Aspectos Fundamentales del Salario, Jornada y Descanso Laboral
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,88 KB
Garantías del Salario
El trabajador tiene derecho a pedir, antes de que termine el mes, un anticipo del salario por los días trabajados. Tiene derecho a un mínimo de dos pagas extraordinarias a lo largo del año, que podrían ser abonadas cada una en su totalidad en las fechas correspondientes o pueden ser repartida la cantidad proporcionalmente a lo largo de un periodo de tiempo (prorrateo).
Una de las garantías del salario es que es deuda privilegiada, es decir, cuando un empresario tiene deudas salariales, estas son las preferentes para su cobro frente a otros tipos de deudas. Una segunda garantía es la inembargabilidad del salario frente a los acreedores del propio trabajador.
El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) paga los salarios a aquellos trabajadores a los que los empresarios han dejado de pagar por insolvencia.
El Tiempo de Trabajo
Jornada Laboral
- No podrá ser superior a 40 horas semanales.
- El horario de trabajo se puede desarrollar en jornada continua o en jornada discontinua.
- Cuando la jornada excede de 6 horas, se debe descansar al menos 15 minutos.
- Cuando se divide la prestación del trabajo en 2 periodos, debe haber al menos una interrupción de 1 hora entre un periodo y otro.
- La jornada de trabajo diaria no puede superar las 9 horas.
- Siempre debe haber entre una jornada y otra un descanso de al menos 12 horas.
Horas Extraordinarias
- Se pueden retribuir con dinero o con tiempo de descanso.
- Su realización es voluntaria y está limitada a 80 horas semanales.
- Las personas con discapacidad y los menores no pueden realizarlas.
Trabajo Nocturno
Se considera así cuando se realiza en periodo de noche al menos 3 horas de la jornada diaria o 1/3 de la anual. Se considera horario nocturno entre las 22:00 horas y las 6:00 horas.
Trabajo por Turnos
Los trabajadores no pueden estar más de una semana seguida en turno de noche a menos que ellos lo hayan elegido.
Descanso Laboral
Descanso Semanal
Mínimo 1 día y medio.
Días Festivos
No exceder de 14 días, de los cuales 2 son laborales.
Permisos Laborales
Salvo convenio, el Estatuto de los Trabajadores establece estos permisos laborales:
- Matrimonio: 15 días.
- Nacimiento o adopción: 15 días.
- Enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de un pariente hasta 2º grado: 2 días, ampliables a 4 si es fuera de la provincia.
El Salario
Definición
El artículo 26 del E.T. (Estatuto de los Trabajadores) establece que se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, ya sea en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo o los periodos de descanso computables como trabajo.
Estructura Salarial
El salario se paga mediante un recibo de salario o nómina, cuya recepción debe firmar el trabajador. Mediante el convenio colectivo, o en su defecto por contrato de trabajo, se realiza el desarrollo de la estructura salarial.
Percepciones Salariales
Dentro de la estructura salarial nos encontramos las percepciones salariales, que serán:
- Salario base.
- Plus de antigüedad.
- Algún otro plus.
Percepciones No Salariales
Las percepciones no salariales serán las dietas y algunos otros pluses.
Deducciones en Nómina
Junto a las percepciones salariales, en la nómina se especifican las deducciones que, en principio y como mínimo, son dos:
- Cuotas (%) de Seguridad Social que le corresponde pagar al trabajador.
- Retenciones (%) de IRPF que le corresponden pagar a cada trabajador.