
Para el alumnado que presente un nivel de desarrollo más lento se incluirán estrategias como:
- Definición pautada y ajustada de las diferentes actividades y materiales.
- Eliminación de tensiones afectivas e inseguridades.
- Respeto del ritmo de progreso del alumno.
- Grupos cooperativos.
- Refuerzos positivos.
- Planificación de actividades de refuerzo.
- Coordinación estrecha con la familia y el Equipo de Orientación y Apoyo.
Y para el alumnado que presenta un nivel de desarrollo más rápido, se implementarán medidas como:
- Planificación de técnicas y actividades de ampliación que partan de los intereses reales del niño y fomenten su curiosidad y desafío cognitivo.
- Actividades de pensamiento divergente o creativo.
- Ampliación de contenidos a través de proyectos de investigación con las TIC.
4. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
La LOE-LOMCE dedica todo su Título II a la Equidad en educación, y, por tanto, al tratamiento del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE). En su artículo 71 expone que «corresponde a las Administraciones educativas disponer los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley». Además, registra que también corresponde a las mismas «asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado». Este enunciado es corroborado por el Real Decreto 126/2014 en su artículo 14 y por el Decreto 54/2014 en su artículo 13. Asimismo, continúa apuntando que las Administraciones han de establecer los procedimientos necesarios para identificar lo más tempranamente estas necesidades educativas y así poder iniciar la atención integral del alumnado regida por los principios de normalización e inclusión, además de garantizar la escolarización del alumnado y la participación de los padres en la misma.
Los tipos de ACNEAE son los ya citados del artículo 71 de la LOMCE y en los artículos siguientes, de manera desarrollada, expone los siguientes:
Alumnado que presenta necesidades educativas especiales (ACNEE):
En el artículo 73 de la LOMCE (sección primera) se expone que «se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta».
Alumnado con altas capacidades intelectuales:
Este tipo de alumnado es aquel que cumple características como tener un CI igual o superior a 130, rendimiento escolar y motivación altos y creatividad. El Decreto 66/2013, de 03/09/2013, lo define como el «alumno que logra gestionar simultáneamente y eficazmente múltiples recursos cognitivos diferentes, tanto de carácter lógico como numérico, espacial, de memoria, verbal y creativo, o bien sobresale de manera excepcional en el manejo o gestión de uno o varios de ellos, pudiendo valorarse también su nivel de implicación o compromiso con la tarea».
Alumnado con integración tardía en el sistema educativo:
Se refiere al alumnado que por proceder de otros países u otras razones se integran tardíamente a nuestro sistema educativo y presenta un desfase curricular respecto a su grupo.
Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje:
Es aquel alumnado que, sin ser ACNEE, presenta alguna dificultad específica que le impide seguir con normalidad su aprendizaje en el ámbito escolar (falta de atención, dificultades de la lectoescritura, en la comprensión, etc.).
En las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del Capítulo I de la LOE-LOMCE, referido al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo de manera general, y en los artículos 76, 78 y 79 de forma particular, junto con el artículo 13 del Decreto 54/2014, de 10/07/2014, se expone que corresponde a las Administraciones educativas favorecer la incorporación al sistema educativo de este tipo de alumnado, así como adoptar las medidas necesarias para identificar las necesidades de este alumnado y valorar lo más tempranamente sus necesidades. La escolarización de los ACNEAE se regirá por los principios de normalización e inclusión y la identificación, valoración e intervención de este alumnado se realizará de la forma más temprana posible.
Para que estos alumnos puedan alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y los objetivos de la Educación Primaria, se establecerán las medidas organizativas y curriculares oportunas que aseguren su adecuado progreso. Nos apoyaremos en las medidas ordinarias y específicas que nos marca el Decreto 66/2013 antes ya mencionado.
5. Medidas educativas específicas
5.1. Medidas educativas específicas o extraordinarias
El Decreto 66/2013, de 03/09/2013, expone en su artículo 13 que son medidas extraordinarias de atención a la diversidad aquellas que responden a las diferencias individuales del alumnado, especialmente de aquel con necesidades específicas de apoyo educativo que conlleven modificaciones significativas del currículo ordinario y/o supongan cambios esenciales en el ámbito organizativo o, en su caso, en los elementos de acceso al currículo o en la modalidad de escolarización. Estas se aplicarán, según el perfil de las necesidades que presente el alumno, mediante la toma de decisión del equipo docente, previa evaluación psicopedagógica.
Entre estas medidas, podemos nombrar:
- Planes de Trabajo Individualizados con adaptaciones curriculares para alumnos con necesidades educativas.
- Medidas de flexibilización curricular o aceleración para el alumnado de altas capacidades.
5.2. Compensación educativa
La actual Ley de Educación trata, asimismo, de la compensación de las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole a través de programas específicos desarrollados en centros docentes escolares, y a través de las becas y ayudas al estudio, que tienen como objetivo garantizar el derecho a la educación a los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables.
6. Conclusión y reflexión personal
Los modelos de la educación inclusiva, las acciones e intervenciones educativas que hay que realizar debido a que la diversidad del alumnado ha de ser tratada para dar una respuesta correcta a la educación que se pretende dar. Todos los alumnos son diferentes y por ello cada uno tiene sus peculiaridades con las cuales debemos lidiar y potenciar para poder proporcionar una ayuda y educación correctas para el alumnado.
7. Bibliografía y webgrafía
- AINSCOW, M. (1993): Necesidades especiales en el aula. Madrid: Narcea.
- ESCAMILLA et al. (2006): La LOE perspectiva pedagógica e historia. Barcelona: Graó.
- www.profes.net
- www.portaldidactico.es
- Legislación comentada (la pondré más adelante)